CIRCULAR 6 DE 2019
(agosto 29)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD-ADRES
Para: | Servidores públicos, contratistas y terceros |
De: | Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo |
Asunto: | Roles y responsabilidades con el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST). |
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, debe ser liderado e implementado por el empleador (Director General), con el apoyo de los siguientes roles y sus responsabilidades:
- Director General
- Directores Técnicos, Subdirectores Técnicos, Jefe de Oficina, Jefes de Oficinas Asesoras, Coordinadores y Supervisores de contratos.
- Responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Servidores Públicos.
- Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Comité de Convivencia Laboral.
- Obligaciones del contratista y terceros.
ROL | RESPONSABILIDAD |
DIRECTOR GENERAL | Suministrar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades del SG- SST. |
Asignar y comunicar responsabilidades a los trabajadores en seguridad y salud en el trabajo, dentro del marco de sus funciones. | |
Garantizar la consulta y participación de los servidores públicos en la identificación de los peligros y control de los riesgos, así como la participación a través del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. | |
Garantizar la Supervisión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. | |
Evaluar por lo menos una vez al año la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. | |
Implementar los correctivos necesarios para el cumplimiento de metas y objetivos en SST. | |
Garantizar la disponibilidad de personal competente, para liderar y controlar el desarrollo de la seguridad y salud en el trabajo. | |
Garantizar un programa de inducción y capacitación para los servidores públicos que ingresen a la entidad, independientemente de su forma de contratación y vinculación. | |
Garantizar un programa de capacitación acorde con las necesidades específicas detectadas en la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos. | |
Garantizar información oportuna sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo a través de reporte de actos y condiciones inseguras. | |
DIRECTORES TÉCNICOS, SUBDIRECTORES TÉCNICOS, JEFE DE OFICINA, JEFES DE OFICINAS ASESORAS, COORDINADORES Y SUPERVISORES DE CONTRATOS | Participar en la actualización de la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos. |
Participar en la construcción y ejecución de planes de acción. | |
Promover la comprensión de las políticas de la entidad a los servidores públicos y partes interesadas que tenga a cargo. | |
Informar sobre las necesidades de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo. | |
Participar en la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo. | |
Participar en las inspecciones de seguridad. | |
RESPONSABLE DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO | Planificar, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el SG-SST y como mínimo una vez al año realizar su evaluación. |
Informar a la alta dirección sobre el funcionamiento y los resultados del SG-SST. | |
Promover la participación de todos los miembros de la entidad en la implementación del SG-SST. | |
Coordinar con los Directores Técnicos, Subdirectores Técnicos, Jefe de Oficina, Jefes de Oficinas Asesoras, Coordinadores y Supervisores de contratos, la elaboración y actualización de la matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos y hacer la priorización para focalizar la intervención. | |
Validar o construir con los Directores Técnicos, Subdirectores Técnicos, Jefe de Oficina, Jefes de Oficinas Asesoras, Coordinadores y Supervisores de contratos los planes de acción y hacer seguimiento a su cumplimiento. | |
Promover la comprensión de la política en todos los niveles de la entidad. | |
Gestionar los recursos para cumplir con el plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y hacer seguimiento a los indicadores. | |
Coordinar las necesidades de capacitación en materia de prevención según los riesgos prioritarios y los niveles de la entidad. | |
Apoyar la investigación de los accidentes e incidentes de trabajo. | |
Participar de las reuniones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. | |
Implementación y seguimiento del SG-SST. | |
SERVIDORES PÚBLICOS | Conocer y tener clara la política de seguridad y salud en el trabajo. |
Procurar el cuidado integral de su salud. | |
Suministrar información clara, completa y veraz sobre su estado de salud. | |
Cumplir las normas de seguridad e higiene propias de la entidad. | |
Participar en la prevención de riesgos laborales mediante las actividades que se realicen en la entidad. | |
RESPQNSÁBiUDAD | |
Informar las condiciones de riesgo detectadas al jefe inmediato. | |
Reportar inmediatamente todo accidente de trabajo o incidente. | |
COMITÉ PARITARIO EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO | Proponer a las directivas las actividades relacionadas con la salud y la seguridad de los servidores públicos y partes interesadas. |
Analizar las causas de incidentes, accidentes y enfermedades laborales. | |
Visitar periódicamente las instalaciones de la entidad. | |
Acoger las sugerencias que presenten los servidores públicos en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. | |
Servir de punto de coordinación entre las directivas y los servidores públicos para las situaciones relacionadas con seguridad y salud en el trabajo. | |
COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL | Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan. |
Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública. | |
Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja. | |
Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias. | |
Formular planes de mejora y hacer seguimiento a los compromisos, | |
Presentar a la alta dirección de la entidad las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral. | |
Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones. | |
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Y TERCEROS | Procurar el cuidado integral de su salud. |
Contar con los elementos de protección personal necesarios para ejecutar la actividad contratada, para lo cual asumirá su costo. | |
Informar a los contratantes la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. | |
Participar en las actividades de Prevención y Promoción organizadas por los contratantes, el Comité Paritario de Segundad y Salud en el Trabajo o la Administradora de Riesgos Laborales. | |
Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST. | |
Informar oportunamente al contratante toda novedad derivada del contrato. |
Por lo tanto, la Dirección General de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES aprueba los anteriores roles y responsabilidades según las disposiciones del Decreto 1072 de 2015 que se señalan a continuación:
- Artículo 2.2.4.6.8. Numeral 2o. Obligaciones de los empleadores (Asignación y Comunicación de Responsabilidades: Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección).
- Artículo 2.2.4.6.10. Responsabilidades de los trabajadores.
- Artículo 2.2.4.2.2.16. Obligaciones del contratista.
- Artículo 2.2.4.6.20. Numeral 4o (La asignación de responsabilidades de los distintos niveles de la empresa frente al desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo).
Dada en Bogotá., 29 AGO 2019
CRISTINA ARANGI OLAYA
Directora General de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES