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ACUERDO 0000251 DE 2003

(octubre 31)

Diario Oficial No. 45.385, de 28 de noviembre de 2003

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del término para el cual fue creado>

Por el cual se adicionan recursos a las Subcuentas de Solidaridad y Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito y se hace un traslado en la Subcuenta de Compensación en el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal 2003.

EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD,

en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 12 del artículo 172 de la Ley 100 de 1993 y el numeral 2 del artículo 6o del Decreto 1283 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que con la Ley número 844 de 2003 se aprobaron unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003;

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto número 2964 de 2003 "por el cual se liquida la Ley 844 de 2003 que decreta unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2003", en el cual se incluyen recursos adicionales para el Ministerio de la Protección Social por $20.000.000.000 para el proyecto "Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito- Subcuenta Ecat Fosyga" y por $75.000.000.000 para el proyecto "Ampliación y Renovación de la Afiliación del Régimen Subsidiado -Subcuenta de Solidaridad- Fosyga" financiados con Fondos Especiales;

Que de las cuentas revisadas por el grupo contratado directamente por el Ministerio de la Protección Social existen 22.950 cuentas presentadas por las EPS y demás EOC por medicamentos y servicios no incluidos en el POS y por fallos de tutela; que han surtido el trámite de auditoría médica y jurídica, quedando pendiente su liquidación para pago, actividad que realizará el mismo grupo y no el encargo Fisalud dentro de la Adición número 02 al contrato 255 de 2000; con un costo estimado de $33.000.000;

Que el comportamiento del concepto del gasto de la Subcuenta de Compensación "Apoyo Técnico Auditoría y Remuneración Fiduciaria "del período enero-septiembre de 2003 presenta una ejecución del 78.45%, lo que hace necesario realizar un traslado en el Presupuesto de Gastos, dado que a la fecha ya existen compromisos por el saldo de apropiación de este rubro y por lo tanto es necesario garantizar la financiación de la contratación del grupo mencionado en el considerando anterior;

Que el numeral 2 del artículo 6o del Decreto 1283 de 1996 establece como función del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en su calidad de Consejo Administrador de Recursos del Fosyga la de aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fosyga presentado a su consideración por la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social y sus modificaciones.

Que en el mismo numeral 2 del artículo 6o del Decreto 1283 de 1996 se establece que en el presupuesto que se presente a consideración del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en su calidad de Consejo Administrador de Recursos del Fosyga, se indicarán de forma global los requerimientos presupuestales por concepto de apoyo técnico, auditoría y remuneraciones fiduciarias necesarios para garantizar el manejo integral del Fosyga y se detallarán los ingresos y gastos de cada una de las Subcuentas;

Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, CNSSS, mediante Acuerdo 243 aprobó el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2003;

Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, CNSSS, mediante Acuerdo 250 aprobó la adición de recursos a las Subcuentas de Compensación y Promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2003;

Que conforme a lo anterior, se hace necesario adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Solidaridad y Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito y realizar un traslado del Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de compensación del rubro Otros Eventos y Fallos de Tutela al rubro de Apoyo Técnico Auditoría y Remuneración Fiduciaria para la presente vigencia fiscal;

Que el presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo 31 del CNSSS, cuenta con concepto previo favorable de la Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo del Ministerio de la Protección Social por considerarlo ajustado a las normas vigentes, el cual se anexa al acta correspondiente,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Solidaridad y Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito del Fosyga así:

SUBCUENTA SOLIDARIDAD                                             

INGRESOS                                                               

FONDOS ESPECIALES                                      $75.000.000.000

TOTAL INGRESOS                                          $75.000.000.000

GASTOS                                                                

AMPLIACION Y RENOVACION DE LA AFILIACION                        

AL REGIMEN SUBSIDIADO-                                              

SUBCUENTA DE SOLIDARIDAD                            $75.000.000.000

TOTAL GASTOS                                           $75.000.000.000

SUBCUENTA ECAT

INGRESOS

FONDOS ESPECIALES                                      $20.000.000.000

TOTAL INGRESOS                                          $20.000.000.000

GASTOS

MEJORAMIENTO DE LA RED DE URGENCIAS Y                            

ATENCION DE RIESGOS CATASTROFICOS Y

ACCIDENTES DE TRANSITO- SUBCUENTA ECAT DEL                     

Fosyga                                                    $20.000.000.000

TOTAL GASTOS                                         $20.000.000.000

ARTÍCULO 2o. Efectuar el siguiente traslado en el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Compensación del Fosyga así:

SUBCUENTA COMPENSACION                                          

CONTRACREDITO                                                       

GASTOS                                                                

Otros eventos y fallos de tutela                                   $33.000.000

Total contracrédito                                             $33.000.000

CREDITO                                                                

GASTOS

Apoyo técnico auditoría y remuneración fiduciaria                  $33.000.000

Total crédito                                                 $33.000.000

ARTÍCULO 3o. Realizadas las anteriores modificaciones, el Presupuesto del Fosyga, para la vigencia 2003 quedará así:

ARTÍCULO 4o VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial y modifica el artículo 2o del Acuerdo 250 del CNSSS.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de octubre de 2003.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT,

Presidente del CNSSS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ALBERTO CARRASQUILLA.

El Viceministro de Salud y Bienestar,

JUAN GONZALO LÓPEZ CASAS,

Secretario Técnico CNSSS.

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