ACUERDO 206 DE 2001
(junio 1)
Diario Oficial No 44.495, del 23 de julio de 2001
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del objeto para el cual fue creado>
Por el cual se destinan recursos del la Subcuenta de Promoción y Prevención del Fondo
de Solidaridad y Garantía para desarrollar planes y proyectos encaminados a
disminuir el impacto social y económico de las enfermedades de
transmisión sexual y la epidemia de VIH-SIDA.
EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD,
en uso de sus atribuciones legales contenidas en el artículo 172 numeral 12 de la Ley 100 de 1993 y los artículos 6 y 25 del Decreto 1283 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que las Enfermedades de Transmisión Sexual y la infección por VIH-SIDA tienen una alta externalidad dado su mecanismo de tra nsmisión;
Que la epidemia de VIH-SIDA genera unos altos costos sociales y económicos y se hace necesario incrementar acciones de prevención y promoción tendientes a la contención de la epidemia;
Que según el 5o Estudio Nacional Centinela la prevalencia ha aumentado tanto en las poblaciones de mayor vulnerabilidad así como en la población general;
Que según lo previsto en el Plan Estratégico Nacional 2000–2003 se hacen necesarias acciones que permitan modificar las representaciones sociales de las ETS y el VIH– SIDA;
Que es necesario reforzar la vigilancia epidemiológica en ETS-VIH-SIDA a través de los Laboratorios de Referencia en un esfuerzo para cumplir los objetivos de la dirección en cuanto a control de la epidemia;
Que según la Resolución 412 del 25 de febrero de 2000, es necesario divulgar las guías de atención integral en ETS-VIH-SIDA que normatizan el manejo de atención de pacientes por parte de las aseguradoras;
Que existen recursos disponibles en la Subcuenta de promoción del Fosyga, de acuerdo con certificación expedida por la Dirección General de Financiamiento y Gestión Financiera,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Destinar recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía–Subcuenta de Promoción y Prevención, hasta por un valor de mil millones de pesos ($1.000.000.000) para desarrollar planes y proyectos encaminados a disminuir el impacto social y económico de las enfermedades de transmisión sexual y la epidemia de VIH-SIDA de conformidad con el plan de acción presentado por la Dirección General de Salud Pública.
ARTÍCULO 2o. El Ministerio de Salud contratará a las personas naturales o jurídicas necesarias para los efectos previstos en el presente Acuerdo de lo cual rendirá informe posterior al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
ARTÍCULO 3o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a 1o de junio de 2001.
La Ministra de Salud,
SARA ORDÓÑEZ NORIEGA,
Presidente CNSSS.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las
funciones del despacho del Ministro,
FEDERICO RENGIFO VÉLEZ.
El Secretario Técnico CNSSS,
CARLOS MARIO RAMÍREZ RAMÍREZ.