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 ACUERDO 18 DE 1995

(abril 20)

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

Por el cual se aprueban gastos de la Subcuenta de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito para un evento especial.

EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

En ejercicio de las facultades que le confiere el Numeral 8 del Artículo 23 del Decreto-Ley 1298 de 1994 y de conformidad con el Acta Número 16 de Abril 20 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud determinar los casos de Urgencia que generen eventos diferentes a los Riesgos Catastróficos y accidentres de Tránsito previstos en el Artículo 54 del Decreto-Ley 1298 de 1994, para efectos de su financiación a través de la subcuenta de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito.

Que la suspension total o parcial del servicio publico esencial de salud en algunas instituciones hospitalarias del país, afecta la prestación de los servicios médico-asistenciales y pone en grave riesgo la preservacion de la salud y la vida de los ciudadanos.

Que el Ministerio de Salud, de conformidad con el Articulo 365 de la Constitucion Nacional, debe garantizar dicha atención a los ciudadanos recurriendo a otras instituciones para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios, como en efecto se ha realizado y debe seguir realizándose .

ACUERDA:

ARTICULO 1o. Determinar como evento especial, las situaciones de emergencia generadas por la suspension total o parcial del servicio publico esencial de salud, de conformidad con el Articulo 54 del Decreto Ley 1298 de 1.994

ARTICULO 2o. Autorizar al Ministerio de Salud para reconocer las cuentas originadas por estas situaciones especiales, a las entidades privadas que hayan colaborado en la atención de los pacientes en los lugares y periodos señalados por el Ministerio, con cargo a la Subcuenta de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantía.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C Abril 20 de 1.995

ALONSO GOMEZ DUQUE,

Presidente

FELIX LEON MARTINEZ M.

Secretario Técnico

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