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ACUERDO 103 DE 1998
(julio 22)
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del período de aplicación>
Por medio del cual se autoriza a modificar el período de los contratos del régimen subsidiado del departamento de Putumayo por menor tiempo del establecido por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 212 de la Ley 100 de 1.993
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Putumayo ha manifestado la existencia de inconvenientes de orden presupuestal para mantener la vigencia de la contratación del régimen subsidiado por el término establecido en el Acuerdo 77 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, según consta en el informe presentado por el Subdirector de Régimen Subsidiado del Ministerio de Salud,
ACUERDA:
ARTICULO 1o. Autorizar por esta única vez, al Departamento de Putumayo par modificar los contratos del régimen subsidiado del periodo de contratación comprendido entre el 1o de Abril de 1998 y el 31 de Marzo de 1.999, reduciendo dicho periodo a once (11) meses y medio, es decir hasta el quince (15) de Marzo de 1.999.
ARTICULO 2o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín del Ministerio de Salud, Capítulo Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá, D. C. a los 22 días del mes de julio de 1998
MARIA TERESA FORERO DE SAADE
Presidente CNSSS
LUIS CARLOS SANDINO RESTREPO
Secretario Técnico CNSSS