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RESOLUCIÓN 3942 DE 2011

(diciembre 28)

Diario Oficial No. 48.298 de 30 de diciembre de 2011

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se efectúa una delegación

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el numeral 17 del artículo 6o del Decreto 4712 de diciembre de 2008.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 549 de 1999 establece en su artículo 3o que corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la administración del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet).

Que la ley ya citada establece en su artículo 6o que una vez los pasivos pensionales estén cubiertos, los recursos a que se refiere el artículo 2o de la misma ley, causados a partir de dicha fecha, podrán ser destinados por la entidad titular a los mismos fines que correspondan de acuerdo con la leyes que regulan la destinación de cada uno de estos recursos.

Que el artículo 12 del Decreto 4105 de 2004 estableció la cesación de obligaciones de los aportes ordenados en el artículo 2o de la Ley 549 de 1999, una vez la entidad territorial haya cubierto el 100% de su pasivo pensional.

Que la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público es la encargada de llevar a cabo la gestión de los temas relacionados con el Fonpet, por lo que resulta procedente delegar en la misma la competencia para expedir la comunicación de suspensión de aportes a que se refieren las normas ya citadas.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la competencia para comunicar a las entidades territoriales la suspensión de los aportes al Fonpet ordenados en los numerales 7, 8 y 9 del artículo 2o de la Ley 549 de 1999, una vez verificado el cubrimiento del pasivo pensional conforme a las normas legales vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., 28 de diciembre de 2011.

El Viceministro Técnico encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

RODRIGO DE JESÚS SUESCÚN MELO

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