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RESOLUCION 3697 DE 2004

(noviembre 5)

Diario Oficial 45.729 de 11 de noviembre de 2004

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 890 de 2002 derogada por el artículo 15 de la Resolución 1149 de 2006>

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 890 de 2002.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en la Ley 100 de 1993, la Ley 715 de 2001 y el Decreto-ley 205 de 2003,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2o del Decreto 3260 de 2004 estableció los nuevos requisitos para el giro de recursos de la subcuenta de solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, a las entidades territoriales;

Que a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el citado Decreto 3260 de 2004 se requiere modificar la Resolución 890 de 2002;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 1149 de 2006> Modificar el artículo 13 de la Resolución 890 de 2002, el cual quedará así:

Artículo 13. Soporte para el giro en el régimen subsidiado. Para el giro de los recursos de la subcuenta de solidaridad del Fosyga se deberá dar cumplimiento a los requisitos señalados en el artículo 2o del Decreto 3260 de 2004.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de noviembre de 2004.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Beta ncourt.

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