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CIRCULAR 57 DE 2020

(noviembre 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

Para:Entidades recobrantes de servicios de salud o tecnologías no financiados con la UPC de los afiliados al régimen contributivo y subsidiado, instituciones prestadoras de servicios de salud -IPS y gestores farmacéuticos
De:Administradora de los recursos del sistema general de seguridad social en salud - ADRES
Asunto:Artículo 10 Resolución 41656 de 2019 - sistema de auditoría por alertas - modificación plazo

La ADRES, actuando en el marco de sus competencias, particularmente, en desarrollo de lo previsto en la Resolución 41656 de 2019, a través del cual se establecieron alternativas técnicas para adelantar el proceso de verificación, control y pago de los servicios y tecnologías en salud no financiadas con la UPC, informa que, teniendo en cuenta que a la fecha los prestadores se encuentran finalizando el reporte de que trata el artículo 10 de la Resolución 41656 de 2019, se modifica el plazo para dar respuesta al Sistema de Auditoría por Alerta SAA hasta el 23 de noviembre de 2020 a las 24 horas.

DIANA ISABEL CÁRDENAS GAMBOA

Directora General de la ADRES

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