RESOLUCIÓN 2521 DE 2022
(diciembre 15)
Diario Oficial No. 52.249 de 15 de diciembre de 2022
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se determinan los criterios de priorización y se establecen los requisitos para la asignación de recursos del proyecto con código BPIN 2018011000036 “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional” para proyectos relacionados con adecuaciones-físicas de puestos y centros de salud de Empresas Sociales del Estado.
LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida por el numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y en desarrollo de la Resolución 5514 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 42 de la Ley 715 de 2001 asigna a la Nación, la dirección del Sector Salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio nacional, de acuerdo con la diversidad regional y el ejercicio de sus competencias, dentro de las cuales se encuentra la de impulsar, coordinar y evaluar programas, planes y proyectos de inversión en materia de salud, con recursos diferentes a los del Sistema General de Participaciones.
Que, este Ministerio a través de la Resolución 5514 de 2013, estableció que los actos administrativos que soporten la ejecución de recursos, a través del mecanismo de transferencia o asignación directa a entidades territoriales y sus entes adscritos o vinculados, deberán enmarcarse en los requisitos allí previstos y atender a la planeación que la dependencia responsable de la ejecución efectúe para dicha vigencia, y en el parágrafo 2 de su artículo 1o señala que “en todo caso la reglamentación para dicha transferencia deberá ser previa y establecida mediante acto administrativo diferente de aquellos con los cuales se hace la distribución de los recursos”.
Que el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN), es una herramienta a cargo del Departamento Nacional de Planeación que tiene por finalidad orientar la asignación de recursos a proyectos viables, prioritarios y elegibles, en virtud de esto, la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de esta Cartera Ministerial inscribió en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional el proyecto con código -BPIN, 2018011000036 “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional”.
Que este Ministerio, en desarrollo del precitado proyecto y con la finalidad de materializar y garantizar el derecho fundamental a la salud para millones de residentes en el territorio nacional, asignará recursos para la adecuación física de la infraestructura de puestos y centros de salud de las Empresas Sociales del Estado, atendiendo el deterioro que estos presenten.
Que la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de esta Cartera Ministerial, le solicitó a los departamentos, distritos y Empresas Sociales del Estado, presentar proyectos relacionados con adecuaciones físicas de los puestos y centros de salud que presenten un deterioro igual o superior al 50% en su infraestructura, de acuerdo con lo reportado en el Sistema de Gestión Hospitalaria - SIHO.
Que, con los proyectos presentados por las entidades territoriales departamentales, distritales y Empresas Sociales del Estado, la referida Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, una vez evaluada dicha documentación, constituyó una base de proyectos de adecuaciones físicas de puestos y centros de salud con deterioro igual o superior al 50% en su infraestructura.
Que, con fundamento en lo señalado, es necesario determinar los criterios de priorización y establecer los requisitos para la asignación de recursos del proyecto con código BPIN 2018011000036 “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto determinar los criterios de priorización y establecer los requisitos para la asignación de recursos del proyecto con código BPIN 2018011000036 “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional” para proyectos relacionados con adecuaciones físicas de puestos y centros de salud de Empresas Sociales del Estado que presenten un deterioro igual o superior al 50% de acuerdo con lo reportado en el Sistema de Gestión Hospitalaria - SIHO o con la información suministrada por las entidades territoriales.
PARÁGRAFO: Se consideran proyectos de adecuación, la intervención que se realice a la infraestructura física de la Empresa Social del Estado sin incremento del área construida, conservando su uso y mejorando las condiciones existentes de acabados y tecnología.
ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones previstas en la presente resolución se encuentran dirigidas a las entidades territoriales distritales, departamentales y a las Empresas Sociales del Estado.
ARTÍCULO 3o. CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN. A los proyectos de inversión que estén registrados en la “base de proyectos de adecuaciones físicas de puestos y centros de salud con deterioro igual o superior al 50% en su infraestructura”, administrada por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio, se les aplicarán los siguientes criterios de priorización:
3.1. Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización: Contar con Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de Redes de Empresas Sociales del Estado viabilizado por el Ministerio de Salud y Protección Social.
3.2. Relevancia dentro de la red: proyectos de inversión que apoyen el fortalecimiento de la capacidad instalada en la prestación de servicios de salud en el departamento, distrito o municipio.
3.3. Concepto técnico de viabilidad: El proyecto debe contar con concepto técnico favorable de viabilidad emitido por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio.
3.4. Monto del proyecto: proyectos de inversión que no superen los topes definidos por el Comité Asesor para la Asignación de Recursos de los proyectos a cargo de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, conforme con lo dispuesto en el numeral 3.1 del artículo 3o de la Resolución 1383 de 2021.
PARÁGRAFO. Este Ministerio una vez aplicados los criterios definidos en la presente resolución y determinados los proyectos que serán objeto de asignación de recursos, los incluirá en el aplicativo del plan bienal de inversiones en salud del departamento o distrito correspondiente.
ARTÍCULO 4o. HABILITACIÓN. Cuando la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria determine que los puestos y centros de salud que puedan ser objeto de asignación de recursos, no estén habilitados en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud - REPS y se consideren de relevancia dentro de la Red, solicitará al departamento o al distrito remitir oficio comprometiéndose a realizar dicho trámite a la finalización de la ejecución de las obras.
ARTÍCULO 5o. ASIGNACIÓN DE RECURSOS. Este Ministerio, mediante acto administrativo y previa recomendación del Comité Asesor para la Asignación de Recursos de los Proyectos a cargo de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, asignará los recursos del proyecto “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional” y determinará las Empresas Sociales del Estado beneficiarias, el monto de los recursos que se asignan, los requisitos para el giro y el seguimiento a la ejecución de estos.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2022.
La Ministra de Salud y Protección Social,
Diana Carolina Corcho Mejía