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ACUERDO 120 DE 1999
(enero 26)
Diario Oficial No. 43.488, del 29 de enero de1999
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del período de aplicación>
Por el cual se aprueba el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía para la vigencia de 1999.
EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD,
en uso de sus atribuciones legales conferidas por la Ley 100 de 1993,
numeral 12 del artículo 172 y el Decreto 1283 de 1996, artículo 6o., y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República aprobó la Ley 482 de 1998, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos del capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1999".
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto número 2354 del 19 de noviembre de 1998, "por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación", y el Decreto 001 del 2 de enero de 1999, "por el cual se reducen y se aplazan unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación, para la vigencia fiscal de 1999", mediante el cual redujo el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, subcuenta de seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito en $30.000 millones y aplazó en el presupuesto de la Subcuenta de Solidaridad $84.500 millones correspondientes al aporte del Presupuesto Nacional.
Que teniendo en cuenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 111 de 1996, artículo 123, el cual establece que "los recursos que se producen a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía en desarrollo del mecanismo de compensación y promoción de que trata el artículo 220 de la Ley 100 de 1993, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación" se aprueba el presupuesto de las subcuentas de compensación y promoción,
ACUERDA:
ARTICULO 1o. Aprobar el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía para la vigencia de 1999 en sus diferentes subcuentas así:
Subcuenta de compensación
Ingresos (Miles de pesos)
erávit recaudo UPC 176.497.811
Rendimientos financieros 28.184.609
Total ingresos 204.682.420
Gastos
o proceso de compensación 200.335.797
Pago otros eventos 500.000
Apoyo técnico, auditoría y remuneración
duciaria 3.846.623
Total gastos 204.682.420
Subcuenta promoción
Ingresos
erávit compensación del 0.5 puntos del
gimen contributivo 15.983.433
Impuesto social a las municiones y explosivos 1.148.528
Rendimientos financieros 4.397.258
Total ingresos 21.529.219
Gastos
Programas de promoción y prevención 19.493.136
Prevención de la violencia y promoción de la
nvivencia pacífica 1.148.528
Apoyo técnico, auditoría y remuneración
duciaria 887.555
Total gastos 21.529.219
Subcuenta Solidaridad (Miles de pesos)
Ingresos
Punto de cotización 336.362.853
Aporte del Gobierno Nacional 84.500.000
Cajas de Compensación Familiar 2.628.840
Rendimientos financieros 75.718.461
Impuesto social a las armas 909.694
Total ingresos 500.119.848
Gastos
Subsidio a la demanda - Régimen
bsidiado 493.741.890
Otros eventos de trauma mayor por
olencia 1.112.343
Apoyo técnico, auditoría y remuneración
duciaria 5.265.615
Total gastos 500.119.848
Subcuenta ECAT
Ingresos
Fonsat 20% 25.181.130
SOAT 50% 63.767.452
Rendimientos financieros 29.449.893
Total ingresos 118.398.475
Gastos
Reclamaciones víctimas accidentes de tránsito 40.375.884
Reclamaciones víctimas de acciones terroristas 1.679.418
Reclamaciones víctimas de catástrofes naturales 3.343.382
Programas institucionales - fortalecimiento red
urgencias 36.499.895
Programa atención población
splazada 10.000.000
Reaseguro reserva especial 22.830.901
Reserva especial excedentes víctimas, atentados
catástrofes 10.000.000
Reserva especial - Ajuste 12.830.901
Recuperación procesos de repetición 1.500.000
Apoyo técnico, auditoría y remuneración
duciaria 2.168.995
Total Gastos 118.398.475
Total presupuesto ingresos y gastos FOSYGA 844.729.962
ARTICULO 2o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de enero de 1999.
El Presidente,
VIRGILIO GALVIS RAMIREZ.
El Viceministro Técnico encargado de las funciones del Ministro de Hacienda y
Crédito Público,
SERGIO CLAVIJO VERGARA.
El Secretario Técnico CNSSS,
CARLOS PAREDES GOMEZ.