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CIRCULAR 23 DE 2018

(diciembre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

PARA:SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADRES - ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
DE:DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO ( E )
ASUNTO:PROHIBICION DE SOLICITAR O RECIBIR DÁDIVAS, AGASAJOS O REGALOS
FECHA:3 de Diciembre de 2018

Considerando que entramos en la época de navidad, la Dirección Administrativa y Financiera recuerda a todos los servidores públicos, que el numeral 3 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002 (Código Único Disciplinario) prohíbe aceptar o solicitar directa o indirectamente, dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de beneficios.

De acuerdo con la norma anterior, los servidores públicos de ADRES, deben abstenerse de recibir dádivas, agasajos y regalos de cualquier persona natural o jurídica que tenga relación o interés directo con la entidad.

Cabe precisar que la inobservancia a esta prohibición, generará la acción disciplinaria correspondiente.

Comuniqúese y Cúmplase, 03 DIC 2018

JUAN JOSE TRUJILLO RAMIREZ

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