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CIRCULAR 17 DE 2019

(diciembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

Para:Entidades recobrantes de servicios de salud o tecnologías no financiados con cargo a la UPC
De:Administradora de los recursos del sistema general de seguridad social en salud - ADRES
Asunto:Instrucciones y cronograma para el segundo periodo del proceso de corrección

La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, actuando en el marco de sus competencias, particularmente las previstas en el artículo 2.6.4.3.5.1.4 del Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social No. 780 de 2016, en concordancia con lo señalado en el numeral 8 del artículo 97 de la Resolución 1885 de 2018, adicionado por la Resolución No. 2966 de 2019, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social y conforme lo dispone la Resolución No. 41656 de 2019 expedida por la Entidad, se permite informar a las entidades interesadas que se abrirá un nuevo periodo para la presentación de la información de que trata el proceso de corrección y, por lo tanto, se imparten las siguientes instrucciones y se define el cronograma correspondiente para esta nueva presentación, así:

- PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN

Para la presentación de la información a que se refiere el Título III de la Resolución No. 41656 de 2019, y que se presentará de conformidad con el cronograma No. 1 dispuesto en la presente circular, las entidades recobrantes deberán tener en cuenta que:

1. El envío de los medios por parte de las entidades recobrantes (encabezados y detalles) se podrá realizar entre el 7 (12:01 am) y 10 de diciembre (11:59 p.m).

2. El día 11 de diciembre se empleará únicamente para que las entidades recobrantes consoliden y envíen el formato MYT-R, el cual deberá encontrarse debidamente firmado para que sea tenido en cuenta.

3. Con el fin de caracterizar el tipo de prescripción de acuerdo con el número de entregas, las entidades recobrantes deberán diligenciar de manera obligatoria en el campo 59 del Anexo Técnico MYT01 [SoporteServicioFolios], los siguientes valores:

- 1: si la prescripción está marcada como única y tiene una sola entrega.

- 2: si está marcada como sucesiva y tiene varias entregas.

- 3: si está marcada como única, pero tiene varias entregas asociadas.

4. El diligenciamiento del campo 65 del Anexo Técnico MYT01 que contiene el Tipo de Auditoría, es obligatorio. Para el proceso de corrección solo es posible el diligenciamiento del valor 0 que corresponde al segmento A. Si se diligencia un valor diferente a 0 o el campo se deja vacío el registro será rechazado y no podrá ingresar al proceso de corrección.

5. Para el caso de los recobros de productos nutricionales, las entidades recobrantes deben tener en cuenta que la validación se realiza a partir de lo reportado en el anexo de garantía y suministro V1 o el Módulo de Proveedores, por lo que el código de la tecnología entregada debe corresponder a un código MIPRES de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social y lo definido en el literal d del numeral 4 del artículo 5 de la Resolución 41656 de 2019 expedida por la ADRES.

6. Los nombres de los medios enviados deben ser diferentes a los consignados en los radicados en el periodo corriente y en el primer periodo del proceso de corrección.

7. Los números internos de los recobros no podrán ser repetidos en este segundo periodo.

8. Las entidades recobrantes deberán informar, a más tardar a las 5:00 p.m. del 06 de diciembre de 2019, mediante comunicación electrónica remitida al correo Leidy.beltran@adres.qov.cosi realizarán una nueva presentación de información en virtud del periodo de que trata la presente circular. En caso que las entidades recobrantes no remitan dicha comunicación, se entenderá que no participarán y por ende no entregarán información durante el periodo previsto.

9. Si la entidad recobrante requiere reingresar los recobros que de acuerdo con lo informado por la ADRES a través de comunicación electrónica el día 5 de diciembre de 2019 tuvieron como resultado “radicado con alerta”, se deberá informar a la ADRES la lista de los radicados asignados en el primer periodo de corrección para proceder a su anulación con el objeto de que se reingresen durante el periodo previsto del 7 al 10 de diciembre de 2019.

10. Se recuerda que la información deberá presentarse desagrupada, esto es, por ítem. En este sentido, cada registro del detalle el campo Numero de ítem corresponde a 1

- SOLICITUD DE MUESTRA

Cuando la ADRES, en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 44 de la Resolución No. 41656 de 2019, solicite soportes por muestra, la entidad recobrante deberá allegarlos de la forma que se describe a continuación, en un término no superior a 48 horas contadas a partir de que sea solicitado por la ADRES:

a. Nombrar cada soporte solicitado de la siguiente forma: CXXXXXXXXXXXXXIRXXXXXXXXXXXXXTXXXXCXX.PDF donde:

 Código Descripción
CXXXXXXXXXXXXXCorresponde al número consecutivo interno que la entidad recobrante asigna a cada uno de sus archivos consolidados de recobro/cobros; es usado para distinguir de manera única cada archivo enviado.
Se debe usar el prefijo “C“ y a continuación el número de radicación, usando el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo.
IRXXXXXXXXXXXXXEste número corresponde al número de radicación MYT01-02 objeto de solicitud de acuerdo a la muestra enviada. Se debe rellenar con ceros a la izquierda para completar los 15 caracteres
TXXXXTipo de soporte documental, así:


CXXSe debe usar el prefijo C que indica Consecutivo y a continuación el número de consecutivo dentro del tipo de soporte en el archivo, iniciando en 01 e  incrementar de 1 en 1.
PDF Extensión del archivo

b. El nombre del archivo compilado (comprimido) de imágenes corresponde:

MYT14OIMAGAAAAMMDDNIXXXXXXXXXXXXCXXXXXXXXXXXXXIRXXXXXXXXXXXXX.DAT

Componente del
Nombre de Archivo
Valores Permitidos o FormatoDescripción
Módulo de informaciónMYTIdentificador del módulo de información: MEDICAMENTOS Y TUTELAS
Tipo de Fuente140Fuente de la Información - EPS Entidades Promotoras de Salud.
Tema de informaciónIMAGSoportes documentales digitalizados asociados a solicitudes de recobro/cobros autorizados por comité técnico- científico o por fallos de tutela
Fecha de CorteAAAAMMDDDebe corresponder al último día calendario del mes de presentación de recobro/cobros. Por ejemplo 20130630.
Tipo de
identificación de la entidad recobrante
NITipo de identificación de la entidad reportadora de la información:
Se debe especificar NI
correspondiente al tipo de identificación NIT.
Número de identificación de la entidad recobrantexxxxxxxxxxxxNúmero de identificación de la entidad recobrante.
Debe corresponder al número de NIT de la entidad recobrante sin dígito de verificación.
Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo.
Por Ejemplo:
000860999123
000000025777
Consecutivo de
archivo asignado por la entidad recobrante.
cxxxxxxxxxxxxxCorresponde al número
consecutivo interno que la entidad recobrante asigna a cada uno de sus archivos consolidados de recobro/cobros; es usado para distinguir de manera única cada archivo enviado.
Se debe usar el prefijo “C“ y a continuación el número de radicación, usando el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo.
Identificador dado por la entidad recobrante a cada uno de sus
recobro/cobro
IRXXXXXXXXXXXXXEste número corresponde al número de radicación MYT01- 02 objeto de solicitud de acuerdo a la muestra enviada, se debe rellenar con ceros a la izquierda para completar los 15 caracteres
Extensión del
archivo
.DATExtensión del archivo comprimido.

- CRONOGRAMA

De conformidad con lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 42 de la Resolución No. 41656 de 2019, se estipula el siguiente cronograma para la presentación de la información en el marco del proceso de corrección, así:

CRONOGRAMA No. 1
EtapaFecha
Comunicación electrónica en la que se manifieste expresamente si va a hacer parte o no del segundo periodo dispuesto para el proceso de corrección6 de diciembre de 2019 hasta las 5:00 pm
Presentación de la informaciónDesde el 07 hasta el 10 de diciembre de 2019
Envío de los formatos MYT-R11 de diciembre de 2019

En todo caso, el desembolso de los valores aprobados, en caso de que hubiere lugar a su pago, se sujetará a los plazos y condiciones establecidos en el Decreto 1333 de 2019.

CRISTINA ARANGO OLAYA

Directora General

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