CIRCULAR 3 DE 2020
(enero 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Para: | Entidades reclamantes incluidas en el registro especial de prestadores de servicios de salud |
De: | Administradora de los recursos del sistema general de seguridad social en salud - ADRES |
Asunto: | Radicación electrónica de reclamaciones |
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, actuando en el marco de sus competencias, particularmente las previstas en los artículos 2.6.4.3.5.2.1, 2.6.4.3.5.2.2 y 2.6.4.7.3 del Decreto 780 de 2016 y en cumplimiento de lo señalado en el artículo 5 de la Resolución 4338 de 2018 modificada por la Resolución 21621 de 2019 de la ADRES, informa que, con el fin de finalizar la implementación gradual de la radicación electrónica, a partir del 1 de febrero de 2020, todos los Prestadores de Servicios de Salud deberán radicar los documentos descritos en los artículos 2.6.1.4.2.20 o 2.6.1.4.3.3 del Decreto 780 de 2016, haciendo uso de la herramienta dispuesta en el portal de la ADRES a través de la cual cargarán lo siguiente:
1.1. Formulario (FURIPS 1 y 2 o FURTRAN) en extensión (.pak.cms), esto es, archivo validado a través de la última versión de la malla de reclamaciones dispuesta por esta Administradora y con la correspondiente firma digital de persona jurídica o representación legal en formatos PFX, P10 o P12.
1.2. Imágenes de los documentos que soportan las reclamaciones relacionadas en el Formulario Único de Presentación de Reclamaciones, de acuerdo con los criterios técnicos definidos en el anexo técnico de la presente Circular.
Finalizado el proceso de radicación electrónica, la IPS podrá descargar el reporte “Certificado de Radicación”, documento que será el soporte de las reclamaciones efectivamente radicadas por la entidad.
Los RIPS deberán ser presentados directamente en las instalaciones de la ADRES teniendo en cuenta los términos y especificaciones técnicas definidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
CRISTINA ARANGO OLAYA
Directora General