Buscar search
Índice developer_guide

RESOLUCIÓN 4012 DE 2024

(diciembre 23)

Diario Oficial No. 52.980 de 24 de diciembre de 2024

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta 5/1/2025

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por medio de la cual se ejecutan presupuestalmente, se ordena el giro y la distribución entre la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, y/o, las administradoras de los patrimonios autónomos a través del Mecanismo Único de Gestión, de los aportes que realiza la Nación al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), en el marco de la Administración Transitoria de los recursos del Fondo.

EL DIRECTOR GENERAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL EMPLEO DE MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 4, 16, 35 del artículo 3o y el numeral 33 del artículo 6o, del Decreto 4712 de 2008 y, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 2342 de 2023;

CONSIDERANDO:

Que es deber de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, trasladar al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), los recursos correspondientes al Impuesto de Timbre Nacional, conforme con lo previsto en el numeral 11 del artículo 2o de la Ley 549 de 1999, por la cual se dictan normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales, se crea el Fondo Nacional de Pensiones de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones en materia prestacional.

Que mediante oficios recibidos con los números de radicado 1-2024-005056 del 22 de enero de 2024 y 1-2024-116390 del 2 de diciembre de 2024, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) comunicó a la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los recaudos por concepto del Impuesto de Timbre Nacional, por valor de doscientos quince mil setecientos veintiún millones cuatrocientos veintiún mil pesos ($215.721.421.000) moneda corriente, correspondientes a la vigencia 2023, y doscientos cinco mil seiscientos veintinueve millones novecientos ochenta mil pesos ($205.629.980.000) moneda corriente, para el período de enero a octubre de 2024, tal como se detalla a continuación:

Vigencia 2023:

Cifras expresadas en pesos.

Fuente: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Período de enero a octubre de 2024:

Cifras expresadas en pesos.

Fuente: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Que a través de la Resolución 3420 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el 27 de diciembre de 2023, se determinaron y transfirieron los recursos por concepto del Impuesto de Timbre Nacional correspondiente a los meses de enero a octubre de 2023, conforme al siguiente detalle:

Fuente: Cálculos FONPET.

Que para efectos de determinar el valor a transferir al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), por concepto del Impuesto de Timbre Nacional correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2023, se aplicó lo dispuesto en el artículo 28 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, conforme con el siguiente detalle:

Fuente: Cálculos FONPET.

Que para efectos de determinar el valor a transferir al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), por concepto del Impuesto de Timbre Nacional correspondiente a los meses de enero a octubre de 2024; se aplicó lo dispuesto en el artículo 28 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, conforme con el siguiente detalle:

Fuente: Elaboración propia.

Que en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2024, en la Sección Presupuestal A - Funcionamiento, 03 Transferencias Corrientes, Subcuenta 04: “Transferencias de Previsión y Seguridad Social”, Objeto del Gasto 03: “Pensiones y Jubilaciones”, Ordinal 001: “Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales Ley 549 de 1999 (Pensiones)”, Recurso 10, Recursos corrientes, se encuentra disponible una apropiación por valor de ciento veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y un millones de pesos ($123,451.000.000,00) moneda corriente, para atender transferencias de la Nación al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET).

Que de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 2342 del 15 de diciembre de 2023, “La ejecución de los recursos que se giran al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), con cargo al Presupuesto General de la Nación, se realizará por medio de Resolución expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ordenando el giro de los recursos (…)”.

Que, de conformidad con lo anterior, la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) número 94724 del 18 diciembre de 2024, por valor de ciento veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y un millones de pesos ($123.451.000.000,00) moneda corriente, con cargo a la mencionada partida presupuestal A 03-04-03-001.

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, efectuará conforme a lo dispuesto mediante el inciso tercero del artículo 199 de la Ley 1955 de 2019 y el artículo 2.12.3.6.1 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, la distribución de los recursos que se ejecutan presupuestalmente con la presente resolución, entre todas las entidades territoriales que el año inmediatamente anterior a la vigencia en la cual se hace la distribución, tengan pasivo pensional no cubierto (PPNC) en todos o en alguno de sus tres sectores (Salud, Educación y Propósito General).

Que dada la disponibilidad presupuestal de la vigencia, se procederá a autorizar el giro de los saldos pendientes de noviembre y diciembre de 2023 y los recursos de los meses de enero a octubre de 2024, de acuerdo con el siguiente detalle:

Fuente: Cálculos FONPET.

Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 48 de la Ley 863 de 2003, “El seguimiento y actualización de los cálculos actuariales y el diseño de administración financiera, se realizarán por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público con cargo a los recursos de que trata el numeral 11 del artículo segundo de la Ley 549 de 1999”, en consecuencia, los gastos de dicho Programa de noviembre a diciembre de la vigencia 2023, de enero a agosto de 2024 y de septiembre a noviembre de 2024, ascienden a la suma de cinco mil ochocientos setenta y cuatro millones setecientos setenta y siete mil ciento veinticinco pesos con doce centavos ($5.874.777.125,12) moneda corriente, según Memorandos de la Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, radicados con los número 3-2024-018826 del 19 de noviembre de 2024 y 3-2024-021214 de 13 de diciembre de 2024, como se detalla a continuación:

Fuente: Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Fuente: Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que para efectos del valor a transferir al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), del “TOTAL PAGOS PERIODO SOLICITADO”, se tendrá en cuenta que existen saldos, por gastos del FONPET, pendientes de descontar por valor de sesenta y un millones ochocientos cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y un pesos con setenta centavos ($61.848.361,70) moneda corriente, según lo señalado mediante la Resolución 3420 del 27 de diciembre de 2023 y los gastos correspondientes a los periodos: noviembre a diciembre de la vigencia 2023, enero a agosto de 2024 y septiembre a noviembre de 2024.

Fuente: Calculas FONPET.

Que teniendo en cuenta los gastos ejecutados del mencionado Programa, el total de recursos a ejecutar y trasladar a través de esta resolución asciende a la suma de ciento veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y un millones de pesos ($123.451.000.000,00) moneda corriente, en razón a que se ha llegado al límite de la Asignación Presupuestal A 03-04-03- 001, quedando pendiente el valor de ocho mil setenta y cuatro millones quinientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y nueve pesos con veintiún centavos (8.074.541.959,21) moneda corriente, el cual se ejecutará y trasladará en la próxima resolución de distribución.

Que el numeral 5 del artículo 2.12.3.1.4 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, establece: “(…) 5. En cualquier evento en que no sea posible asignar los recursos adicionales de que trata el numeral 4 anterior, o no sea viable prorrogar los contratos de administración o suscribir nuevos contratos, o cuando los cupos ofrecidos por las entidades licitantes no sean suficientes para atender los recaudos del Fonpet, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá disponer la administración transitoria de los recursos del Fonpet a través de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional.” (Negrilla fuera de texto).

Que para los fines de la administración de los recursos del FONPET, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público llevó a cabo el proceso de selección abreviada MHCP-SAMC-02-2023, como consecuencia de la declaratoria de desierta, de la Licitación Pública número MHCP-LP-02-2023, efectuada el 30 de junio de 2023. Producto de dicho proceso resultó una adjudicación parcial equivalente al 25.09% de los recursos, quedando el remanente en administración transitoria a cargo de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En consecuencia, a la fecha de la presente Resolución, concurren las dos modalidades de administración previstas en el Decreto 1919 del 10 de noviembre 2023, mediante el cual se modificó el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso tercero del parágrafo 1, del artículo 2.12.3.1.4 del Decreto 1068 de 2015, se faculta al Mecanismo Único de Gestión para centralizar el recaudo de acuerdo a como lo determinen las administradoras adjudicatarias, según la proporción de recursos que cada uno administre y las instrucciones que imparta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. EJECUCIÓN PRESUPUESTAL. Ejecutar presupuestalmente la suma de ciento veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y un millones de pesos ($123.451.000.000,00) moneda corriente, por concepto de aportes de la Nación al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), que corresponden al Impuesto de Timbre Nacional recaudado durante los períodos de noviembre a diciembre de 2023 y de enero a octubre de 2024, pendientes de ejecución conforme con lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO 2o. ORDENACIÓN DE GIRO Y DISTRIBUCIÓN. Ordenar a la Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el giro de los recursos del FONPET, por valor de ciento veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y un millones de pesos ($123.451.000.000,00) moneda corriente, distribuidos por administradora, así:

Fuente: Cálculos FONPET.

PARÁGRAFO 1o. De conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del parágrafo único del artículo 2.12.3.1.4 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 1919 de 2023, el giro de los recursos deberá efectuarse a través del Mecanismo Único de Gestión definido para el recaudo de las diferentes fuentes del FONPET.

PARÁGRAFO 2o. En el evento que cambie la participación de la administración de los recursos del FONPET por parte de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de que trata el numeral 5 del artículo 2.12.3.1.4 del Decreto 1068 de 2015, y los patrimonios autónomos de que trata el numeral 4 del artículo 7o de la Ley 549 de 1999, el Mecanismo Único de Gestión efectuará el ajuste de acuerdo con la composición de los administradores de recursos del FONPET.

ARTÍCULO 3o. COMUNICACIÓN. Comuníquese a través de la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el presente acto administrativo, a la Subdirección Financiera de esta entidad.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

23 de diciembre de 2024.

El Director General de Presupuesto Público Nacional encargado de las funciones del empleo de Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jairo Alonso Bautista.

×
Volver arriba