ACUERDO 220 DE 2002
(.)
Diario Oficial No 44.736, de 11 de marzo de 2002
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del término para el cual fue creado>
Por el cual se aprueba el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal de 2002.
EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD,
en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 12 del artículo 172 de la Ley 100 de 1993 y el numeral 2o. del artículo 6o. del Decreto 1283 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley 714 de 2001 se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2002;
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto número 2888 de 2001 "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 2002, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos";
Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 111 de 1996, establece en el artículo 123 que "los recursos que se producen a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía en desarrollo del mecanismo de compensación y promoción de que trata el artículo 220 de la Ley 100 de 1993, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación";
Que el artículo 46 del Decreto 1283 de 1996, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud señala que los recursos del Fosyga que no hagan parte del Presupuesto General de la Nación se ejecutarán conforme al presupuesto aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud;
Que en las subcuentas de compensación y promoción existen excedentes financieros con corte a 31 de diciembre de 2001 por valor total de $177.750.686.769,7 y 173.234.447.394,89 respectivamente, los cuales se encuentran calculados con base en los estados financieros a 31 de diciembre de 2001, que cuentan con el dictamen del Revisor Fiscal del Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Aprobar el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía para la vigencia del año 2002 en sus diferentes subcuentas así:
CONCEPTO APROPIACION
SUBCUENTA COMPENSACION
INGRESOS
SUPERAVIT RECAUDO UPC
690,141,331,615
TRANS. SOLIDARIDAD R. ESP. MADRES COMUNITARIAS 2,250,591,515
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS -
REND. FINANC. FOSYGA 682.319.392
RENDIMIENTOS FINANCIEROS INVERSIONES 7.828.444.683
EXCEDENTES FINANCIEROS 162,240,099,112
RENDIMIENTOS FINANCIEROS CTAS. RECAUDO EPS 11,916,099,180
TOTAL INGRESOS 875.058.885.497
GASTOS
DEFICIT PROCESO COMPENSACION 851.248.360.513
REGIMEN ESPECIAL MADRES COMUNITARIAS 5.423.949.792
OTROS EVENTOS Y FALLOS DE TUTELA 14,500,000,000
APOYO TECNICO AUDITORIA Y REM. FIDUCIARIA 3,886,575,192
TOTAL GASTOS COMPENSACION 875.058.885.497
SUBCUENTA PROMOCION
INGRESOS
SUPERAVIT COMP. 0.16 PUNTOS DEL R. CONTRIBUTIVO 18,825,841,263
IMPUESTO A LAS MUNICIONES Y EXPLOSIVOS 1,003,000,000
RENDIMIENTOS FINANCIEROS INVERSIONES 15,382,758,536
REINTEGROS PRO. DE PROMOCION Y PREVENCION EPS 234,000,000
EXCEDENTES FINANCIEROS 119,338,817,102
TOTAL INGRESOS 154,784,416,901
GASTOS
PROG. PROMOCION Y PREVENCION - COMPENSACION 118,484,045,522
PROG. PROMOCION Y PREVENCION - MINSALUD 34,994,710,234
PREV. DE LA VIOL. Y PROM. CONVIVENCIA PACIFICA 1,003,000,000
APOYO TECNICO, AUDITORIA Y REM. FIDUCIARIA 225,947,722
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 76,713,423
TOTAL GASTOS PROMOCION 154,784,416,901
SUBCUENTA SOLIDARIDAD
INGRESOS
PUNTO DE COTIZACION 334,020,776,514
MINHACIENDA DEUDA PARIPASSU (1994-1996) 107,764,134,000
CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR 56,253,120,000
RENDIMIENTOS FINANCIEROS INVERSIONES 84,887,200,894
IMPUESTO A LAS ARMAS 2,074,768,592
APORTE DE LA NACION- PARIPASSU
TOTAL INGRESOS 585,000,000,000
GASTOS
SUBSIDIO A LA DEMANDA
REGIMEN SUBSIDIADO 578,242,782,975
PAGO DEFICIT REG. SUB. CAJAS DE COMP. FAMILIAR 500,000,000
REGIMEN ESPECIAL MADRES COMUNITARIAS 2,250,591,515
OTROS EVENTOS TRAUMA MAYOR POR VIOLENCIA 2,074,768,592
OTROS EVENTOS Y FALLOS DE TUTELA 500,000,000
APOYO TECNICO AUDITORIA Y REM. FIDUCIARIA 1,008,466,508
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 423,390,410
TOTAL GASTOS SOLIDARIDAD 585,000,000,000
CONCEPTO APROPIACION
SUBCUENTA ECAT
INGRESOS
FONSAT 20% 31,958,170,361
SOAT 50% 79,684,874,532
RENDIMIENTOS FINANCIEROS INVERSIONES 28.669.903.024
TOTAL INGRESOS 140,984,889,672
RECEPCION PROCESOS DE REPETICION 671.941.755
GASTOS
ACCIDENTES DE TRANSITO 77,886.587.490
ACCIONES TERRORISTAS 2,050,782,399
CATASTROFES NATURALES 19,212,130,835
RESERVA. ESPECIAL. EXCD. VICTIMAS ATENT. Y CATAST. 2,000,000,000
RESERVA ESPECIAL AJUSTE 10,910,910,223
PROG. INST. RED NAC. DE URGENCIAS 15,000,000,000
PROG. ATENC. POBLAC. DESPLAZADA 8,728,979,707
GASTOS RECUPERACION PROCESOS REPETICION 671.941.755
PAGOS FALLOS DE TUTELA SENTENCIAS Y LAUDOS 130,855,631
APOYO TECN. AUDITORIA Y REMUNERAC. FIDUCIARIA 4,249,725,560
DEFICIT MADRES COMUNITARIAS 142,976,072
TOTAL GASTOS ECAT 140,984,889,672
TOTAL FOSYGA INGRESOS 1.755.828.192.070
TOTAL FOSYGA GASTOS 1.755.828.192.070
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial y produce efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2002.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a los.
El Ministro de Salud, Presidente CNSSS,
GABRIEL ERNESTO RIVEROS DUEÑAS.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JUAN MANUEL SANTOS.
El Secretario Técnico CNSSS,
CARLOS MARIO RAMÍREZ RAMÍREZ.