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ACUERDO 21 DE 2011

(febrero 15)

Diario Oficial No. 48.026 de 29 de marzo de 2011

COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 82 del Acuerdo 28 de 2011>

Por el cual se amplían unas concentraciones de algunos medicamentos contenidos en el Plan Obligatorio de Salud dispuesto por el Acuerdo 008 de 2009 de la CRES.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD,

en ejercicio de las facultades legales conferidas por el numeral 1 del artículo 7o de la Ley 1122 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 7o de la Ley 1122 de 2007, esta entidad es competente para definir los Planes Obligatorios de Salud (POS) que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) garantizarán a los afiliados según las normas de los Regímenes Contributivo y Subsidiado; asimismo, de acuerdo con el numeral 2 del citado artículo, es competente para definir y revisar, como mínimo una vez al año, el listado de medicamentos esenciales que harán parte de los Planes de Beneficios.

Que mediante el Acuerdo 008 de 2009, la Comisión de Regulación en Salud, actualizó y aclaró integralmente los Planes Obligatorios de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, señalando en su Anexo número 1 la lista de los medicamentos que hacen parte del mismo.

Que mediante el Acuerdo 017 de 2010, la Comisión de Regulación en Salud aclaró, el nombre del Principio activo Dihidromorfona, contenido en el Anexo 01 del Acuerdo 008 de 2009, por el nombre de Hidromorfona.

Que la Unidad Administrativa Especial -Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE) dependiente de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de la Protección Social, solicitó la ampliación de las concentraciones de los medicamentos que hacen parte del Anexo número 1 del Acuerdo 008 de 2009, a saber: Hidromorfona Clorhidrato 2.5 mg Tableta, Morfina 10 mg/ml Solución Inyectable y Metadona Clorhidrato 5 y 10 mg tableta, tal como se describe a continuación:

Hidromorfona Clorhidrato 5 mg tableta.

Morfina Clorhidrato 3% Solución inyectable.

Metadona Clorhidrato 40 mg tableta.

Que para decidir sobre la ampliación de estas concentraciones, la Comisión de Regulación en Salud realizó los respectivos análisis centrados en el estudio de la dosificación y las indicaciones clínicas previstas en el Plan Obligatorio de Salud para estos medicamentos, así como su viabilidad financiera, determinando que dichas ampliaciones son pertinentes porque se obtienen beneficios durante las terapias y, por otra parte, el impacto sobre la Unidad de Pago por Capitación (UPC) es neutro para el Sistema General de Seguridad Social en Salud, por lo que, no se requiere incrementar el valor de la UPC, todo lo cual, en la medida que se conservan las mismas indicaciones definidas para los medicamentos cuyos principios activos ya hacen parte del POS.

Que por tratarse de una ampliación de concentraciones de principios activos que hacen parte del POS definido en el Acuerdo 008 de 2009 de la CRES y, que no se modifican sus usos terapéuticos o indicaciones allí previstas, no se somete a consulta.

Que en adición a los anteriores análisis se tuvo en cuenta el efecto que tendría la disminución en los recobros al Fosyga por concepto de los principios activos en las concentraciones de que trata el presente Acuerdo.

Que Lo anteriormente señalado, se encuentra sustentado en el Informe Técnico efectuado por la Subdirección Técnica de la CRES.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Regulación en Salud,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. <Acuerdo derogado por el artículo 82 del Acuerdo 28 de 2011> Amplíense las concentraciones de los siguientes medicamentos que se encuentran incorporados en el Plan Obligatorio de Salud, dispuesto por el Acuerdo 008 de 2009 de la CRES, según lo descrito a continuación, las cuales se financiarán con cargo a la UPC:

Código anatomo
farmacológico
Código administrativo Principio activoConcentración forma farmacéutica
Principio
Activo
Forma Presentación  
N02A H015 01 2 HIDROMORFONA CLORHIDRATO 5 MG TABLETA
N02A M010 01 3 METADONA CLORHIDRATO 40 MG TABLETA
N02A M024 70 2 MORFINA CLORHIDRATO 3% SOLUCIÓN INYECTABLE

PARÁGRAFO. Estas concentraciones se amplían sin sustituir a los medicamentos cuyos principios activos hacen parte del Anexo número 1 del Acuerdo 008 de 2009 y conservan las mismas indicaciones o usos terapéuticos allí previstos para estos principios activos en el Plan Obligatorio de Salud.

ARTICULO 2o. VIGENCIA. <Acuerdo derogado por el artículo 82 del Acuerdo 28 de 2011> El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2011.

La Presidenta de la Comisión de Regulación en Salud,

BEATRIZ LONDOÑO SOTO.

El Comisionado Experto Vocero,

GUSTAVO ADOLFO BRAVO DÍAZ.

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