NOTA EXTERNA 4024 DE 2012
(octubre 1o)
Diario Oficial No. 48.571 de 2 de octubre de 2012
MINISTERIO DE SALUD Y DE PROTECCIÓN SOCIAL
21960
Para: | Entidades Promotoras de Salud y demás entidades obligadas a compensar y administrador fiduciario del Fosyga |
De: | Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social Oficina de la Tecnología de la Información y Comunicación |
Asunto: | Aplicación del artículo 2o de la Resolución 609 de 2012, para el procesamiento de información de conciliación de recursos cuentas maestras y del proceso de giro y compensación de que trata el Decreto 4023 de 2011, que modifica la Nota Externa 1316 del 26 de marzo de 2012. |
Fecha: | 1o de octubre de 2012 |
En virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 4023 de 2011 y el artículo 2o de la Resolución 609 de 2012, a continuación se señalan las estructuras de datos para el envío de información de la conciliación de recursos y el proceso de Giro y Compensación.
Lo anterior deberá ser adoptado por las EPS-EOC y Administrador Fiduciario a partir del 1o de noviembre de 2012 bajo los siguientes parámetros:
La información en medio magnético debe cumplir con las siguientes especificaciones:
1. Características de los archivos
-- Archivos en formato ASCII delimitados por comas.
-- Los campos de tipo fecha deben tener el formato (dd/mm/aaaa) por ejemplo, el 1o de mayo de 2012 quedará 01/05/2012. Para el caso de los nombres de los archivos que contienen fechas no debe contener slash (/).
-- Los valores numéricos deben generarse sin ningún tipo de máscara. (Sin separación de miles y no deben contener decimales).
-- Los datos alfabéticos deben ser enviados en mayúsculas.
-- Cuando el dato no lleve valor (blanco), se debe incluir el campo separado por comas (,,).
-- Ningún dato en los campos debe venir encerrado entre comillas (“”), ni ningún otro carácter especial.
-- Las longitudes contenidas en los cuadros de este anexo técnico, se deben entender como el tamaño máximo permitido para el campo.
-- Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con cero ni espacios, especialmente en los campos número de identificación, apellidos y nombres.
2. Estructuras de datos
2.1. Estructura de datos para habilitar o saldar cuentas maestras de recaudo y pagos de las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social
Nombre del archivo: CUENTASCODENTIDADDDMMAAA.TXT
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
1 | Código de la EPS | Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC. | 6 | Caracter |
2 | Tipo de movimiento | 1 = Habilitar 2 = Saldar | 1 | Numérico |
3 | Destinación de la cuenta | 1 = Cuenta Maestra de recaudo de cotizaciones en salud 2 = Cuenta Maestra de recaudo de cotizaciones en salud (SGP) 3 = Cuenta Maestra de Pagos | 1 | Numérico |
4 | Tipo de cuenta | 1 = Corriente 2 = Ahorros | 1 | Numérico |
5 | Número de cuenta | Número de cuenta asignado por el banco o entidad financiera a las cuentas destinadas para el recaudo de las cotizaciones del SGSSS. | 20 | Caracter |
6 | Código entidad bancaria | Es el código de la entidad bancaria, asignado por la Superintendencia Bancaria que incluye el código de la sucursal. | 10 | Caracter |
7 | Código departamento | Código del departamento (según DANE) donde se encuentra registrada la cuenta. | 2 | Caracter |
8 | Código Municipio | Código del municipio (según DANE) donde se encuentra registrada la cuenta. | 3 | Caracter |
9 | Nombre denominación | La denominación de la cuenta a utilizar será: CMRC Recaudo Fosyga - Nombre de la EPS abreviado CMRC Recaudo SGP - Nombre de la EPS abreviado Cuenta Maestra de Pagos - Nombre de la EPS-EOC | 255 | Caracter |
Nota:
1. Cierre de cuentas de recaudo Decreto 2280 de 2004
a) Para el cierre de las cuentas de recaudo se deberá diligencia el Formato F1 adoptado mediante Resolución 3364 de 2004;
b) Adicionalmente se debe anexar la certificación de la entidad financiera en que se señale que la cuenta tiene saldo cero;
c) Para el caso del cierre del punto de recaudo directo autorizado por el Ministerio de Salud y Protección Social y las cuentas de recaudo de cotizaciones en el marco del Decreto 2280 de 2004, se debe anexar certificación del Representante Legal y el Revisor Fiscal de la EPS-EOC, donde se relacione los puntos de recaudo directo cerrados y certifique el traslado de los recursos;
d) Las EPS-EOC deberán girar a cada una de las Subcuentas del Fosyga los recursos de que trata el artículo 7o del Decreto 4023 de 2011 a más tardar el 10 de agosto de 2012.
2. Apertura y Cierre de cuentas de recaudo Decreto 4023 de 2011
a) Para los casos en que se habiliten las cuentas maestras de recaudo de cotizaciones se debe anexar certificación de la entidad financiera y copia del convenio suscrito con la entidad financiera;
b) Para los casos en que se saldan las cuentas de recaudo se debe anexar la certificación de la entidad financiera en que se señale que la cuenta tiene saldo cero;
c) Por cada cuenta la EPS-EOC debe registrar la información en la estructura de datos y reportarla al Administrador Fiduciario del Fosyga;
d) El administrador fiduciario de los recursos del Fosyga entregará el resultado de cierre o apertura de las cuentas, en un término de dos (2) días a partir de la presentación de la solicitud por parte de la EPS;
e) Desde el momento de la apertura y entrada en operación de las cuentas maestras de recaudo, las novedades a las mismas deberán ser presentadas por la EPS-EOC ante el administrador de los recursos del Fosyga únicamente durante los primeros diez (10) días de cada mes.
2.2. Estructura de datos archivo de afiliados cotizantes (Archivo ACX)
Nombre del archivo:
Proceso | Nombre del archivo | |||
Compensación 2280 - 2004 | 1ACXCODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Corrección 2280 - 2004 | 2ACXCODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Corrección 4023 - 2011 | 3ACXCODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Prestaciones Económicas | 4ACXCODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
1 | Código de la EPS | Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC. | 6 | Caracter |
2 | Número consecutivo Interno declaración EPS - EOC | Número consecutivo interno de la EPS o EOC que le asigna a la declaración de Giro y Compensación a la que pertenece el anexo, para los procesos en el marco del Decreto 2280. Para los procesos en el marco del Decreto 4023 el Fosyga asignará estos consecutivos para cada entidad. | 10 | Numérico |
3 | Fecha del Proceso de Giro y Compensación | Especifica la fecha en que el Fosyga efectúa el proceso de Compensación. (dd/mm/aaaa). | 10 | Caracter |
4 | Periodo a compensar | Corresponde al mes del año que se va a compensar: (mm/aaaa). | 7 | Caracter |
5 | Tipo de Documento del cotizante | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Caracter |
6 | Número documento del cotizante | Número de documento | 16 | Caracter |
7 | Primer apellido | Primer apellido del afiliado | 20 | Caracter |
8 | Segundo apellido | Segundo apellido del afiliado | 30 | Caracter |
9 | Primer nombre | Primer nombre del afiliado | 20 | Caracter |
10 | Segundo nombre | Segundo nombre del afiliado | 30 | Caracter |
11 | Fecha de nacimiento | En formato (dd/mm/aaaa) | 10 | Caracter |
12 | Sexo | M = Masculino F = Femenino | 1 | Caracter |
13 | Departamento de residencia | Según DANE | 2 | Caracter |
14 | Municipio de residencia | Según DANE | 3 | Caracter |
15 | Fecha de afiliación a la EPS - EOC | En formato (dd/mm/aaaa) | 10 | Caracter |
16 | Tipo de Cotizante | Corresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Numérico |
17 | Tipo de Documento del aportante | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Caracter |
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
18 | Numero documento del aportante | Número de documento | 20 | Caracter |
19 | Ingreso básico mensual | Ingreso que constituye de manera permanente el ingreso mensual conforme con el tipo de cotizante. | 15 | Numérico |
20 | Ingreso base de cotización | Es el dato reportado en la planilla de autoliquidación de aportes. Sin decimales y de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente. | 15 | Numérico |
21 | Total días cotizados 12.5% | Igual o menor a 30 y son los reportados por cada aportante y período. Se reportan cotizaciones por el 12%, 12.5%, Ley 1429 de 2010 y Ley Empleo de Emergencia. | 2 | Numérico |
22 | Total días cotizados 8.5% | Igual o menor a 30 y son los reportados por cada aportante y período. Se reportan cotizaciones Madres Comunitarias y Cotizaciones durante el periodo de huelga o suspensión temporal del contrato de trabajo. | 2 | Numérico |
23 | Fecha de la consignación de los aportes | Debe corresponder a la fecha de consignación de aportes. (dd/mm/aaaa). | 10 | Caracter |
24 | Total días compensados | Corresponden en proporción a los días cotizados sin que supere los 30 días de reconocimiento. | 2 | Numérico |
25 | Valor de la cotización | Corresponde al valor de la cotización del período. | 15 | Numérico |
26 | Código del Operador de Información | Identificación del Operador de Información. | 2 | Numérico |
27 | Número de Planilla de Liquidación | Número de la planilla de liquidación de aportes. | 15 | Numérico |
28 | Incapacidad deducida en autoliquidación | 1 = Para el caso en el cual se reconozca la incapacidad por enfermedad general, a través de la autoliquidación 2 = Para el caso que corresponda a un reajuste en el reconocimiento de la incapacidad por enfermedad general, deducida en autoliquidación. Si este campo no es diligenciado, tampoco se deberá diligenciar el campo número 29. | 1 | Caracter |
29 | Valor IEG deducida en Autoliquidación | Valor de las incapacidades por enfermedad general deducidas en autoliquidación a la EPS o EOC, o el valor del ajuste por cambios en el ingreso base de cotización, sobre el cual se liquida la incapacidad. Si el campo número 28 no es diligenciado, tampoco se deberá diligenciar este campo. | 15 | Numérico |
30 | Incapacidad pagada por la EPS o EOC | 1 = Para el caso en el cual se reconozca la incapacidad por enfermedad general, pagada por la EPS o EOC. 2 = Para el caso que corresponda a un reajuste en el reconocimiento de la incapacidad por enfermedad general, pagada por la EPS o EOC. Si este campo no es diligenciado, tampoco se deberá diligenciar el campo número 31. | 1 | Caracter |
31 | Valor IEG pagada por la EPS o EOC | Valor de las incapacidades por enfermedad general pagadas por la EPS o EOC, o el valor del ajuste por cambios en el ingreso base de cotización, sobre el cual se liquida la incapacidad. Si el campo número 30 no es diligenciado, tampoco se deberá diligenciar este campo. | 15 | Numérico |
32 | Número autorización incapacidad | Número interno de la EPS o EOC para autorizar la incapacidad reportada. En el caso en que el registro no esté siendo usado para informar una incapacidad deducida (Campo número 28) o Pagada (Campo número 30) este campo no se diligenciará. | 15 | Caracter |
33 | Fecha_inicio_incapacidad | Fecha de inicio (dd/mm/aaaa) de la incapacidad que se está reportando. En el caso en que el campo número 28 o el campo número 30, no se hayan diligenciado, este campo no se deberá diligenciar. | 10 | Caracter |
34 | Fecha de terminación de la incapacidad | Fecha de terminación (dd/mm/aaaa) de la incapacidad que se está reportando. En el caso en que el campo número 28 o el campo número 30, no se hayan diligenciado, este campo no se deberá diligenciar. | 10 | Caracter |
35 | Días pagados incapacidad | Días pagados por la incapacidad al afiliado cotizante en el período de la declaración que se está presentando. En el caso en que el campo número 28 o el campo número 30, no se hayan diligenciado, este campo no se deberá diligenciar. | 2 | Numérico |
36 | Licencia deducida en autoliquidación | 1 = Para el caso en el cual se reconozca la licencia, a través de la autoliquidación. 2 = Para el caso que corresponda a un reajuste en el reconocimiento de licencia, deducida en autoliquidación. Si este campo no es diligenciado, tampoco se deberá diligenciar el campo número 37. | 1 | Caracter |
37 | Valor licencia deducida en autoliquidación | Valor de las licencias deducidas en autoliquidación a la EPS o EOC, o el valor del ajuste por cambios en el ingreso base de cotización, sobre el cual se liquida la licencia. Si el campo número 36 no es diligenciado, tampoco se deberá diligenciar este campo. | 15 | Numérico |
38 | Licencia pagada por la EPS - EOC | 1 = Para el caso en el cual se reconozca la licencia, pagada por la EPS o EOC. 2 = Para el caso que corresponda a un reajuste en el reconocimiento de licencia, pagada por la EPS o EOC. Si este campo no es diligenciado, tampoco se deberá diligenciar el campo número 39. | 1 | Caracter |
39 | Valor licencia pagada por la EPS o EOC | Valor de las licencias cobradas a la EPS o EOC, o el valor del ajuste por cambios en el ingreso base de cotización, sobre el cual se liquida la licencia. Si el campo número 38 no es diligenciado, tampoco se deberá diligenciar este campo. | 15 | Numérico |
40 | Tipo de licencia | 1 = Maternidad 2 = Parto no Viable 3 = Paternidad 4 = Parto Prematuro 5 = Nacimiento Múltiple 6 = Parto Prematuro y nacimiento múltiple 7 = Proporcional (Acuerdo 414 de 2009) 8 = Proporcional (Acuerdo 414 de 2009) y parto prematuro 9 = Proporcional (Acuerdo 414 de 2009), parto prematuro y nacimiento múltiple. 10=Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011)11 = Proporcional (Acuerdo 414 de 2009) y nacimiento múltiple En el caso en que los campos 36 al 39, no se hayan diligenciado, este campo no se deberá diligenciar. | 1 | Numérico |
41 | Número autorización licencia | Número interno de la EPS o EOC para autorizar la licencia reportada. En el caso de que el registro no esté siendo usado para informar una licencia deducida en autoliquidación (Campo No 36) o Pagada (Campo No 38) este campo no se diligenciará. | 15 | Caracter |
42 | Fecha Inicio Licencia | Fecha de iniciación licencia (dd/mm/aaaa) | 10 | Caracter |
43 | Fecha Terminación de la Licencia | Fecha de terminación (dd/mm/aaaa) | 10 | Caracter |
44 | Días pagados | Días pagados por la licencia | 3 | Numérico |
45 | Fecha de consignación Saldos no Compensados | Corresponde a la fecha en que se giraron los saldos no compensados por las EPS o EOC al Fosyga. | 10 | Caracter |
46 | Consecutivo interno EPS para identificar la consignación | Se refiere al consecutivo registrado en el anexo técnico para reportar el giro de los saldos no compensados al Fosyga. | 10 | Numérico |
47 | Tipo de Legalización | Corresponde al tipo de legalización:1 = SNC1 2 = SNC2 3 = GLOSADOS | 1 | Numérico |
48 | Número de Radicación Asignado por el Administrador Fiduciario a la consignación en que se giró el dinero. | Corresponde al número de radicación que el administrador fiduciario asignó a la declaración de giro y compensación que fue presentada por la EPS o EOC en el momento de girar los saldos no compensados del proceso al Fosyga. | 10 | Caracter |
49 | Número de registro | Corresponde al número de registro o línea en la cual fue enviado el cotizante previamente glosado en el archivo de cotizantes. Este campo se debe diligenciar, únicamente cuando se está informando que el cotizante del registro, fue glosado previamente y que se está enviando de nuevo al proceso de compensación. | 15 | Numérico |
50 | Fecha de compensación | Para el caso en que el proceso sea de corrección se debe diligenciar la fecha del proceso de giro y compensación en el cual se compensó el cotizante a corregir. (dd/mm/aaaa) | 10 | Caracter |
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
51 | Número de Radicación en que se realizó la compensación. | Para el caso en que el proceso sea de corrección se debe diligenciar este campo. Corresponde al número de radicación que se asigna a la declaración de giro y compensación en que fue compensado el cotizante a corregir. | 10 | Caracter |
52 | Días de Gestación | Campo obligatorio si el campo 40 se diligencia con tipo 7, 8, 9 En este campo y en aplicación del Acuerdo 414 de 2009 se deberá registrar el número de los días de gestación. | 3 | Numérico |
53 | Días para nacimientos de niños prematuros | Campo obligatorio si el campo 40 se diligencia con tipo 4, 6, 8, 9 En este campo y en aplicación del numeral 5 del artículo 1o de la Ley 1468 de 2011 se deberá registrar la diferencia en días entre la fecha gestacional y el nacimiento a término. | 3 | Numérico |
54 | Fecha Gestacional | Campo Obligatorio si el campo 40 se diligencia con tipo 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11. Fecha de iniciación licencia (dd/mm/aaaa) Corresponde a la fecha del parto. En el caso de un parto no viable, esta fecha se homologa a la fecha de este evento. | 10 | Caracter |
55 | Fecha de nacimiento a término | Campo obligatorio si el campo 40 se diligencia con tipo 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11. Fecha de iniciación licencia (dd/mm/aaaa) Corresponde a la fecha probable del parto según el dictamen médico. | 10 | Caracter |
56 | Tipo de Documento de la madre cotizante fallecida | Corresponde al tipo de documento del cotizante principal establecido en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Este campo es obligatorio si en el campo 40 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011). Deberá registrase el tipo de identificación de la madre cotizante fallecida. | 2 | Caracter |
57 | Número de Documento de la madre cotizante fallecida | Este campo es obligatorio si en el campo 40 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011). Deberá registrase el número de identificación de la madre cotizante fallecida. | 16 | Caracter |
58 | Número autorización licencia para el caso de la madre cotizante fallecida | Número interno de la EPS o EOC de autorización de la licencia. Deberá registrase el número de autorización de la licencia reconocida, asociada a la madre cotizante fallecida. Este campo es obligatorio si en el campo 40 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011). | 15 | Caracter |
59 | Días faltantes de licencia madre fallecida | Tiempo que falta para expirar el periodo de la licencia posterior al parto concedida a la madre. Este campo es obligatorio si en el campo 40 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011). | 3 | Numérico |
60 | Registro Compensado | Corresponde a la marcación de aprobación de compensación del registro. Para garantizar la trazabilidad se mantendrá la marcación (2 = No) hasta la aprobación de la compensación del registro. 1 = Sí 2 = No 3 = Prestación Económica Aprobada 4 = Prestación Económica No Aprobada. | 1 | Numérico |
61 | Tipo de inconsistencia | Marcación del registro no compensado por no coincidencia de información 1 = Inconsistencia información PILA 2 = Inconsistencia información BDUA 3 = Inconsistencia prestación económica. | 2 | Numérico |
62 | Código de glosas para registros con inconsistencia | De acuerdo con la codificación definida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Corresponderá a 6 caracteres por glosa. En caso de existir más de una glosa en el mismo registro se separará con un delimitador diferente a los de los campos establecidos para la estructura del archivo ACX. | 60 | Alfanumérico |
63 | Grupo de Edad | Corresponde al código de grupo de Edad del afiliado compensado según el acto administrativo que defina esta estructura. | 2 | Numérico |
64 | Zona Geográfica | Corresponde a la zona en que se ubica el afiliado compensado, según el acto administrativo que defina estructura.1 = Zona Normal 2 = Zona Especial 3 = Zona Grandes ciudades y municipios Conurbados. | 2 | Numérico |
65 | UPC Reconocida | Valor de la UPC aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC | 7 | Numérico |
66 | Provisión de Incapacidades | Valor de la provisión de incapacidades por enfermedad general aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC. | 6 | Numérico |
67 | Valor Fondo Promoción y Prevención | Valor destinado para el fondo de promoción y prevención aprobado por el Fosyga para el registro compensado. | 6 | Numérico |
68 | Valor UPC Promoción y Prevención | Valor de la UPC por promoción y prevención aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC. | 6 | Numérico |
69 | Valor de Cotización Subcuenta de Solidaridad | Valor que corresponde al porcentaje de la cotización que se destina a la Subcuenta de Solidaridad. | 6 | Numérico |
70 | Serial de Compensación | Corresponde al número asignado por el Fosyga al registro compensado y no compensado | 15 | Numérico |
71 | Salario Variable | Campo Obligatorio 1 = Fijo 2 = Variable | 1 | Numérico |
72 | Consecutivo Malla validadora | Corresponde al número que la malla validadora asigna automáticamente a los archivos presentados en el marco del Decreto 2280 de 2011. | 15 | Numérico |
73 | Serial BDUA | Serial asignado en BDUA al cotizante. | 16 | Numérico |
74 | Serial HA | Serial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes. | 16 | Alfanumérico |
Nota:
a) Compensación Decreto 2280 de 2004
EPS-EOC: La compensación en el marco del Decreto 2280 de 2004, la EPS-EOC deberá enviar la información de acuerdo con la estructura de datos anterior a excepción de los campos 28 al 44, y 52 al 71, 73 y 74, los cuales deben generarse como campo vacío.
Fosyga: El Fosyga entregará los resultados de la compensación de acuerdo con la estructura de datos anterior a excepción de los campos 28 al 44, 52 al 71, 73 y 74, los cuales deben generarse como campo vacío.
b) Prestaciones económicas
EPS-EOC: Para la presentación de las prestaciones económicas en la compensación, la EPS-EOC enviará la información de acuerdo con la estructura de datos anterior a excepción de los campos 21 al 27, 45 al 48, 50, 60 al 70, 73 al 74, los cuales deben generarse como campo vacío.
Para los casos en que la EPS-EOC deba presentar una corrección de licencia de maternidad o paternidad, deberá diligenciar el campo 51.
Fosyga: El Fosyga entregará los resultados de la compensación de acuerdo con la estructura de datos anterior a excepción de los campos 21 al 27, 45 al 51, 63 al 70, 72 al 74, los cuales deben generarse como campo vacío.
c) Compensación Decreto 4023 de 2011
Fosyga: El Fosyga entregará los resultados de la compensación de acuerdo con la estructura de datos anterior a excepción de los campos 28 al 44 y 52 al 59 y 71, los cuales deben generarse como campo vacío.
d) Compensación Recursos SGP
La siguiente instrucción aplica únicamente para las cotizaciones que fueron recaudadas antes de la cuenta maestra de recaudo de SGP, que actualmente se encuentran como saldos no compensados SNC en el Fosyga y cuyo complemento de la cotización (4% u 8.5%) es recaudado en la cuenta maestra de recaudo de SGP de la EPS-EOC.
EPS-EOC: El complemento de la cotización (4% u 8.5%) recaudado en la cuenta maestra de recaudo de SGP deberá trasladarse por la EPS-EOC al Fosyga como SNC. Ubicados ambos recursos como SNC en el Fosyga, la EPS-EOC procederá a la compensación de dichos recursos en el marco del Decreto 2280 de 2004.
Este procedimiento aplica como medida de transición para las cotizaciones mencionadas anteriormente hasta el 31 de octubre de 2012.
e) Cotizaciones no compensadas
A las cotizaciones que por Saldos No Compensados y registros registrados en el Fosyga, se les aplicará los siguientes criterios:
-- De acuerdo con el parágrafo 2o del artículo 111 del Decreto-ley 019 de 2012 las cotizaciones que se encuentran en el Fosyga sin compensar al corte del 10 de enero de 2012, solo podrán ser compensadas por las EPS-EOC ante el Fosyga hasta el 10 de enero de 2013. Una vez cumplido este término, las cotizaciones no compensadas se constituirán como ingresos del Fosyga.
-- De acuerdo con el inciso quinto del artículo 10 y el artículo 28 del Decreto 4023 de 2011, las cotizaciones que se encuentran sin compensar con posterioridad al Decreto-ley 019 de 2012, podrán ser compensadas por las EPS-EOC o tramitar la devolución del aporte dentro de los doce (12) meses siguientes al recaudo de estas cotizaciones. Esto es si el recaudo de cotizaciones se realizó en febrero de 2012 el término de prescripción será febrero de 2013 y así sucesivamente. Una vez cumplido este término, las cotizaciones no compensadas se constituirán como ingresos del Fosyga.
2.3. ESTRUCTURA DE DATOS ARCHIVO DE AFILIADOS BENEFICIARIOS Y BENEFICIARIOS ADICIONALES (Archivo ABX)
Proceso | Nombre del archivo | |||
Compensación 2280-2004 | 1ABXCODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Corrección 2280-2004 | 2ABXCODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Corrección 4023-2011 | 3ABXCODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
1 | Código de la EPS | Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC. | 6 | Carácter |
2 | Número de declaración | Número de la declaración de Giro y Compensación a la que pertenece el anexo. Debe coincidir con el número de la declaración del anexo de cotizantes en el proceso de compensación. | 10 | Numérico |
3 | Período a compensar | Corresponde al mes del año que se va a compensar: (mm/aaaa). | 7 | Carácter |
4 | Tipo de Documento del cotizante principal | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Carácter |
5 | Número documento del cotizante principal | Número de documento | 16 | Carácter |
6 | Tipo de Documento del beneficiario | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Carácter |
7 | Número documento del beneficiario | Número de documento | 16 | Carácter |
8 | Primer apellido | 20 | Carácter | |
9 | Segundo apellido | 30 | Carácter | |
10 | Primer nombre | 20 | Carácter | |
11 | Segundo nombre | 30 | Carácter | |
12 | Tipo de afiliado | Corresponden al tipo de afiliado establecido en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. B = Beneficiario A = Adicional | 1 | Carácter |
13 | Parentesco con cotizante principal | Corresponden a los tipos de parentesco establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 1 | Numérico |
14 | Departamento de residencia | Según DANE | 2 | Carácter |
15 | Municipio de residencia | Según DANE | 3 | Carácter |
16 | Fecha de nacimiento | En formato (dd/mm/aaaa) | 10 | Carácter |
17 | Sexo | M = Masculino F = Femenino | 1 | Carácter |
18 | Fecha de afiliación a la EPS – EOC | En formato (dd/mm/aaaa) | 10 | Carácter |
19 | Total días compensados | Corresponden en proporción a los días cotizados sin que supere los 30 días de reconocimiento. | 2 | Numérico |
20 | Valor del aporte por UPC adicional | Corresponde al valor (en pesos) de la UPC adicional del período, para el caso de que el tipo de afiliado = A. | 15 | Numérico |
21 | Fecha de la consignación de la UPC adicional | Debe corresponder a la fecha de consignación de aportes por UPC adicional. En formato (dd/mm/aaaa). | 10 | Carácter |
22 | Fecha de consignación Saldos no Compensados | Corresponde a la fecha en que se giraron los saldos. En formato (dd/mm/aaaa). | 10 | Carácter |
23 | Consecutivo interno EPS para identificar la consignación | Se refiere al consecutivo registrado en el anexo técnico para reportar el giro de los saldos no compensados al Fosyga. | 10 | Numérico |
24 | Tipo de Legalización | Corresponde al tipo de legalización:1 = SNC1 2 = SNC2 3 = GLOSADOS | 1 | Numérico |
25 | Número de Radicación (Administrador Fiduciario) en que se giró el dinero. | Corresponde al número de radicación que el administrador fiduciario asignó a la declaración de giro y compensación que fue presentada por la EPS o EOC. | 10 | Carácter |
26 | Número de registro | Corresponde al número de registro o línea en la cual fue enviado el beneficiario adicional previamente glosado en el archivo de beneficiarios. Este campo se debe diligenciar, únicamente cuando se está informando que el beneficiario adicional del registro, fue glosado previamente y que se está enviando de nuevo al proceso de compensación. | 15 | Numérico |
27 | Fecha de compensación | Para el caso en que el campo proceso sea 3 aplica este campo; de lo contrario no se debe diligenciar este campo. Fecha del proceso de giro y compensación en el cual se compensó el cotizante a corregir (dd/mm/aaaa). | 10 | Carácter |
28 | Número de Radicación (administrador fiduciario) en que se realizó la compensación | Para el caso en que el campo proceso sea “3” aplica este campo; de lo contrario no se debe diligenciar. Corresponde al número de radicación que el Administrador Fiduciario asignó a la declaración de giro y compensación en que fue compensado el beneficiario a corregir. | 10 | Carácter |
29 | Código del Operador de Información | Identificación del Operador de Información. Aplica para el recaudo de UPC Adicionales. | 2 | Numérico |
30 | Número de Planilla de Liquidación | Número de la planilla de liquidación de aportes. Aplica para el recaudo de UPC Adicionales | 15 | Numérico |
31 | Registro Compensado | Corresponde a la marcación de aprobación de compensación del registro. Para garantizar la trazabilidad se mantendrá la marcación (2 = No) hasta la aprobación de la compensación del registro. 1 = Sí 2 = No | 1 | Numérico |
32 | Tipo de inconsistencia | Marcación del registro no compensado por no coincidencia de información 1 = Inconsistencia información PILA 2 = Inconsistencia información BDUA. | 2 | Numérico |
33 | Código de glosas para registros con inconsistencia | De acuerdo con la codificación definida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Corresponderá a 6 caracteres por glosa. En caso de existir más de una glosa en el mismo registro se separará con un delimitador diferente a los de los campos establecidos para la estructura del archivo ABX. | 60 | Alfanumérico |
34 | Grupo de Edad | Corresponde al código de grupo de edad del afiliado compensado según el acto administrativo que defina esta estructura. | 2 | Numérico |
35 | Zona Geográfica | Corresponde a la zona en que se ubica el afiliado compensado, según el acto administrativo que defina esta estructura. 1 = Zona Normal 2 = Zona Especial 3 = Zonas Grandes ciudades y municipios conurbados. | 2 | Numérico |
36 | UPC Reconocida | Valor de la UPC aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC. | 7 | Numérico |
37 | Valor UPC Promoción y Prevención | Valor de la UPC por promoción y prevención aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC | 7 | Numérico |
38 | Valor UPC Adicional a favor del Fosyga | Corresponde al valor que de acuerdo al marco legal se debe girar a la Subcuenta de Compensación. | 7 | Numérico |
39 | Valor de Solidaridad UPC Adicional | Corresponde al valor que de acuerdo al marco legal la EPS-EOC debe girar a la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga. | 7 | Numérico |
40 | Serial de Compensación | Corresponde al número asignado por el Fosyga al registro compensado y no compensado. | 15 | Numérico |
41 | Consecutivo malla validadora | Corresponde al número que la malla validadora asigna automáticamente a los archivos presentados en el marco del Decreto 2280 de 2004. | 15 | Numérico |
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
42 | Serial BDUA | Serial asignado en BDUA al afiliado beneficiario o beneficiario adicional. | 16 | Numérico |
43 | Serial HA | Serial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes. | 16 | Numérico |
Nota:
a) Compensación Decreto 2280 de 2004
EPS-EOC: La compensación en el marco del Decreto 2280 de 2004, la EPS-EOC deberá enviar la información de acuerdo con la estructura de datos anterior a excepción de los campos 29 al 40, 42 y 43, los cuales deben generarse como campo vacío.
Fosyga: El Fosyga entregará los resultados de la compensación de acuerdo con la estructura de datos anterior a excepción de los campos 29 al 40, 42 y 43, los cuales deben generarse como campo vacío.
b) Compensación Decreto 4023 de 2011
Fosyga: El Fosyga entregará los resultados de la compensación de acuerdo con la estructura de datos anterior.
2.4. ESTRUCTURA DE DATOS CONCILIACIÓN DE CUENTAS MAESTRAS DE RECAUDO DE COTIZACIONES
Nombre del archivo:
Cuenta | Nombre del archivo | |||
Conciliación cuenta maestra de recaudo | 1CONCILIACODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Conciliación cuenta maestra de recaudo SGP | 2CONCILIACODENTIDADDDMMAAA.TXT | |||
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
1 | Código de la EPS | Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC. | 6 | Carácter |
2 | Número de la cuenta de recaudo | Corresponde al número de cuenta maestra donde se recaudó la cotización. | 15 | Numérico |
3 | Fecha del Proceso de Giro y Compensación | Especifica la fecha en que el Fosyga efectúa el proceso de Compensación. (dd/mm/aaaa). | 10 | Carácter |
4 | Periodo a compensar | Corresponde al mes del año que se va a compensar (mm/aaaa) | 7 | Carácter |
5 | Tipo de afiliado | Corresponden al tipo de afiliado: 1 = Adicional 2 = Cotizante | 1 | Carácter |
6 | Tipo de documento del cotizante | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Carácter |
7 | Número documento del cotizante | Número de documento | 16 | Carácter |
8 | Tipo de cotizante | Corresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Numérico |
9 | Tipo de documento del aportante | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Carácter |
10 | Numero documento del aportante | Número de documento | 20 | Carácter |
11 | Fecha de la consignación de los aportes | Debe corresponder a la fecha de consignación de aportes (dd/mm/aaaa) | 10 | Carácter |
12 | Valor de la cotización | Corresponde al valor de la cotización del período. | 15 | Numérico |
13 | Número de Planilla de liquidación | Número de la planilla de liquidación de aportes. | 15 | Numérico |
14 | Código del Operador de Información | Identificación del Operador de Información. | 2 | Numérico |
15 | Registro Compensado | Corresponde a la marcación de aprobación de compensación del registro. Para garantizar la trazabilidad se mantendrá la marcación (2=No) hasta la aprobación de la compensación del registro. 1 = Sí 2 = No | 1 | Numérico |
16 | Devolución de Aportes o Transferencia entre cuentas maestras de recaudo | Marcación del registro de la cotización del mes en que se realiza la conciliación devuelta a la EPS 1 = Devolución de aportes 2 = Transferencia entre cuentas de recaudo. | 1 | Numérico |
17 | Serial Histórico de Aportes – HA | Serial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes. | 16 | Numérico |
Nota:
1. El administrador fiduciario de los recursos del Fosyga entregará esta estructura de datos a la EPS-EOC de forma separada para cada una de las dos (2) cuentas maestras que administra. El giro al Fosyga de las cotizaciones no compensadas de la cuenta maestra de recaudo, se efectuará el mismo día de entrega de la conciliación mensual por parte del administrador fiduciario a las EPS-EOC.
2. No existirá traslado de recursos al Fosyga de la cuenta maestra de recaudo del Sistema General de Participaciones, por concepto de cotizaciones no compensadas.
3. La información de las transferencias entre cuentas maestras señaladas en el campo 16 opción 2 de esta estructura, se reportará por parte del administrador fiduciario de los recursos del Fosyga en el campo 4.8 del “Formulario de Conciliación Mensual Cuentas Maestras de Recaudo” de la Resolución 609 de 2012 o la norma que la modifique, derogue o sustituya.
2.5. ESTRUCTURA DE DATOS SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE APORTES
Nombre del archivo: DEVOLCODENTIDADDDMMAAA.TXT
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
1 | Código de la EPS | Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC. | 6 | Carácter |
2 | Tipo de documento del cotizante | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Carácter |
3 | Número documento del cotizante | Número de documento | 16 | Carácter |
4 | Primer apellido | Primer apellido del afiliado | 20 | Carácter |
5 | Segundo apellido | Segundo apellido del afiliado | 30 | Carácter |
6 | Primer nombre | Primer nombre del afiliado | 30 | Carácter |
7 | Segundo nombre | Segundo nombre del afiliado | 20 | Carácter |
8 | Tipo de Cotizante | Corresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Numérico |
9 | Tipo de documento del aportante | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. | 2 | Carácter |
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
10 | Numero documento del aportante | Número de documento | 20 | Carácter |
11 | Nombre del aportante | Nombre de la empresa o persona natural aportante. | 40 | Carácter |
12 | Fecha de la radicación de la solicitud de devolución ante la EPS-EOC | Corresponde a la fecha en que el aportante radicó la solicitud de aportes ante la EPS-EOC en formato (dd/mm/aaaa). | 10 | Carácter |
13 | Número de radicado asignado a la solicitud de devolución por la EPS-EOC | Corresponde al número interno de radicado asignado por la EPS-EOC a la solicitud de devolución. | 15 | Carácter |
14 | Causal de Devolución de Aportes. | Corresponde a los siguientes campos: 1 = Pago errado por el aportante (traslados negados, selección errada de la EPS-EOC) 2 = Mayor valor pagado. 3 = Aporte sin estar obligado. 4 = Cotizaciones correspondientes a personas fallecidas 5 = Cotizaciones correspondientes a excedentes del Sistema General de Participaciones SGP. 6 = Intereses de mora de cotizaciones 7 = UPC Adicional | 1 | Numérico |
15 | Periodo de cotización | Corresponde al mes y año de la cotización en formato (mm/aaaa) | 7 | Carácter |
16 | Marco normativo del recaudo | Corresponde al tipo de norma vigente en el momento del recaudo 1 = Recaudos cotizaciones Decreto 2280-04 2 = Recaudos cotizaciones Decreto 4023-11. | 1 | Numérico |
17 | Código del Operador de Información | Identificación del Operador de Información. Aplicable si en el campo 16 selecciona el tipo 2 | 2 | Numérico |
18 | Número de Planilla de Liquidación | Número de la planilla de liquidación de aportes Aplicable si en el campo 16 selecciona el tipo 2. | 15 | Numérico |
19 | Tipo de consignación | Corresponde al tipo de consignación en que la EPS-EOC realizo el giro al Fosyga. 1 = Registros Glosados 2 = Saldos no Compensados 3 = Recaudo en cuentas maestras 4 = Cotización no compensada en cuentas del Fosyga. Los tipos 1 y 2 son válidos si se marca en el campo 16 el tipo 1. Los tipos 3 y 4 son válidos si se marca en el campo 16 el tipo 2. | 2 | Numérico |
20 | Fecha de consignación de aportes al Fosyga | Corresponde a la fecha en que la EPS-EOC giró los recursos de cotizaciones en el marco del Decreto 2280 de 2004 al Fosyga. En formato (dd/mm/aaaa). | 10 | Carácter |
21 | Número de Radicación Asignado por el Administrador Fiduciario a la consignación Subcuenta de Compensación. | Corresponde al número de radicación que el administrador fiduciario asignó a la consignación. | 10 | Carácter |
22 | Número de Radicación Asignado por el Administrador Fiduciario a la consignación Subcuenta de Solidaridad | Corresponde al número de radicación que el administrador fiduciario asignó a la consignación. | 10 | Carácter |
23 | Número de Radicación Asignado por el Administrador Fiduciario a la consignación Subcuenta de Promoción | Corresponde al número de radicación que el administrador fiduciario asignó a la consignación. | 10 | Carácter |
24 | Valor solicitado por la EPS-EOC Subcuenta de Compensación | Expresado sin decimales | 10 | Numérico |
25 | Valor solicitado por la EPS-EOC Subcuenta de Solidaridad. | Expresado sin decimales | 10 | Numérico |
26 | Valor solicitado por la EPS-EOC Subcuenta de Promoción | Expresado sin decimales | 10 | Numérico |
27 | Aprobación de solicitud de devolución | 1 = Sí 2 = No | 1 | Numérico |
28 | Valor aprobado Subcuenta de Compen-sación | Expresado sin decimales | 10 | Numérico |
29 | Valor aprobado Subcuenta de Solidaridad | Expresado sin decimales | 10 | Numérico |
30 | Valor aprobado Subcuenta de Promoción | Expresado sin decimales | 10 | Numérico |
31 | Código de glosas para solicitud no aprobada | De acuerdo con la codificación definida por el Ministerio de Salud y Protección Social Corresponderá a 6 caracteres por glosa. En caso de existir más de una glosa en el mismo registro se separará con un delimitador diferente a los de los campos de esta estructura. | 60 | Alfanumérico |
32 | Rendimientos Financieros Excedentes SGP | Este valor será calculado por el Fosyga conforme a lo establecido en el Decreto 1636 de 2006 o a los rendimientos de la cuenta maestra de recaudos de SGP. | 10 | Numérico |
33 | Serial Histórico de Aportes - HA | Serial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes. | 16 | Numérico |
Nota:
Devoluciones de Excedentes de SGP. Cuando la EPS-EOC diligencie en el Campo No. 14 la opción 5 (Cotizaciones correspondientes a excedentes del Sistema General de Participaciones SGP) solamente deberá diligenciar los campos 9 a13, 16, 17 y del 19 al 26.
Devoluciones de Aportes Decreto 2280 de 2004. Para las cotizaciones anteriores a la entrada en operación de las cuentas maestras, los aportantes solo podrán solicitar ante la EPS o la EOC la devolución de cotizaciones, hasta el 28 de octubre de 2012, según el artículo 12 del Decreto 4023 de 2011.
Devoluciones de Intereses de Mora. Cuando se trate de devolución de intereses de mora, el aportante deberá entregar el detalle por cotizante de la liquidación de dichos intereses a las EPS-EOC. Las devoluciones de aportes por concepto de intereses de mora, no se deberán diligenciar los campos 22, 23, 25, 26, 29 y 30.
Causal de Devolución de Aportes. En el caso de tramitar devolución de aportes por más de una causal para el mismo cotizante, se deberá presentar la información completa en un registro para cada causal.
2.6. ESTRUCTURA DE DATOS PARA CORRECCIONES DE REGISTROS CON INCONSISTENCIAS EN LA INFORMACIÓN DE RECAUDO
El Fosyga con la entrega de los resultados del proceso de compensación en las estructuras definidas en la presente Nota Externa entregará a las EPS-EOC las inconsistencias de los registros que no pudieron ser compensados cuyo nombre del archivo es: CRCODENTIDADDDMMAAA.TXT, información que deberá ser revisada y verificada por la EPS-EOC de acuerdo con sus archivos y bases de datos. Cuando se trate de inconsistencias relacionadas con información de la Planilla Integrada de Aportes “PILA” la EPS-EOC entregará corregida y ajustada al Fosyga los campos respectivos en la siguiente estructura.
Esta información deberá ser entregada por la EPS-EOC en un único archivo al Fosyga el día hábil anterior al siguiente proceso de compensación antes de la 1:00 p. m., quien realizará la validación para la posterior actualización de los registros para incorporarlos al proceso de giro y compensación.
Nombre del archivo de datos entregado por la EPS-EOC: CRCODENTIDADDDMMAAA.TXT, donde CODENTIDAD corresponderá al código de EPS o EOC que genera y remite la estructura 2.6.
La EPS –EOC deberá generar y remitir un registro por cada inconsistencia reportado en el campo 19 de esta estructura que se requiera ajustar.
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
1 | Código de la EPS | Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC que recibe el aporte. No podrá ser modificado por la EPS-EOC en este proceso de corrección. | 6 | Alfanumérico |
2 | Código del Operador | Identificación del Operador de Información, no es modificable. | 2 | Numérico |
3 | Número de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes. | Número de la planilla de liquidación de aportes, no es modificable. | 15 | Numérico |
4 | Serial BDUA | Serial asignado en BDUA al cotizante o beneficiario adicional, no es modi-ficable. | 16 | Numérico |
5 | Serial Histórico de Aportes - HA | Serial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes, no es modificable. | 16 | Numérico |
Campo No | Nombre | Descripción | Longitud | Tipo de Campo |
6 | Tipo documento del cotizante o beneficiario adicional | Corresponden a los tipos de documento establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Puede ser modificado por la EPS si es un error del aportante. | 2 | Alfanumérico |
7 | Número documento del cotizante o beneficiario adicional | Número de documento. Puede ser modificado por la EPS si es un error del aportante. | 16 | Alfanumérico |
8 | Primer apellido | No puede ser modificado por la EPS-EOC | 20 | Alfanumérico |
9 | Segundo apellido | No Puede ser modificado por la EPS-EOC | 30 | Alfanumérico |
10 | Primer nombre | No puede ser modificado por la EPS-EOC | 30 | Alfanumérico |
11 | Segundo nombre | No puede ser modificado por la EPS-EOC | 20 | Alfanumérico |
12 | Tipo de afiliado | Corresponden al tipo de afiliado: 1 = Adicional 2 = Cotizante No es modificable | 1 | Numérico |
13 | Tipo de cotizante | Corresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya corregido por la EPS-EOC. | 2 | Numérico |
14 | Periodo a compensar | Corresponde al mes y año que se va a compensar corregido por la EPS-EOC (mm/aaaa) | 7 | Alfanumérico |
15 | Ingreso base de cotización | Es el dato reportado en la planilla de autoliquidación de aportes. Sin decimales y de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente. | 15 | Numérico |
16 | Días cotizados | Corresponden en proporción a los días cotizados sin que supere los 30 días de reconocimiento. | 2 | Numérico |
17 | Tipo de documento del aportante | Corresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 2321 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o sustituya, corregido por la EPS-EOC. | 2 | Alfanumérico |
18 | Numero documento del aportante | Número de documento corregido por la EPS-EOC. | 20 | Alfanumérico |
19 | Tipo de inconsis-tencia | En el archivo de salida entregado por el Administrador Fiduciario, se reportarán los códigos de glosas asociados a la inconsistencia. En el archivo que devuelve la EPS debe indicar en el registro no conciliado el tipo de inconsistencia a subsanar, así: 1 = Tipo documento de cotizante 2 = Número documento cotizante 3 = Tipo de cotizante 4 = Tipo documento de aportante 5 = Número documento aportante 6 = Periodo de Cotización 7 = Error en los días de cotización 8 = Error en EPS-EOC entre el registro del aporte y la BDUA. | 2 | Numérico |
20 | Código de la EPS a la que se deben trasladar los aportes | Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC. | 6 | Alfanumérico |
Nota:
1. En ningún caso se podrá realizar modificación al código de la EPS-EOC, del campo 1
2. Si la EPS-EOC reportada en la planilla de aportes PILA es diferente a la registrada en la BDUA, la EPS-EOC deberá verificar si corresponde a:
2.1. Inconsistencia en la afiliación:
La EPS-EOC deberá realizar las gestiones para la actualización de la BDUA y no deberá remitir ninguna información en esta estructura.
2.2. Pago errado por inconsistencia en el tipo de cotizante.
a) Si la cotización es menor a lo obligado a pagar por el tipo de cotizante correcto, el aportante debe corregir la cotización a través de una planilla “N” en PILA.
b) Si la cotización es mayor a lo obligado a pagar por el tipo de cotizante correcto, la EPS-EOC podrá corregir el tipo de cotizante en la presente estructura y tramitar la devolución de aportes por el mayor valor pagado si hay a lugar.
3. El campo 20 se deberá diligenciar en los casos en que la EPS-EOC reportada en el campo 1, reciba una cotización por un afiliado que no le corresponde. En tal caso, el Fosyga informará a la EPS-EOC que recibió las cotizaciones como a la EPS-EOC que registra la afiliación del cotizante, con el fin de que las entidades determinen a cuál de ellas corresponde el aporte.
Una vez establecido lo anterior, la EPS-EOC que recibió la cotización, es decir la EPS registrada en el campo 01, registrará en el campo 20 el código de la EPS-EOC a la que corresponde el recaudo y diligenciará el tipo de inconsistencia 8 en el campo 19. Esta información deberá ser remitida al Fosyga, con el fin de dar inicio al trámite de transferencia de recursos de cotización erradamente consignadas en cuenta de la EPS.
Cordialmente,
El Director de Administración de Fondos de la Protección Social,
JOSÉ OSWALDO BONILLA RINCÓN.
El Jefe Oficina de la Tecnología de la Información y Comunicación,
HÉCTOR DARÍO DUQUE CIFUENTES.