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CIRCULAR 38 DE 2008

(julio 7)

Diario Oficial No. 47.045 de 9 de julio de 2008

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Para: Entidades Territoriales de Salud
De: Ministro de la Protección Social
Asunto: Aplicación del Decreto 2330 de 2006. Proceidimientos de inyectología en farmacias-droguerías y droguerías.
Fecha: 7 de julio de 2008

En defensa de la salud de todos los habitantes del territorio nacional, el Ministerio de la Protección Social, se permite reiterar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 5o y 6o del Decreto 2330 de 2006, relacionados con los procedimientos de inyectología y monitoreo de glicemia con equipo por punción que ofrecen al público las Farmacias-Droguerías y Droguerías.

En consecuencia, este Despacho solicita la intensificación de las acciones de inspección, vigilancia y control sobre las Farmacias-Droguerías y las Droguerías, con el objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos de infraestructura y dotación, recurso humano y normas de procedimientos allí señalados.

En aquellos casos que no se cumplan con estas condiciones esenciales, se deberá proceder a tomar las decisiones sanitarias, correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 09 de 1979 y el parágrafo del artículo 22 de la Resolución 1403 de 2007.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de julio de 2008.

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

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