CIRCULAR 7 DE 2020
(febrero 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Para: | Entidades recobrantes de servicios de salud o tecnologías no financiados con cargo a la UPC |
De: | Administradora de los recursos del sistema general de seguridad social en salud - ADRES |
Asunto: | Instrucciones y cronograma para validaciones en ambiente de pruebas del proceso de corrección |
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, actuando en el marco de sus competencias, particularmente las previstas en el artículo 2.6.4.3.5.1.4 del Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social No. 780 de 2016, en concordancia con lo señalado en el numeral 8 del artículo 97 de la Resolución 1885 de 2018, adicionado por la Resolución No. 2966 de 2019, con el fin de implementar una segunda ventanilla para el proceso de corrección dispuesto en la Resolución No. 41656 de 2019, a través del cual se establecieron alternativas técnicas para adelantar el proceso de verificación, control y pago de los servicios y tecnologías en salud no financiadas con la UPC, informa que en el mes de febrero de 2020 dará apertura a la ventanilla de radicación para que las EPS puedan realizar validaciones en ambiente de pruebas con el fin de asegurar la adecuada presentación de la información que corresponda al proceso de corrección, para lo cual se da a conocer las siguientes instrucciones y cronograma:
- PRESENTACIÓN Y VALIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN
La presentación de la información que se efectué en la ventanilla dispuesta a través de esta circular, se realizará conforme el cronograma aquí definido, para lo cual las entidades recobrantes deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La ADRES dispondrá las versiones de los datos (MIPRES, BDUA, BDEX) que se tienen en el ambiente de producción, para asegurar que los resultados que se generen tengan la confiabilidad adecuada.
2. El tiempo de procesamiento será el mismo que se tuvo durante la realización de los pilotos previos a la expedición de la Resolución No. 41656 de 2019.
3. Los resultados podrán ser consultados de la misma forma que se hizo durante la realización de los pilotos previos a la expedición de la Resolución No. 41656 de 2019.
4. En caso de que no cuente con acceso a los recursos de tecnologías “aplicativo misional del ambiente de pruebas”, podrá solicitar permisos para su ingreso en el correo Mauricio.Paez@adres.gov.co el cual debe tener como asunto SOLICITUD ACCESO AMBIENTE PILOTO PROCESO DE CORRECCIÓN FEBRERO, esto, con el fin de que la Dirección de Otras Prestaciones tramite los accesos correspondientes con la mesa de servicios de la ADRES. El correo deberá informar el NIT y el código SNS y un correo de contacto corporativo de la entidad recobrante.
5. El acceso al aplicativo misional del ambiente de pruebas se debe realizar a través del link http://test.adres.qov.co, así como el acceso al SFTP por la URL tmft.adres.gov.co o mediante la ip 200.85.224.83 puerto 22 utilizando los usuarios y credenciales que se trabajaron durante el piloto 1,2 y 3.
6. Durante el cronograma propuesto en esta circular, las entidades recobrantes no podrán validar los recobros de la radicación corriente de marzo de 2020.
- CRONOGRAMA
La implementación de la ventanilla se sujetará a lo descrito en el siguiente cronograma:
CRONOGRAMA No. 1 | |
Etapa | Fecha |
Habilitación de la ventanilla | Desde el 20 hasta el 28 de febrero de 2020 |
ALVARO ROJAS FUENTES
Director de Liquidaciones y Garantías encargado de las funciones de la dirección General de la ADRES