CIRCULAR 23 DE 2018
(diciembre 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
PARA: | SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADRES - ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. |
DE: | DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO ( E ) |
ASUNTO: | PROHIBICION DE SOLICITAR O RECIBIR DÁDIVAS, AGASAJOS O REGALOS |
FECHA: | 3 de Diciembre de 2018 |
Considerando que entramos en la época de navidad, la Dirección Administrativa y Financiera recuerda a todos los servidores públicos, que el numeral 3 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002 (Código Único Disciplinario) prohíbe aceptar o solicitar directa o indirectamente, dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de beneficios.
De acuerdo con la norma anterior, los servidores públicos de ADRES, deben abstenerse de recibir dádivas, agasajos y regalos de cualquier persona natural o jurídica que tenga relación o interés directo con la entidad.
Cabe precisar que la inobservancia a esta prohibición, generará la acción disciplinaria correspondiente.
Comuniqúese y Cúmplase, 03 DIC 2018
JUAN JOSE TRUJILLO RAMIREZ