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CIRCULAR 18 DE 2013

(noviembre 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

EMPRESA PARA LA SEGURIDAD Y SOLUCIONES URBANAS

Para:TODO EL PERSONAL

De:

MANUEL RICARDO SALGADO PINZÓN
GERENTE

Asunto:

Liquidación contratos.

Basado en la normatividad del Artículo 60 de ley 80 de 1993 y el artículo 11 la ley 1150 de 2007 donde se estipula la liquidación de los convenios dentro de los 4 meses siguientes a su terminación, y de conformidad con los lineamentos y procesos al interior de la ESU, se le informa a los encargados de cada una líneas de negocios de la empresa y a quienes supervisan los contratos, que una vez finalizados éstos, se debe proceder con la suscripción del acta de liquidación dentro de un plazo de 3 meses.

Lo anterior con el fin darle celeridad a la liquidación de los convenios interadministrativos.

Atentamente,

MANUEL RICARDO SALGADO PINZÓN

Gerente

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