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RESOLUCION 1265 DE 2003

(mayo 29)

Diario Oficial No. 45.231, de 27 de junio de 2003

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se adoptan los formatos para el giro de los recursos de la -Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga-, a las entidades territoriales y para el trámite de giro sin situación de fondos a las administradoras del Régimen Subsidiado, ARS.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 54 del Decreto 1283 de 1996 y 2 numerales 13 y 22 del Decreto 205 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1283 de 1996, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en su artículo 54 prevé que los sistemas de información, formatos y demás soportes y documentos que se utilicen para el envío de la información que se deriven del funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, serán establecidos mediante resolución expedida por el Ministerio de Salud;

Que para efectuar el giro de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, de que trata el literal d) del artículo 23 del Decreto 050 de 2003, a las entidades territoriales les corresponde como requisito previo, entre otros, expedir una certificación de los contratos de administración de recursos suscritos con las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS);

Que el literal e) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003 autoriza el giro directo de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga a las Administradoras del Régimen Subsidiado, ARS, por razones de orden público;

Que el artículo 25 del Decreto 050 de 2003 prevé que para efectuar el giro sin situación de fondos de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga de que trata el literal a) del artículo 24 del citado decreto, las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) deben formular la correspondiente solicitud ante el Ministerio de Salud;

Que una vez recibida la solicitud para el giro directo de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, de que trata el considerando anterior, el Ministerio deberá solicitar a las entidades territoriales la información sobre el estado de cuenta del contrato de administración de recursos del Régimen Subsidiado según las condiciones establecidas en los artículos 25 y 28 del Decreto 050 de 2003;

Que el artículo 47 del Decreto 205 de 2003 establece que todas las referencias legales de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud que se encuentran vigentes, deben entenderse referidas al Ministerio de la Protección Social;

Que en cumplimiento de la obligación que tiene este Ministerio de definir los formatos correspondientes para el efecto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Para efectos de realizar el giro de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, de que tratan los artículos 23, 24, 25 y 28 del Decreto 050 de 2003, adóptense los formatos e instructivos correspondientes, los cuales forman parte de la presente resolución, así:

1. Formato para la certificación de contratos de administración de recursos del Régimen Subsidiado, para ser diligenciado por las entidades territoriales, como requisito previo para el giro directo de los recurso s de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, a las ARS, en aplicación del literal d) del artículo 23 del Decreto 050 de 2003 (Formato número 1).

2. Formato de solicitud por parte de las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) para que les giren los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, en aplicación del literal a) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003 (Formato número 2).

3. Formato de certificación por parte de la entidad territorial, para el giro sin situación de fondos a las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, en aplicación del artículo 25 del Decreto 050 de 2003 (Formato número 3).

4. Formato de solicitud por parte de la entidad territorial, para el giro sin situación de fondos a las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, en aplicación del literal e) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003 (Formato número 4).

ARTÍCULO 2o. El giro de los recursos de que trata la presente resolución, está sujeto al correcto diligenciamiento de los medios físicos, el ingreso exacto de los datos en los medios magnéticos que se dispongan para el efecto, la veracidad de la información y la presentación de los formatos señalados en el artículo anterior, ante el Ministerio de la Protección Social en los términos y condiciones señalados por el Decreto 050 de 2003.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de mayo de 2003.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

Ministerio de la Proteccion Social

Instructivo para el diligenciamiento del formato de solicitud por parte de las Administradoras del Régimen Subsidiado para el giro de los recursos de la Subcuenta de solidaridad del Fosyga (artículo 24, literal a) del Decreto 050  de 2003)

FORMATO NUMERO 2

1. Información general de la ARS solicitante

Corresponde a la información general de la persona jurídica que solicita el giro directo a la ARS.

1.1 Razón social / nombre: Registre el nombre completo de la ARS.

1.2 NIT: Suministre el Número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN.

1.3 Código Supersalud: Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la ARS.

1.4 Código DANE (entidad territorial): Suministre el código asignado por el DANE a la entidad territorial.

1.5 Dirección: Diligencie la dirección y ciudad del domicilio principal.

1.6 Teléfono: Escriba el número telefónico.

1.7 Fax: Número del fax, a donde se pueda remitir información oficialmente.

1.8 E-Mail: Escriba la dirección de correo electrónico.

1.9 Fecha de presentación formato: Escriba la fecha en la cual la ARS presenta el formato al Ministerio de la Protección Social.

1.10 Nombre del representante legal: Escriba el nombre del representante legal de la ARS.

1.11 Documento de identidad: Suministre el tipo y número de documento de identificación del representante legal.

1.12 Cuenta bancaria ARS: Suministre la información correspondiente a la cuenta bancaria donde consigna los recursos del Régimen Subsidiado. (Se deberá anexar el certificado de la entidad bancaria que incluya los mismos datos consignados por la ARS en este numeral).

1.12.1 Banco: Escriba el banco al que pertenece la cuenta bancaria.

1.12.2 Número de cuenta: Escriba el número de cuenta bancaria donde la ARS consigna los recursos del Régimen Subsidiado.

1.12.3 Tipo: Especifique el tipo de cuenta bancaria con una X, si es de Ahorros o Corriente.

1.12.4 Titular de la cuenta: Diligencie el nombre del titular de la cuenta bancaria.

1.12.5 Documento de identidad del titular de la cuenta: Corresponde al tipo y No. de documento de identidad del titular de la cuenta.

1.13 Nombre del revisor fiscal: Especifique el nombre del revisor fiscal de la ARS.

1.13.1 Documento de identidad: Suministre el tipo y número de documento de identificación del revisor fiscal.

2. Información sobre mora (en relación con lo establecido en el literal a) artículo 24 Decreto 050 de 2003)

2.1 Número de contrato: Registre el número de contrato en relación con el cual se solicita el giro directo.

2.2 Novedad de contrato: Escriba, otrosí, adición o modificatorio al contrato inicial si la solicitud de giro se hace con relación a esta novedad.

2.3 Número de la novedad de contrato: Diligencie el número del acto administrativo correspondiente a la novedad del contrato, si se diligencia el numeral anterior.

2.4 Período de contratación: Registre el día, mes y año en que inició el contrato o novedad con la entidad territorial, así como el día, mes y año en que finaliza o finalizó. En formato dd/mm/aaaa.

2.5 Tiempo de mora en el pago: En aplicación del literal a) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003, precise el número de días de mora de la entidad territorial, desde la fecha inicial en que la entidad territorial no ha efectuado el pago de sus obligaciones contractuales hasta la fecha en que la ARS efectúa la solicitud de giro directo por incumplimiento del contrato.

2.6 Monto adeudado: Señale el valor adeudado por la entidad territorial en relación con los días de mora total, de terminados en el ítem anterior y en aplicación del literal a) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003.

2.7 Bimestres a los que corresponde la deuda: Precise el(los) bimestre(s) específico(s) al(los) que corresponde la mora, en aplicación del literal a) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003, en relación con el período contractual señalado en el numeral anterior.

Ministerio de la Proteccion Social

Instructivo para el diligenciamiento del formato para la certificación de los contratos de Administración de recursos del Régimen Subsidiado (artículo 23, literal d) del Decreto 050 de 2003)

FORMATO NUMERO 1

1. Código del departamento: Escriba el código asignado por el DANE al departamento (2 dígitos).

2. Código del municipio: Registre el código asignado por el DANE al municipio (3 dígitos).

3. Código de la ARS: Suministre el código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud (6 campos alfanuméricos). Debe corresponder a las ARS que cuenten con autorización vigente.

4. Número del contrato: Escriba el número asignado por la entidad territorial (campo alfanumérico de máximo 4 dígitos). En caso de otrosí, modificatorio o adición deberá diligenciar el número de contrato inicial.

5. Acto administrativo: Diligencie el número y tipo de acto administrativo por el que se distribuyen los recursos del Fosyga para la vigencia contractual. Cuando se trate de Cajas de Compensación Familiar deberá especificarse.

6. Novedad de contrato: Diligencie si trata de otrosí, adición o modificatorio al contrato inicial.

7. Número de la novedad del contrato: Diligencie el número del otrosí, adicional o modificatorio de que habla el numeral anterior.

8. Número de afiliados: Registre el número de afiliados por los que se suscribe el contrato de administración de recursos del Régimen Subsidiado. (Sin decimales).

9. Fecha inicial del contrato: Suministre la fecha de inicio del contrato de administración de recursos del Régimen Subsidiado, en formato de fecha dd/mm/aaaa.

10. Fecha final del contrato: Suministre la fecha final del contrato de administración de recursos del Régimen Subsidiado, en formato de fecha dd/mm/aaaa.

11. Valor UPC subsidiado: Diligencie el valor de la Unidad de pago por capitación de acuerdo a lo aprobado por el CNSSS a la entidad territorial (especial o normal) para la correspondiente vigencia contractual. Sólo dos (2) decimales.

12. Valor del contrato: Escriba el valor resultante de multiplicar la UPC-S (11) por el número de afiliados del contrato (8). Sólo dos decimales.

13. Recursos Fosyga vigencia corriente: Escriba el valor de los recursos Fosyga de la vigencia corriente destinados a la financiación del contrato de acuerdo con la asignación del CNSSS o del Ministerio de la Protección Social, para la vigencia fiscal en curso.

14. Recursos Fosyga vigencia futura: Di ligencie el valor de los recursos Fosyga vigencia futura destinados a la financiación del contrato de acuerdo con la asignación del CNSSS o el Ministerio de la Protección Social.

15. Recursos Sistema General de Participaciones de Continuidad: Diligencie el valor de los recursos del Sistema General de Participaciones destinados a la financiación de los contratos, asignados a la entidad territorial para financiar la continuidad de los contratos de régimen subsidiado en la correspondiente vigencia fiscal.

16. Recursos Sistema General de Participaciones de Ampliación: Diligencie el valor de los recursos del Sistema General de Participaciones destinados a la financiación de los contratos, asignados a la entidad territorial para financiar la ampliación de cobertura en la correspondiente vigencia fiscal.

17. Recursos de Cajas de Compensación Familiar: Diligencie el valor de los recursos a que hace referencia el artículo 217 de la Ley 100 de 1993 destinados a la financiación del contrato.

18. Recursos Etesa obligatoria destinación régimen subsidiado: Registre los recursos Etesa de que trata el parágrafo 1o del artículo 42 de la Ley 643 de 2001 comprometidos en este contrato.

19. Recursos propios: Registre los recursos de cofinanciación de esfuerzo propio territorial que concurren en el contrato de acuerdo con lo siguiente.

19.1 Ingresos corrientes municipales: Registre los recursos de ingresos corrientes de la entidad territorial que se destinan a la financiación del contrato. (Parágrafo 2o, artículo 48 de la Ley 715 de 2001).

19.2 Sistema General de Participaciones - propósito general: Diligencie los recursos de la participación de propósito general que el municipio destinó a la financiación del contrato. (Parágrafo 3o, artículo 48 de la Ley 715 de 2001).

19.3 Recursos de capital: Diligencie los recursos de capital u otros considerados en este rubro que el municipio adquirió para realizar ampliaciones de cobertura y que destinó para la financiación del contrato. (Parágrafo 2o, artículo 48 Ley 715 de 2001).

19.4 Otros recursos propios: Diligencie otros recursos de esfuerzo propio distintos a los definidos en las casillas 19.1, 19.2 y 19.3.

20. Recursos de vigencias anteriores no comprometidos o no ejecutados: Diligencie los recursos del régimen subsidiado de vigencias anteriores que se destinen en esta vigencia para la financiación del contrato de acuerdo con lo siguiente:

20.1 Participaciones municipales en los ingresos corrientes de la Nación vigencias anteriores: Corresponde a los recursos de las participaciones municipales en los ingresos corrientes de la Nación que por ley se debieron destinar al Régimen Subsidiado, no comprometidos o no ejecutados en vigencias anteriores y que se destinan a la financiación del contrato. Estos recursos deben comprometerse en los términos establecidos por la normatividad vigente.

20.2 Rentas cedidas transformadas en vigencias anteriores: Corresponde a las rentas cedidas transformadas no comprometidas o no ejecutadas en vigencias anteriores y que se destinan a la financiación del contrato. Estos recursos deben comprometerse en los términos establecidos por la normatividad vigente.

20.3 Situado fiscal transfor mado en vigencias anteriores: Corresponde al Situado Fiscal transformado no comprometido o no ejecutado en vigencias anteriores y que se destinan a la financiación del contrato. Estos recursos deben comprometerse en los términos establecidos por la normatividad vigente.

20.4 Etesa vigencias anteriores: Registre los recursos Etesa de obligatoria destinación al Régimen Subsidiado no comprometidos o no ejecutados en vigencias anteriores y que se destinan a la financiación del contrato. Estos recursos deben comprometerse en los términos establecidos por la normatividad vigente.

20.5 Fosyga vigencias anteriores: Registre los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga no comprometidos o no ejecutados en vigencias anteriores y que se destinan a la financiación del contrato. Estos recursos deben comprometerse en los términos establecidos por la normatividad vigente.

20.6 Sistema General de Participaciones Vigencias Anteriores. Registre los recursos del Sistema General de Participaciones asignados para financiar el Régimen Subsidiado en Vigencias Anteriores no comprometidos o no ejecutados y que se destinan a la financiación del contrato. Estos recursos deben comprometerse en los términos establecidos por la normatividad vigente.

21. Número de convenio: Registre el número asignado por el Ministerio de la Protección Social al Convenio Marco de Gestión del Régimen Subsidiado suscrito con la entidad territorial (Si está suscrito).

22. Nombre del representante legal de la entidad territorial: Escriba el nombre del representante legal de la entidad territorial.

23. Firma del representante legal de la entidad territorial: En constancia de la veracidad de la información consignada en el formato, el representante legal deberá firmar el formato.

La información digitada y presentada en medio físico, debe corresponder a las características definidas para cada campo. Ejemplo: El código de la ARS, debe ser exacto al asignado por la Superintendencia Nacional de Salud.

Ministerio de la Proteccion Social

Instructivo para el diligenciamiento del formato para la certificación por parte de la entidad territorial para el giro sin situación de fondos a las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) de los recursos de la Subcuenta de solidaridad del Fosyga (artículo 25 del Decreto 050 de 2003)

FORMATO NUMERO 3

Instrucciones generales:

Este formato deberá ser diligenciado por la entidad territorial en cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 25 del Decreto 050 de 2003 cuando sea requerido por el Ministerio de la Protección Social. Este formato deberá ser remitido al Ministerio de la Protección Social dentro de los (5) días hábiles contados a partir del recibo de la comunicación.

1. Identificación de la entidad territorial (E. T.):

Corresponde a la información general de la entidad territorial que suscribió contratos de Régimen Subsidiado con una Administradora de Régimen Subsidiado.

1.1 Nombre: Registre el nombre completo de la E. T.

1.2 NIT: Suministre el Número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN a la E. T.

1.3 Código DANE: Suministre el código asignado por el DANE a la E. T.

1.4 Dirección: Diligencie la dirección y ciudad del domicilio principal de la E. T.

1.5 Teléfono: Escriba el número telefónico.

1.6 Fax: Número del fax, a donde se pueda remitir información oficialmente.

1.7 E-Mail: Escriba la dirección de correo electrónico de la E. T.

1.8 Fecha de presentación formato entidad: Escriba la fecha en la cual presenta el formato al Ministerio de la Protección Social.

2. Requerimientos a entidad territorial en relación con el estado de cuenta con cada ARS:

2.1 Información sobre el estado de cuenta del contrato.

2.1.1 Número de contrato suscrito con la ARS: Registre el número del contrato de aseguramiento suscrito con la ARS, del que procede el giro.

2.1.2 Novedad de contrato: Escriba, otrosí, adición o modificatorio al contrato inicial si la solicitud de giro se hace en relación con esta novedad.

2.1.3 Número de la novedad de contrato: Diligencie el número del acto administrativo correspondiente a la novedad del contrato, si se diligencia el numeral anterior.

2.1.4 Valor total del contrato: Corresponde al valor del contrato de aseguramiento suscrito con la ARS.

2.1.5 Monto adeudado: Corresponde al monto total que a la fecha de presentación de la información se adeuda a la ARS.

2.1.6 Número de afiliados por los que se reconoce UPC-S: Corresponde a la población por la cual se reconoce UPC-S de acuerdo con la normatividad vigente, en el momento del diligenciamiento de este formato.

2.1.7 Valor de las UPC-S a reconocer en el período y bimestre al que corresponde la información de los numerales 2.1.4., 2.1.5. y 2.1.6: Corresponde al valor de la UPC S a ser reconocidas por la entidad territorial a la ARS con la que suscribió contrato(s) de aseguramiento de Régimen Subsidiado, de acuerdo con el número total de personas aseguradas en los contratos suscritos con la ARS y la garantía de la prestación del Plan Obligatorio de Salud, en relación con los bimestres en mora y el bimestre que transcurre cuando se solicita el giro directo.

2.1.7.1 Valor primer bimestre: Registre el valor total adeudado para este bimestre. (Si se adeuda).

2.1.7.2 Valor segundo bimestre: Registre el valor total adeudado para este bimestre. (Si se adeuda).

2.1.7.3 Valor tercer bimestre: Registre el valor total adeudado para este bimestre. (Si se adeuda).

2.1.7.4 Valor cuarto bimestre: Registre el valor total adeudado para este bimestre. (Si se adeuda).

2.1.7.5 Valor quinto bimestre: Registre el valor total adeudado para este bimestre. (Si se adeuda).

2.1.7.6 Valor sexto bimestre: Registre el valor total adeudado para este bimestre. (Si se adeuda).

2.1.8 Período de contratación: Registre el día, mes y año en que inició la contratación suscrita con la ARS reportada, así como el día, mes y año en que finaliza o finalizó.

2.2 Informe de interventoría: Marque con una X si la ET anexa el informe de la Interventoría de los Contratos de Régimen Subsidiado, como garantía de la prestación del Plan Obligatorio de Salud de que trata el numeral 2.1.7.

2.3 Resultado informe de interventoría: Marque con una X si el Interventor de los Contratos de Régimen Subsidiado de la ET aprobó o denegó el pago respectivo.

Certificación entidad territorial

El Representante Legal del Municipio y el Interventor de los Contratos de Régimen Subsidiado de la ET deben certificar que la ARS relacionada en el formato cumplió o no con la obligación de prestar el Plan Obligatorio de Salud a la población afiliada.

Unicamente se dará por cierta aquella información que se encuentre debidamente firmada en original por parte del Alcalde Municipal y del Interventor de los Contratos de Régimen Subsidiado de la ET. En caso incumplirse esta instrucción, el Ministerio procederá a aplicar el giro directo conforme a lo establecido en el Decreto 050 de 2003.

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