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CIRCULAR 7 DE 2024

(enero 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS

De:Subgerencia Administrativa y Financiera
Para:Servidores Públicos y contratistas de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
Asunto:Lineamientos para proceder con el pago de facturas a proveedores y contratistas.

Para la recepción, causación y pago de facturas es importante realizar el siguiente proceso:

Enviar al email facturacion@esu.com.co con la siguiente información:

1. Contrato y sus adiciones cuando haya lugar.

2. Recibo a satisfacción debidamente diligenciado y firmado.

3. Certificado de pago de aportes a la seguridad social y parafiscales emitido según lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002.

4. Informe entregado por el proveedor o contratista sobre la ejecución de sus actividades.

5. Informe final o parcial de supervisión por parte del supervisor:

Teniendo en cuenta las obligaciones que atañen a los supervisores de los contratos, es su deber realizar las validaciones jurídicas, técnicas, administrativas y financieras de la ejecución de los contratos a su cargo antes de proceder con el pago de las facturas presentadas por los proveedores y contratistas, en consecuencia, se deberá realizar el informe de supervisión parcial o final que deberá ser presentado junto con el recibo a satisfacción y demás documentos necesarios para el pago.

El informe parcial o final de supervisión se encuentra consagrado en el sistema de gestión documental y será exigido para los pagos que sean solicitados a partir del primero julio de 2024.

6. Rut (Nuevo proveedor)

7. Certificado bancario (Nuevo proveedor)

8. Factura de venta: Debe incluir los siguientes requisitos de acuerdo con el Art 617 ET y la Resolución No. 000165 de noviembre de 2023 (facturación electrónica).

- Estar denominada expresamente como factura de venta.

- Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.

- Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, junto con la discriminación del IVA pagado.

- Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta.

- Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.

- Valor total de la operación.

- El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.

- Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

- Formato electrónico de generación XML estándar que fue establecido por la DIAN.

- Código CUFE (Código Único de Factura Electrónica).

- Fecha y hora de recibo de la Factura Electrónica de venta.

- Forma de pago.

- Proveedor tecnológico que intercede en la factura con NIT e identificador de software.

La presente circular rige a partir de la fecha de expedición.

Comuníquese y cúmplase,

NATHALIA RESTREPO CARO

Subgerente Administrativa y Financiera.

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