CIRCULAR 62 DE 2011
(noviembre 11)
Diario Oficial No. 48.257 de 18 de noviembre de 2011
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
PARA: | ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD Y DEMÁS ENTIDADES OBLIGADAS A COMPENSAR Y ADMINISTRADOR FIDUCIARIO DEL FOSYGA |
DE: | DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y ANÁLISIS DE LA POLÍTICA |
ASUNTO: | Modificación de las Especificaciones Técnicas establecidas de la Circular 102 de 2004 según Resolución 3364 de 2004, para el Envío de la Información de la Declaración de Giro y Compensación y sus Anexos en Medio Magnético. |
FECHA: | 11 de noviembre de 2011 |
Con el fi n de dar cumplimiento a las especificaciones técnicas para el envío de la información del proceso de Giro y Compensación y sus respectivos anexos conforme al artículo 15 del Decreto 2280 de 2004 y el artículo 2o de la Resolución 3364 2004, se establecen las siguientes modificaciones y adiciones al anexo de afiliados cotizantes (Archivo ACX). Las modificaciones y adiciones se relacionan con lo señalado en el Acuerdo 414 de 2009 del CNSSS, la Ley 1429 de 2010 y la Ley 1468 de 2011. La información en medio magnético debe cumplir con las siguientes especificaciones
El campo 16 “Tipo de cotizante” del ARCHIVO DE AFILIADOS COTIZANTES (Archivo ACX) quedará así:
Campo No. | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
16 | Tipo de Cotizante | Corresponden a los tipos de cotizante, establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifiquen, adicione o sustituya. | 2 | Numérico |
El campo 40 “Tipo de licencia” del ARCHIVO DE AFILIADOS COTIZANTES (Archivo ACX) quedará así:
Campo No. | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
40 | Tipo de licencia | 1 = Maternidad 2 = Parto no Viable 3 = Paternidad 4= Parto Prematuro 5= Nacimiento Múltiple 6= Parto Prematuro y nacimiento múltiple 7 = Proporcional (Acuerdo 414 de 2009) 8= Proporcional (Acuerdo 414 de 2009) y parto prematuro 9= Proporcional (Acuerdo 414 de 2009) y parto prematuro y nacimiento múltiple. 10= Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1° Ley 1468 de 2011) En el caso en que los campos 36 al 39, no se hayan diligenciado, este campo no se deberá diligenciar. | 2 | Numérico |
44 | Días pagados | Días pagados por la licencia | 3 | Numérico |
Se adicionan los siguientes campos 52 al 58: en el Archivo de Afiliados Cotizantes (Archivo ACX), el cual quedará así:
Campo No. | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
52 | Días de Gestión | Campo obligatorio, si el campo 40 se diligencia con tipo 7, 8, 9. En este campo y en aplicación del Acuerdo 414 de 2009 se deberá registrar el número de los días de gestación. | 3 | Numérico |
53 | Días para naci-mientos de niños prematuros | Campo obligatorio si el campo 40 se diligencia con tipo 4, 6, 8, 9. En este campo y en aplicación del numeral 5 del artículo 1° de la Ley 1468 de 2001 se deberá registrar la diferencia en días entre la fecha gestacional y el nacimiento a término. | 3 | Numérico |
54 | Fecha Gestacional | Campo Obligatorio, si el campo 40 se diligencia con tipo 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Fecha de iniciación licencia (dd/mm/aaaa) Corresponde a la fecha del parto, según el dictamen médico. En el caso de un parto no viable, esta fecha se homologa a la fecha de este evento. | 10 | Carácter |
55 | Fecha de naci-miento a término | Campo obligatorio, si el campo 40 se diligencia con tipo 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Fecha de iniciación licencia (dd/mm/aaaa) Corresponde a la fecha probable del parto según el dictamen médico. | 10 | Carácter |
56 | Tipo de Docu-mento de la madre cotizante fallecida | Corresponden al tipo de documento del cotizante principal establecido en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Este campo es obligatorio si en el campo 40 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1° Ley 1468 de 2011). Deberá registrase el tipo de identificación de la madre cotizante fallecida. | 2 | Carácter |
57 | Número de Docu-mento de la madre cotizante fallecida | Este campo es obligatorio si en el campo 40 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1° Ley 1468 de 2011). Deberá registrase el número de identificación de la madre cotizante fallecida. | 16 | Carácter |
Campo No. | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
58 | Número autoriza-ción licencia parael caso de la ma-dre cotizante falle-cida | Número interno de la EPS o EOC de autorización de la licencia. Deberá registrase el número de autorización de la licencia reconocida, asociada a la madre cotizante fallecida. Este campo es obligatorio si en el campo 40 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1° Ley 1468 de 2011). | 15 | Carácter |
59 | Días faltantes de licencia madre fallecida | Tiempo que falta para expirar el periodo de la licencia posterior al parto concedida a la madre. Este campo es obligatorio si en el campo 40 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1° Ley 1468 de 2011) | 3 | Numérico |
Publíquese y cúmplase.
El Director General de Financiamiento,
NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ.
El Director General de Planeación y Análisis de Política,
CARLOS ALBERTO DÍAZ RUEDA.