RESOLUCION 2399 DE 2005
(julio 28)
Diario Oficial No. 45.988 de 02 de agosto de 2005
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se adopta el formato de certificación de las declaraciones de giro y compensación.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por el Decreto 205 de 2003 y en desarrollo del Decreto 2280 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 2280 de 2004 se reglamentó el proceso de compensación y funcionamiento de la Subcuenta de compensación interna del Régimen Contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga y en su artículo 16 se determinó el contenido de la Certificación que el Revisor Fiscal de la entidad respectiva o quien haga sus veces, debe presentar ante el Fosyga, cuando la misma no esté obligada a tener Revisor Fiscal,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el Formato número 4 de Certificación de las declaraciones de giro y compensación por el Revisor Fiscal de la Entidad Promotora de Salud o Entidad Obligada a Compensar y el correspondiente instructivo, los cuales hacen parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de julio de 2005.
El Ministro de la Protección Social,
DIEGO PALACIO BETANCOURT.
Formato numero 4
Certificación de Revisoría Fiscal
Proceso por el cual se presenta la certificación MM/AAAA
Fecha de presentación de la certificación DD/MM/AAAA
EL SUSCRITO REVISOR FISCAL DE
Código de la EPS o EOC ______________________
Nombre o Razón Social _____ ___________________________
CERTIFICA
1. Que se observaron íntegramente las normas legales en los procesos de afiliación, recaudo y compensación que soportaron las declaraciones de giro y compensación presentadas ante el Administrador Fiduciario del Fosyga por el proceso que se certifica.
2. Que la información presentada por la EPS o EOC ante el Administrador Fiduciario del Fosyga, respecto del proceso respectivo, corresponde a la realidad, de acuerdo con los registros, archivos y soportes, en poder de la Entidad.
3. Que la disposición de los recursos fue realizada con base en los recaudos efectuados en las cuentas registradas para el efecto y las declaraciones de giro y compensación presentadas y aprobadas.
4. Que los recursos correspondientes a las diferentes Subcuentas del Fosyga fueron girados previamente a la disposición de recursos.
5. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7o del Decreto 2280 de 2004, la EPS o EOC giró al Fosyga los recursos correspondientes a las cotizaciones y UPC adicionales que no fueron objeto del proceso de compensación en la fecha prevista para tal fin en la normatividad vigente.
6. Que el número total de afiliados activos es ____________________________________
7. Que el número total de afiliados con acuerdos de pago vigentes es________ ____________________________
8. Que el número total de afiliados con cotizaciones en mora es_____________ ____________________________
9. Que el número total de afiliados compensados es ____________________________
FIRMA DEL REVISOR FISCAL
NOMBRE DEL REVISOR FISCAL
NUMERO DE TARJETA PROFESIONAL
NUMERO DE IDENTIFICACION
INSTRUCCIONES PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO No 4
CERTIFICACION DE REVISORIA FISCAL
Este formato se debe presentar el mes siguiente al de presentación del proceso que se certifica, ante el Administrador Fiduciario del Fosyga, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 2280 de 2004.
1. Proceso por el cual se presenta la certificación. Corresponde al mes por el que se presenta la certificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8o y 13 del Decreto 2280 de 2004.
2. Fecha de presentación de la certificación. Corresponde a la fecha de la presentación de este documento ante el administrador fiduciario del Fosyga.
6. Número total de afiliados activos. Corresponde al número de afiliados activos en la base de datos única de afiliados, para el mes por el que se presenta la certificación.
7. Número total de afiliados con acuerdos de pago vigentes. Corresponde al número de afiliados que se encuentran en mora y tienen acuerdos de pago vigentes con la EPS o EOC, para el mes por el que se presenta la certificación.
8. Número total de afiliados con cotizaciones en mora que cumplen los requisit os del artículo 22 del Decreto 2280 de 2004 y que se están compensando, para el mes por el que se presenta la certificación
9. Número total de afiliados compensados. Corresponde al número total de afiliados compensados, para el mes por el que se presenta la certificación.
10. Firma del Revisor Fiscal o quien haga sus veces. Se debe registrar la firma del Revisor Fiscal o quien haga sus veces, de la EPS o EOC.
11. Nombre del Revisor Fiscal o quien haga sus veces. Se debe registrar el nombre completo del Revisor Fiscal o quien haga sus veces (nombres y apellidos).
12. Número de tarjeta profesional. Se debe registrar el número de tarjeta profesional del Revisor Fiscal o quien haga sus veces.
13. Número de identificación. Se debe registrar el número de identificación del Revisor Fiscal o quien haga sus veces.
Este formato debe diligenciarse totalmente y no puede presentar tachones y/o enmendaduras. En los eventos en que no se diligencie completamente o de presentar tachones y/o enmendaduras, la certificación se tendrá por no presentada en los términos del artículo 11 del Decreto 2280 de 2004, situación que el Administrador Fiduciario de los recursos del Fosyga informará a la EPS o EOC y a la Superintendencia Nacional de Salud.