Buscar search
Índice developer_guide

CONCEPTO 20231202623611 DE 2023

(noviembre 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - ADRES

Bogotá D.C.

Doctor

XXXXX

Asunto: Respuesta a su derecho de petición de información - Artículo 258 de la Ley 5 de 1992. Radicado ADRES No. 20236303394102 y Orfeo 20236303434372.

Respetado.

En atención al derecho de petición del asunto y al traslado por competencia efectuado por el Ministerio de Salud y Protección Social, se procede de manera respetuosa a proporcionar las respuestas a su petición:

1. Sírvase informar cuántos recobros aprobados por la ADRES para pago, no han sido cancelados a las EPS y cuál es el valor total de los mismos.

Desde el año 2020 hasta la fecha actual en 2023, la ADRES ha establecido distintas ventanas temporales para la radicación de recobros, considerando las siguientes líneas:

i) Línea de Acuerdo de Punto Final - APF: Esta línea aborda servicios y tecnologías en salud no financiadas con la Unidad de Pago por Capitación (UPC), prestados hasta el 25 de mayo de 2019. Su fundamento se encuentra en el artículo 237 de la Ley 1955 de 2019.

ii) Línea de Presupuestos Máximos - PM: A partir del 1 de marzo de 2020, se instaura esta línea para cubrir servicios y tecnologías en salud que no están financiadas mediante la UPC ni presupuestos máximos prestados. La base legal de esta línea se encuentra en el artículo 240 de la Ley 1955 de 2019 y la Resolución 575 de 2023. Esta línea incluye casos que cumplen con las características establecidas en el artículo 9 de la Resolución 1139 de 2022.

iii) Línea ordinaria o corriente: Se refiere a servicios y tecnologías en salud no financiadas con la UPC, prestados entre el 25 de mayo de 2019 y el 29 de febrero de 2020. Esta línea se rige por el artículo 245 de la Ley 1955 de 2019.

Definido lo anterior a continuación, relacionamos los paquetes por cada línea de radicación con información detalla por valores recobrados y aprobados cuyo giro de recursos aún se encuentra pendiente por efectuar.

Tabla No. 1 RECOBROS APROBADOS PENDIENTES DE GIRO DE RECURSOS.

Artículo 240 Ley 1955 de 2019 Presupuestos Máximos

PAQUETEEPSÍTEMSVALORES RECOBRADOSVALORES APROBADOS
VALORES GLOSADOS
 552$ 19.971.545.431$ 3.419.340.912$ 16.552.204.520
PM_REE_0723_02ALIANZA MEDELLÍN ANTIO EPS S.A.S-SAVIA SALUD EPS7$ 1.325.775.215$ 1.325.775.215
ASOCIACION INDIGENA DEL CAUCA - AIC EPS INDIGENA32$ 868.875.992$ 168.723.924$ 700.152.068
ASOCIACIÓN MUTUAL LA ESPERANZA DE EL TAMBO - ASMET3$ 768.274.848$ 768.274.848
COMPENSAR E.P.S.58$ 2.775.097.616$ 358.206.750$ 2.416.890.866
EMSSANAR SAS7$ 204.002.985$ 108.091.488$ 95.911.497
FAMISANAR E.P.S.41$ 3.929.379.104$ 1.962.992.221$ 1.966.386.883
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.19$ 545.748.823$ 440.307.024$ 105.441.799
SANITAS E.P.S.385$ 9.554.390.848$ 381.019.505$ 9.173.371.343
PM_REE_0823_01919$ 21.119.576.965$ 4.425.189.293$ 16.694.387.672
ALIANSALUD E.P.S6$ 988.071.937$ 988.071.937
CAJACOPI EPS-S21$ 282.917.934$ 282.917.934
COMPENSAR E.P.S.95$ 2.799.331.392$ 996.221.800$ 1.803.109.592
FAMISANAR E.P.S.33$ 884.330.533$ 315.888.152$ 568.442.381
PIJAOS SALUD EPSI144$ 9.418.247$ 9.418.247
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.14$ 2.217.373.433$ 1.485.900.116$ 731.473.317
SANITAS E.P.S.595$ 13.842.455.745$ 1.627.179.225$ 12.215.276.520
SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.O. S11$ 95.677.744$ 95.677.744

NOTAS: PM_REE_0723_02. Periodo de radicación julio de 2023_respuesta a glosa. Se informa que la certificación de cierre de paquete fue realizada el día 08 de noviembre de 2023.

PM_REE_0823_01. Periodo de radicación agosto de 2023_nuevas. Se informa que la certificación de cierre de paquete fue realizada el día 09 de noviembre de

2023.

ADRES efectuará los giros a más tardar dentro del mes siguiente a la certificación de los resultados de auditoría.

Tabla No. 2 RECOBROS APROBADOS PENDIENTES DE GIRO DE RECURSOS.
Artículo 245 Ley 1955 de 2019

PAQUETEEPSÍTEMSVALOR RECOBRADOVALOR APROBADO
CAPVI_RNG_0423ALIANSALUD E.P. S27$ 15.512.837,00$ 15.512.837,00
SAVIA SALUD EPS42$ 40.025.014,00$ 35.156.934,35
Asociación Mutual La Esperanza De El Tambo - Asmet17$ 31.556.188,00$ 28.406.800,60
ASOCIACIÓN MUTUAL SER E.S. S917$ 203.571.191,00$ 201.888.979,21
COMFENALCO VALLE E.P.S.3$ 1.234.147,00$ 1.199.002,00
COMPENSAR E.P.S.7$ 61.997.441,00$ 61.997.441,00
COOSALUD E.P.S.7$ 2.589.288,00$ 2.400.484,30
SURAMERICANA S.A. SURA64$ 99.106.036,00$ 98.806.261,12
FAMISANAR E.P.S.53$ 176.866.118,37$ 175.261.173,17
NUEVA EPS S.A.464$ 1.297.257.875,00$ 1.242.160.415,82
PIJAOS SALUD EPSI6$ 7.994.091,00$ 7.585.991,00
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.4$ 351.149,00$ 351.149,00
SANITAS E.P.S.6$ 17.643.837,00$ 17.593.817,60
SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.O. S73$ 141.593.916,00$ 141.323.920,00
CAPVI RNG 0623ALIANSALUD E.P. S3$ 1.917.679,00$ 1.511.396,00
SAVIA SALUD EPS46$ 9.807.555,00$ 9.751.879,58
Asociación Mutual La Esperanza De El Tambo - Asmet23$ 317.285.292,00$ 317.205.413,20
ASOCIACIÓN MUTUAL SER E.S. S446$ 165.476.244,00$ 165.396.324,18
Caja de Compensación Familiar C.C.F. del Oriente C1$ 227.220,00$ 227.220,00
CAPITAL SALUD EPS-S SAS5$ 2.733.306,00$ 2.733.306,00
COMPENSAR E.P.S.2.534$ 1.051.096.766,00$ 1.044.444.356,45
COOMEVA E.P.S.1$ 50.880,00$ 50.880,00
COOSALUD E.P.S.7$ 6.228.154,00$ 6.130.994,40
Emssanar SAS50$ 20.780.871,00$ 19.303.036,53
SURAMERICANA S.A. SURA232$ 240.394.581,00$ 235.135.908,35
ESS COMPARTA SALUD6$ 3.348.160,00$ 3.348.160,00
FAMISANAR E.P.S.457$ 1.254.068.323,87$ 1.248.033.628,44
NUEVA EPS S.A.51$ 52.899.965,00$ 52.899.965,00
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.42$ 16.187.733,00$ 15.965.133,00
SANITAS E.P.S.24$ 5.675.608,00$ 4.667.400,40
SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.O. S108$ 93.400.537,00$ 88.625.465,00
CAPVI RNG SP2019 20SAVIA SALUD EPS21$ 30.214.356,00$ 29.873.485,20
CAPITAL SALUD EPSS S.A.S1$ 385.800,00$ 385.800,00
CAPITAL SALUD EPS-S SAS1$ 1.482.320,00$ 1.482.320,00
COMPENSAR E.P.S.11$ 2.604.060,00$ 2.604.060,00
COOMEVA E.P.S.25$ 6.666.706,90$ 6.599.323,40
SURAMERICANA S.A. SURA103$ 33.176.419,00$ 32.998.009,80
FAMISANAR E.P.S.5$ 16.812.114,00$ 4.285.566,00
NUEVA EPS S.A.35$ 88.923.273,00$ 88.898.462,90
PIJAOS SALUD EPSI1$ 11.911.450,00$ 11.911.448,75

NOTA: El Grupo Interno de Gestión de Reconocimientos de la Dirección de Otras Prestaciones estima que el giro de los recursos de los recobros aprobados con ocasión del artículo 245 de la Ley 1955 de 2019 será efectuado en diciembre de 2023.

Tabla No. 3 RECOBROS APROBADOS PENDIENTES DE GIRO DE RECURSOS.
Artículo 237 Ley 1955 de 2019 APF - Procesos Judiciales

PAQUETEEPSÍTEMSVALOR RECOBRADOVALOR APROBADO
APF_PJ_0122 Procesos judicialesALIANSALUD E.P.S3.990$ 992.576.761,00$ 982.315.722,17
CAFESALUD E.P.S.1.459$ 2.269.234.597,00$ 2.184.604.077,40
COOMEVA E.P.S.9.088$ 3.056.853.399,17$ 2.972.504.449,24
CRUZ BLANCA E.P.S.3.346$ 1.338.448.207,00$ 1.318.442.010,09
E.P.S. SALUDCOOP11.202$ 4.305.609.622,00$ 4.281.247.505,93
NUEVA EPS S.A.46$ 3.034.294,00$ 2.964.175,00
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.3$ 5.641.064,00$ 5.641.064,00
APF PJ 0221 Procesos judicialesCOOMEVA E.P.S.4.541$ 7.616.289.307,90$ 7.105.964.350,76
NUEVA EPS S.A.615$ 126.421.566,00$ 122.699.899,84
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.355$ 78.670.867,40$ 76.914.836,80
SANITAS E.P.S.20.481$ 6.638.854.007,52$ 6.557.595.034,93
APF_PJ_0422 Procesos judicialesALIANSALUD E.P.S4.130$ 3.762.203.901,00$ 3.678.680.842,54
CAFESALUD E.P.S.402$ 69.443.795,00$ 68.021.725,00
COMFENALCO VALLE E.P.S.24$ 169.093.731,00$ 169.063.727,31
COMPENSAR E.P.S.402$ 3.663.402.594,00$ 3.641.180.082,64
CRUZ BLANCA E.P.S.776$ 2.415.013.132,00$ 2.337.013.033,26
E.P.S. SALUDCOOP755$ 490.698.863,00$ 414.869.028,00
FAMISANAR E.P.S.35.290$ 8.794.237.624,90$ 8.484.364.772,59
NUEVA EPS S.A.679$ 522.578.257,00$ 514.141.154,08
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.4.693$ 1.430.705.696,00$ 1.407.021.899,02
APF_PJ_0521 Procesos judicialesCOOMEVA E.P.S.22.741$ 8.958.600.175,27$ 8.614.296.329,41
CRUZ BLANCA E.P.S.242$ 317.743.373,00$ 315.737.420,49
NUEVA EPS S.A.3.633$ 1.116.446.380,00$ 1.102.572.796,38
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.1.285$ 994.436.935,00$ 934.362.336,82
SANITAS E.P.S.8.518$ 2.721.522.978,09$ 2.682.045.659,28
APF PJ 0522 Procesos judicialesALIANSALUD E.P.S727$ 1.064.708.144,00$ 995.941.076,86
CAFESALUD E.P.S.1.327$ 177.793.849,00$ 169.604.511,29
COMFENALCO VALLE E.P.S.279$ 422.089.203,00$ 421.477.749,35
COMPENSAR E.P.S.4.878$ 6.169.411.288,00$ 6.147.616.119,72
COOMEVA E.P.S.6.118$ 9.260.122.587,44$ 8.839.079.530,42
CRUZ BLANCA E.P.S.2.553$ 3.053.323.947,00$ 2.821.584.805,01
E.P.S. SALUDCOOP985$ 1.778.445.543,00$ 1.736.862.715,05
FAMISANAR E.P.S.10.840$ 6.400.903.750,55$ 6.157.917.853,06
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.7$ 1.810.370,00$ 1.751.540,50
SANITAS E.P.S.4.866$ 7.968.670.097,47$ 7.762.719.964,20
APF_PJ_0820 Procesos judicialesCOOMEVA E.P.S.1.250$ 2.831.739.060,98$ 2.656.515.863,51
NUEVA EPS S.A.10.578$ 13.196.381.643,00$ 13.133.844.332,11
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.6.993$ 3.427.909.538,03$ 3.408.768.986,41
SANITAS E.P.S.1.592$ 2.144.809.751,10$ 2.139.454.218,78
APF PJ 0821-0921 Procesos judicialesALIANSALUD E.P.S1.353$ 2.141.792.184,00$ 2.117.674.935,14
COOMEVA E.P.S.14.573$ 3.706.386.358,20$ 3.592.404.011,21
CRUZ BLANCA E.P.S.768$ 580.204.764,00$ 573.357.117,70
E.P.S. SALUDCOOP1.388$ 395.841.685,00$ 392.355.947,17
NUEVA EPS S.A.781$ 592.387.396,00$ 585.227.411,67
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.427$ 276.612.456,00$ 263.094.126,94
APF_PJ_1020-1220
Procesos judiciales
ALIANSALUD E.P.S190$ 57.670.993,00$ 57.357.053,38
COOMEVA E.P.S.28.996$ 39.560.416.328,50$ 38.799.196.383,76
NUEVA EPS S.A.8.176$ 4.351.120.028,78$ 4.327.687.374,96
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.7.350$ 6.464.842.662,39$ 6.328.140.833,34
SANITAS E.P.S.23.269$ 14.383.776.947,27$ 14.314.361.667,69
APF PJ 1121 Procesos judicialesALIANSALUD E.P.S3.758$ 2.921.016.935,00$ 2.852.154.043,21
CAFESALUD E.P.S.2.150$ 1.297.671.758,00$ 1.173.715.882,45
COOMEVA E.P.S.40.781$ 25.475.150.465,99$ 24.516.744.738,63
CRUZ BLANCA E.P.S.1.047$ 866.437.259,00$ 739.682.533,53
E.P.S. SALUDCOOP4.427$ 2.399.404.139,00$ 2.373.173.452,16
FAMISANAR E.P.S.404$ 471.055.668,60$ 470.719.529,46
APF_PJ_RNG_0722 Procesos judiciales ReingresosALIANSALUD E.P. S8.067$ 5.233.412.998,00$ 5.140.437.721,98
ATEB SOLUCIONES EMPRESARIALES S.A.S466$ 686.370.391,00$ 569.286.964,88
COMFENALCO VALLE E.P.S.16$ 289.494.021,00$ 285.408.452,00
COMPENSAR E.P.S.184$ 1.304.820.245,00$ 1.266.354.205,28
COOMEVA E.P.S.3.981$ 4.379.525.047,06$ 3.881.197.160,56
E.P.S. SALUDCOOP1.497$ 854.720.760,00$ 838.854.777,78
FAMISANAR E.P.S.3.709$ 1.534.964.834,93$ 1.431.069.839,42
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.2.076$ 2.364.591.671,66$ 2.193.851.383,17
APF PJ RNG 1022 Procesos judiciales ReingresosALIANSALUD E.P. S663$ 347.927.285,00$ 322.255.189,80
ATEB SOLUCIONES EMPRESARIALES S.A.S719$ 744.113.961,00$ 617.261.391,16
COMFENALCO VALLE E.P.S.34$ 98.568.803,00$ 95.823.339,00
COMPENSAR E.P.S.248$ 1.271.539.158,00$ 1.266.455.683,84
COOMEVA E.P.S.3.603$ 1.915.154.720,28$ 1.809.240.336,04
E.P.S. SALUDCOOP320$ 512.795.718,00$ 500.494.440,38
FAMISANAR E.P.S.1.397$ 709.413.846,67$ 646.540.879,92
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.256$ 103.858.603,00$ 65.975.618,60
SANITAS E.P.S.15.735$ 6.183.928.062,54$ 6.077.303.128,16

NOTA: El giro de los recursos para estos recobros aprobados con ocasión del artículo 237 de la Ley 1955 de 2019 está supeditado a la suscripción de contratos de transacción.

Tabla No. 4 RECOBROS APROBADOS PENDIENTES DE GIRO DE RECURSOS.
Artículo 237 Ley 1955 de 2019 APF - Reingresos

Entidad recobranteítemsValor recobradoValor aprobado
A.R.S. CONVIDA203889.694.555,00-
ALIANSALUD E.P.S2102117.017.182.765,001.829.596.885,81
SAVIA SALUD2556.820.863,00235.385,00
Asmet E.S.S.3911.195.800.340,00218.836.973,42
ASOCIACIÓN MUTUAL SER E.S.S1681.269.805.706,00534.219.118,00
ATEB SOLUCIONES EMPRESARIALES S.A.S2009221.627.480.090,002.712.412.317,63
CAFESALUD E.P.S.11121.228.306.294,00444.004.479,66
CAPITAL SALUD20732.901.204.861,00196.702.707,20
COMFENALCO VALLE E.P.S.16214723.140.852,0072.174.585,00
COMPENSAR E.P.S.2370115.145.931.488,005.035.533.521,32
COOMEVA E.P.S.6667056.781.458.967,4114.753.702.851,41
COOSALUD E.P.S.341513.816.336,0075.962.076,50
CRUZ BLANCA E.P.S.25222.810.952.194,001.088.356.287,45
E.P.S. SALUDCOOP15801.413.101.394,00361.023.069,66
ECOOPSOS604370.765.144,84-
Entidad recobranteítemsValor recobradoValor aprobado
Emssanar SAS10482.285.832.166,00142.236.496,09
EPS SURA3962643.604.303.441,2710.163.594.255,62
ESS COMPARTA SALUD7001.190.139.442,00376.523.851,40
FAMISANAR E.P.S.12818056.455.800.647,071.992.565.225,96
FERRONALES6657.594.872,0040.407.728,00
MEDIMAS EPS(S.A.S)3105831.658.266.965,002.025.495.849,86
NUEVA EPS4835544.698.880.447,6618.653.833.136,87
PIJAOS SALUD EPSI92151.108.591,36101.972.442,96
SALUD TOTAL S.A. E.P.S.5426435.980.848.823,415.197.977.115,98
SANITAS E.P.S.6548281.523.569.772,4929.387.600.907,76
SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.O.S5048356.178.838.548,005.914.345.793,84
Total general576071477.730.645.566,51101.319.313.062,40

NOTA: El giro de los recursos para estos recobros aprobados con ocasión del artículo 237 de la Ley 1955 de 2019 está supeditado a la suscripción de contratos de transacción y otro sí de cierre, los cuales serán enviados a las EPS finalizando el mes de noviembre de 2023.

2. Igualmente sírvase informar las razones por la cual no se han cancelado los recobros aprobados.

Es necesario precisar que el reconocimiento de recursos por concepto del saneamiento definitivo que trata el artículo 237 de la Ley 1955 de 2019 y de acreencias de servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la UPC establecido en el artículo 245 de la Ley 1955 de 2019 están supeditados, por una parte, a la suscripción de contratos de transacción (artículo 237 de la Ley 1955 de 2019) y, por la otra, a la suscripción de acuerdos de pago (artículo 245 de la Ley 1955 de 2019).

Lo anterior, con el ánimo de establecer los recursos que serán reconocidos a las entidades recobrantes y, así, la ADRES pueda emitir el o los actos administrativos que indiquen y consoliden los valores que serán reconocidos, por cada uno de los mecanismos, para que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público los constituya como deuda pública y los transfiera a la ADRES para que esta efectúe el giro a las entidades beneficiarias.

No obstante, para la constitución de los recursos a reconocer como deuda pública, se requiere que el Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) haya autorizado la cantidad de recursos suficientes para atender el saneamiento que describe los artículos 237 y 245 de la Ley 1955 de 2019.

En ese sentido, desde la sesión del 28 de marzo de 2023, el CONFIS autorizó recursos hasta por valor de $356.340.172.567 con cargo al servicio de deuda del Presupuesto General de la Nación de la vigencia, con el fin de atender el pago de servicios y tecnologías en salud no financiados con la UPC que resulten aprobados en el marco del saneamiento descrito en los artículos 237 y 245 de la Ley 1955 de 2019. Sin embargo, con la expedición de la Ley 2294 de 2023 «POR EL CUAL SE EXPIDE EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2022- 2026 “COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA”.», el Ministerio de Hacienda y Crédito Público informó a la ADRES, mediante radicado del MHCP No 2-2023-051512 del 28 de septiembre de 2023, la imposibilidad de ejecutar los recursos autorizados por el CONFIS en sesión del 28 de marzo de 2023, dado los aspectos normativos que estableció el artículo 153 de la Ley 2294 de 2023.

De acuerdo con lo anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público informó a la ADRES, mediante radicado MHCP No 2-2023-057444 del 31 de octubre de 2023, que en sesión del 24 de octubre de 2023, el Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) autorizó, en virtud de lo dispuesto en el artículo 153 de la Ley 2294 de 2023, los recursos de hasta por valor de $356.340.172.567 con cargo al servicio de deuda del Presupuesto General de la Nación de la vigencia, con el fin de atender el pago de lo establecido en los numerales 1 y 2 del Artículo 153 de la mencionada Ley.

Por lo anterior, esta Administradora se encuentra adelantado las gestiones administrativas, conforme a la autorización que emitió el CONFIS, para el reconocimiento y giro de recursos a las entidades recobrantes por concepto de servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la UPC que hacen parte de los mecanismos establecidos en los artículos 237 y 245 de la Ley 1955 de 2019.

Respecto a cada mecanismo y la fecha probable de reconocimiento precisamos que:

- Art. 237 de la Ley 1955 de 2019:

En relación con la línea de radicación de recobros conforme al artículo 237 de la Ley 1955 de 2019, el reconocimiento de estos recobros se rige por la política de saneamiento del Acuerdo de Punto Final, establecida en el mismo artículo de la ley mencionada. Hasta la fecha, la base de datos refleja un valor aprobado de $1.144.688.232.525,28, de los cuales el 30,4% está pendiente de reconocimiento, ascendiendo a $348.171.573.816,02. Es importante destacar que este reconocimiento está condicionado a la suscripción de los contratos de transacción con las entidades recobrantes.

Cabe señalar que, del total pendiente, el 71% ($246.852.260.753,62) corresponde a recobros inmersos en procesos judiciales, los cuales algunos no se han notificado a la Entidad y otros se está realizando la gestión de conciliar la información que se encuentra en el proceso judicial con la información que radicaron las entidades recobrantes en el Acuerdo de Punto Final.

- Art. 240 de la Ley 1955 de 2019

Se estima que en diciembre de 2023 sea efectuado el giro de los recursos.

- Art. 245 de la Ley 1955 de 2019

Se estima que el giro de los recursos se gestione en el mes de diciembre de 2023.

En los anteriores términos, se da respuesta al requerimiento de la referencia, quedando atentos a suministrar cualquier información adicional que se requiera sobre el particular.

Cordialmente,

FÉLIX LEÓN MARTÍNEZ MARTÍN

Director General ADRES

×
Volver arriba