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RESOLUCIÓN 1178 DE 2006

(abril 18)

Diario Oficial No. 46.251 de 26 de abril de 2006

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se aclara la Resolución número 0966 del 30 de marzo de 2006.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Decreto número 205 de 2003 y en el artículo 8o del Acuerdo número 324 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0966 del 30 de marzo de 2006, se efectuó la asignación de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía-Subcuenta de Solidaridad a las entidades territoriales, para garantizar la continuidad de la afiliación durante el período abril-septiembre de 2006;

Que al revisar el cálculo efectuado para establecer el monto de los recursos del Fosyga que deben cofinanciar la continuidad de la afiliación al régimen subsidiado se estableció que para algunas entidades territoriales el monto de los recursos del Sistema General de Participaciones, los recursos propios y los recursos de las Cajas de Compensación Familiar son suficientes para garantizar la continuidad de la afiliación, por lo que al efectuar la operación matemática de cálculo de los recursos aparecen valores negativos en el anexo de la resolución, los cuales fueron restados, siendo necesario modificar dichos valores por cero, lo que implica efectuar un ajuste en el total de la asignación;

Que el citado ajuste requiere una mayor asignación por valor de $729.966.350.00, siendo por tanto necesario aclarar la Resolución número 0966 del 30 de marzo de 2006, en cuanto al monto total de los recursos del Fosyga necesarios para garantizar la continuidad de la afiliación al régimen subsidiado;

Que esta mayor asignación de recursos del Fosyga, está amparada por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 07 de fecha 21 de marzo de 2006, expedido por la Jefe de Presupuesto del Ministerio de la Protección Social,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Ver Notas de Vigencia> Aclarar el artículo 1o de la Resolución 0966 del 30 de marzo de 2006, en el sentido de establecer que los recursos del Fosyga asignados para garantizar la continuidad de la afiliación al régimen subsidiado corresponden a seiscientos sesenta y dos mil ochenta y dos millones quinientos dos mil trescientos treinta y un pesos ($662.082.502.331.00).

ARTÍCULO 2o. Aclarar el artículo 2o de la Resolución 0966 del 30 de marzo de 2006 en el sentido de establecer que el total de los recursos que corresponden a los Departamentos del Arauca, Casanare y de Cundinamarca es el siguiente:


DEPARTAMENTO

 PLENOS

 PARCIALES

 TOTAL

 ARAUCA

5.390.008.721.00

120.950.269.00

5.510.958.990.00

 CASANARE

5.836.092.534.00

0.00

5.836.092.534.00

 CUNDINAMARCA

24.626.958.258.00

3.432.192.554.00

28.059.150.812.00

Por lo anterior el total de los recursos asignados a los departamentos y el Distrito Capital es el siguiente:


DEPARTAMENTO

 PLENOS

 PARCIALES

 TOTAL

TOTAL GENERAL

618.924.286.905.00

43.158.215.426.00

662.082.502.331.00

ARTÍCULO 3o. Aclarar el anexo único de la Resolución número 0966 del 30 de marzo de 2006 en el sentido de establecer que las asignaciones para subsidios plenos correspondientes a los municipios de los departamentos del Arauca, Casanare y de Cundinamarca, relacionados a continuación, corresponden a cero (0) y no como allí aparece:

DISTRIBUCION DE RECURSOS CONTINUIDAD ABRIL-SEPTIEMBRE DE 2006 POR MUNICI PIOS


CODIGO

DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

 PLENOS

 PARCIALES

 TOTAL

81001

ARAUCA

ARAUCA

-  

31.739.324.00

31.739.324.00

85010

CASANARE

AGUAZUL

-  

-  

-  

85430

CASANARE

TRINIDAD

-  

-  

-  

25290

CUNDINAMARCA

FUSAGASUGA
-  
213.015.600.00

213.015.600.00

25312

CUNDINAMARCA
GRANADA-  
-  

-  

25524

CUNDINAMARCA

PANDI
-  -  -  

25592

CUNDINAMARCA

QUEBRADANEGRA
-  
-  

-  

25718

CUNDINAMARCA

SASAIMA
-  
-  

-  

25851

CUNDINAMARCA

UTICA
-  
9.585.702.00

9.585.702.00

25875

CUNDINAMARCA

VILLETA
-  
39.237.474.00

39.237.474.00

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de abril 2006.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

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