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RESOLUCIÓN 212 DE 2018

(febrero 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD-ADRES

Por la cual se promueve el uso de la bicicleta en la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud- ADRES.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - ADRES-

En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 5o de la Ley 1811 de 2016, el artículo 9o numerales 2o y 12 del Decreto 1429 de 2016, el Decreto 169 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1811 de 2016 “Por la cual se otorgan incentivos para promover el uso de la bicicleta en el territorio nacional y se modifica el Código Nacional de Tránsito", de acuerdo con su artículo 1o tiene como objeto “incentivar el uso de la bicicleta como medio principal de transporte en todo el territorio nacional; incrementar el número de viajes en bicicleta, avanzar en la mitigación del impacto ambiental que produce el tránsito automotor y mejorar la movilidad urbana".

Que el artículo 5o de dicha Ley establece que los funcionarios públicos que certifiquen haber llegado a trabajar en bicicleta durante 30 veces podrán ser acreedores de un incentivo correspondiente a medio día laboral libre remunerado.

Que el parágrafo 1o del citado artículo señala que las entidades públicas deberán establecer las condiciones de validación de los días en que los funcionarios públicos lleguen a trabajar en bicicleta y las condiciones para recibir el día libre remunerado.

Que el parágrafo 2o del artículo 5o de la Ley 1811 de 2016 establece que los funcionarios públicos beneficiados por dicha ley podrán recibir hasta 8 medios días remunerados al año.

Que el artículo 6o de la mencionada Ley estipula que las entidades públicas deben establecer esquemas de estacionamiento adecuados y habilitar como mínimo el 10% de los cupos destinados a vehículos automotores para el uso de los funcionarios públicos que se transporten en bicicletas; en caso de disponer un número inferior a 120 estacionamientos de automotores, se deberá garantizar un mínimo de 12 cupos para bicicleta.

Que de acuerdo con los numerales 1o y 12 del artículo 9o del Decreto 1429 de 2016, le corresponde al Director General dirigir y evaluar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la ADRES y orientar el cumplimiento de sus objetivos y funciones, y expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la Entidad

Que con el fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto por las normas citadas anteriormente, se hace necesario establecer los incentivos que promuevan el uso de la bicicleta por parte de todos los funcionarios de la ADRES.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Establecer como incentivo para los funcionarios públicos de la ADRES que hagan uso de la bicicleta, el otorgamiento de un medio día libre remunerado al cumplimiento de 30 ingresos a la Entidad en dicho medio de transporte. De acuerdo con la Ley 1811 de 2016, los funcionarios que usen la bicicleta para llegar a su sitio de trabajo recibirán hasta 8 medios días libres remunerados al año.

ARTÍCULO 2. Los funcionarios interesados en acceder al incentivo, deberán hacer constar su ingreso a la ADRES haciendo uso de sus bicicletas a través del diligenciamiento del formato "Planilla registro ingreso en bicicleta”. Dicho formato será el único medio oficial para constatar el cumplimiento de la condición para hacer efectivo el incentivo. La información consignada en el formato será aceptada por la Entidad bajo el principio de verdad sabida y buena fe guardada.

ARTÍCULO 3. Los funcionarios que hayan completado los 30 días de ingreso en bicicleta y quieran hacer efectivo el incentivo del medio día remunerado, presentarán a sus jefes inmediatos la correspondiente solicitud en el formato “Solicitud incentivo por uso de bicicleta” al que debe adjuntarse el formato “Planilla registro ingreso en bicicleta”. Dichos documentos, con el Visto Bueno de los superiores jerárquicos de los funcionarios que quieren acceder al incentivo, deberán remitirse al Grupo de Gestión del Talento Humano para su trámite y otorgamiento.

PARÁGRAFO 1. Los medio días remunerados de que trata el artículo 1o de la presente Resolución podrán acumularse para su disfrute, a discrecionalidad de los superiores jerárquicos de los funcionarios, siempre y cuando no sean continuos y no se sumen a las fechas correspondientes a vacaciones, días festivos y compensatorios.

ARTÍCULO 4. La Dirección Administrativa y Financiera, a través de los responsables de gestión administrativa, será la dependencia encargada de asignar los parqueaderos de las bicicletas a los funcionarios solicitantes, teniendo en cuenta la disponibilidad y los 12 cupos mínimos de que trata el artículo 6o de la Ley 1811 de 2016.

ARTÍCULO 5. El Asesor de prensa y comunicaciones del Despacho del Director General, coordinará las acciones de divulgación y promoción del uso de la bicicleta como vehículo de transporte al lugar del trabajo de los servidores públicos de la ADRES.

ARTÍCULO 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D.C., a los 22 febrero de 2018

CARLOS MARIO RAMIREZ RAMIREZ

Director General de la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES

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