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RESOLUCIÓN 4427 DE 2011

(septiembre 29)

Diario Oficial No. 48.208 de 30 de septiembre de 2011

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 1275 de 2011 derogada por el artículo 3 de la Resolución 65 de 2011>

Por la cual se modifica la Resolución 1275 de 2011.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 173 de la Ley 100 de 1993, y el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución 1275 de 2011 derogada por el artículo 3 de la Resolución 65 de 2011> Para la realización del pago previo correspondiente a la radicación del mes de septiembre de 2011, amplíase el plazo previsto en el artículo 1o de la Resolución 1275 de 2011 hasta el 30 de septiembre de 2011.

ARTÍCULO 2. <Resolución 1275 de 2011 derogada por el artículo 3 de la Resolución 65 de 2011> La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 29 de septiembre de 2011.

El Ministro de la Protección Social,

MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.

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