Buscar search
Índice developer_guide

 CIRCULAR EXTERNA 6 DE 1996

(18 de marzo)

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

PARA: Procuradores Departamentales y Provinciales; Contralores

    Departamentales, Distritales y Municipales; Directores Seccionales,

    Distritales y Municipales de Salud; Directores de Planeación;

    Defensores del Pueblo Regionales y Seccionales; Personeros Distritales  y Municipales y Veedores Comunitarios.

DE: Superintendente Nacional de Salud.

ASUNTO: Participación de la Red de Controladores en el seguimiento de la generación y aplicación de los recursos del sector salud.

 <CUERPO DE LA CIRCULAR>.

 Estimados Señores:

Es facultad legal de la Superintendencia Nacional de Salud, según el artículo 4o. numeral 1 del Decreto 1259 de 1994, la inspección, vigilancia y control de los sujetos que tienen a su cargo la gestión de recursos públicos destinados a la prestación de servicios en el Sistema de Seguridad Social en Salud.

Así mismo, de conformidad con el numeral 4 del artículo 5o. del decreto en mención es facultad de la Superintendencia Nacional de Salud velar por el adecuado financiamiento y aplicación de los recursos públicos del Sistema de Seguridad Social en Salud.

Adicional a lo anterior, el artículo 119 del Decreto 2150 de 1995, establece que corresponde al Superintendente Nacional de Salud fomentar el desarrollo de la Red de Controladores del Sistema General de Seguridad en Salud.

En virtud de lo anterior, el Superintendente Nacional de Salud ha considerado pertinente que para la organización y funcionamiento de la Red de Controladores se requiere de la participación activa de cada una de las entidades y organizaciones sociales que directa o indirectamente ejercen funciones de control y vigilancia.

Por lo tanto, se permite solicitar la concurrencia de los Procuradores Departamentales y Provinciales; Contralores Departamentales, Distritales y Municipales; Directores Seccionales, Distritales y Municipales de Salud; Directores de Planeación; Defensores del Pueblo Regionales y Seccionales; Personeros Distritales y Municipales y Veedores Comunitarios para que formen parte de la Red de Controladores del Sistema de Seguridad Social en Salud.

El objetivo fundamental de su actuación en esta Red de Controladores consiste en que informen a la Superintendencia Nacional de Salud sobre cualquier anomalía que se presente en la generación, aplicación y ejecución de los recursos destinados al sector salud en cada una de las entidades territoriales como son el situado fiscal para salud, la participación en los ingresos corrientes de la Nación correspondiente al sector salud, recursos girados por el Fondo de Solidaridad y Garantía, recursos de cofinanciación, y rentas cedidas y de destinación específica al sector salud, realizadas por los responsables de la administración de tales recursos.

Lo anterior, sin perjuicio de las acciones de control y vigilancia que le corresponde adelantar a cada una de las instancias dentro del área de su competencia.

Cordialmente,

EDGAR ALFONSO GONZALEZ SALAS

×
Volver arriba