Buscar search
Índice developer_guide

CIRCULAR 56 DE 2020

(noviembre 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

Para:Entidades recobrantes de servicios de salud o tecnologías no financiados con la UPC de los afiliados al régimen contributivo y subsidiado
De:Administradora de los recursos del sistema general de seguridad
Social en salud - ADRES
Asunto:Radicación de cuentas por concepto de servicios y tecnologías en salud no financiadas con la UPC - mes de diciembre de 2020

La ADRES actuando en el marco de sus competencias, informa a las entidades interesadas en radicar cuentas por concepto de servicios y tecnologías no financiadas con la UPC prestados a los afiliados del régimen contributivo y subsidiado que el cronograma previsto en la Circular 047 de 2020 para el mes de diciembre de 2020 se modifica como se presenta a continuación:

En la ventana que se habilitará entre el 21 y el 28 de diciembre de 2020, no habrá diferenciación entre primer y segundo segmento; por lo cual, las entidades recobrantes interesadas deberán presentar la totalidad de las cuentas bajo las condiciones del segundo segmento, es decir, deberán aportar los soportes documentales previstos en el capítulo 6o del Manual Operativo y de Auditoría.

DIANA ISABEL CÁRDENAS GAMBOA

Directora General

×
Volver arriba