CIRCULAR 38 DE 2008
(julio 7)
Diario Oficial No. 47.045 de 9 de julio de 2008
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Para: | Entidades Territoriales de Salud |
De: | Ministro de la Protección Social |
Asunto: | Aplicación del Decreto 2330 de 2006. Proceidimientos de inyectología en farmacias-droguerías y droguerías. |
Fecha: | 7 de julio de 2008 |
En defensa de la salud de todos los habitantes del territorio nacional, el Ministerio de la Protección Social, se permite reiterar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 5o y 6o del Decreto 2330 de 2006, relacionados con los procedimientos de inyectología y monitoreo de glicemia con equipo por punción que ofrecen al público las Farmacias-Droguerías y Droguerías.
En consecuencia, este Despacho solicita la intensificación de las acciones de inspección, vigilancia y control sobre las Farmacias-Droguerías y las Droguerías, con el objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos de infraestructura y dotación, recurso humano y normas de procedimientos allí señalados.
En aquellos casos que no se cumplan con estas condiciones esenciales, se deberá proceder a tomar las decisiones sanitarias, correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 09 de 1979 y el parágrafo del artículo 22 de la Resolución 1403 de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 7 de julio de 2008.
DIEGO PALACIO BETANCOURT.