RESOLUCIÓN 89666 DE 2024
(19 de julio)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - ADRES
Por medio de la cual se adopta el Manual de Identidad Visual de la ADRES.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - ADRES
En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas en los numerales 10 y 12 del artículo 9 del Decreto 1429 de 2016, el artículo 4 de la Ley 2345 de 2023 y
CONSIDERANDO
Que mediante la Ley 2345 de 2023 se establecieron medidas para unificar la imagen institucional de las entidades estatales a través de la implementación del Manual de Identidad Visual y se prohibió el uso y la implementación en marcas de gobierno, así como el gasto estatal de imagen o identidad que las promueva.
Que la Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Socialn en Salud-ADRES es una Entidad de naturaleza especial del nivel descentralizado, por lo cual es destinataría de Ley 2345 de 2023.
Que mediante la Directiva Presidencial No. 6 del 19 de junio de 2024, se adoptó el Manual de Identidad Visual y uso de imagen de obligatorio cumplimiento para las entidades del nivel central y descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional y se dictaron lineamientos para la definición de la estrategia institucional de comunicaciones, objetivos y contenidos de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional.
Que, por lo anterior, se hace necesario unificar a través de este acto administrativo, las disposiciones relacionadas con la imagen institucional de la ADRES y adoptar, para el efecto, un nuevo Manual de Identidad Visual que cumpla con los parámetros definidos en el artículo 4o de la Ley 2345 de 2023.
Que a partir de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 2345 de 2023, el Manual de Identidad Visual deberá desarrollar como mínimo los siguientes elementos esenciales: la identidad institucional, el color institucional, las vocerías y cuentas institucionales y las aplicaciones visuales a utilizar en la publicidad, los bienes consumibles y no consumibles, así como los bienes inmuebles y muebles
Que las entidades públicas deben ajustar su identidad visual mediante la adopción del nuevo Manual de Identidad Visual, dentro de los (6) meses siguientes contados a partir de la entrada en vigor de la Ley 2345 de 2023.
Que, se hace necesario suministrar un carné institucional a cada uno de los servidores públicos que tengan vínculo legal y reglamentario con la Entidad, y a los contratistas directos de la misma.
Que, el carné institucional se entregará a los contratistas de la ADRES, teniendo en cuenta que los mismos cumplan funciones publicas transitorias y obligaciones que permiten garantizar la prestación del servicio de la misma y coadyuvan al cumplimiento de objetivos y metas institucionales.
Que en cumplimiento del parágrafo 2 del artículo 4 de la Ley 2345 de 2023, el cual establece que el Manual de Identidad Visual debe ser ampliamente socializado para que la ciudadanía pueda realizar comentarios, sobre el mismo, los cuales serán recopiladas en un anexo adjunto; el manual adoptado a través del presente acto administrativo, fue publicado desde el día 24 del mes de junio hasta el día 28 del mes de junio del 2024, incluyendo las disposiciones en el anexo donde se evidencia la socialización y divulgación.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente Resolución tiene por objeto adoptar el Manual de identidad Visual de la ADRES, el cual hará parte integral de este Acto administrativo.
ARTÍCULO 2o. DESTINATARIOS. El cumplimiento de la presente resolución está dirigido a todas las direcciones, oficinas asesoras y demás dependencias de la ADRES, siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley 2345 del 30 diciembre 2023.
ARTÍCULO 3o. CARNÉ INSTITUCIONAL. Con el fin de identificar a los servidores y contratistas, controlar el ingreso de visitantes y brindar mayor seguridad al personal que labora en la Entidad y a sus bienes, la ADRES, a través de la Dirección Administrativa y Financiera sumistrará gratuitamente y por una sola vez, un carné institucional a cada uno de los servidores públicos que tengan vínculo legal y reglamentario con la Entidad, y a los contratistas directos de la misma.
El carné institucional es un documento público de carácter personal e intransferible, que identifica a su titular como servidor o contratista de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud-ADRES.
ARTÍCULO 4o. IMPLEMENTACIÓN. La implementación del Manual de Identidad Visual que se adopta mediante la presente Resolución, deberá efectuarse en un término no mayor a seis (6) meses.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C. a los 19 días de julio de 2024
FÉLIX LEÓN MARTINEZ MARTIN
Director General