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RESOLUCIÓN 267 DE 2011

(marzo 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

EMPRESA PARA LA SEGURIDAD URBANA - ESU

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 536 de 2014>

Por la cual se constituye el Sistema de Gestión integral en la Empresa Para la Seguridad Urbana - ESU, se conforma y reglamenta el Comité de Calidad y Control Interno y se nombra el Representante de la Alta Dirección para la implementación, desarrollo y mantenimiento del Sistema.

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PARA LA SEGURIDAD URBANA - ESU,

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el decreto 178 de 2002 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, establece que "la administración pública, en todos sus órdenes tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”

Que mediante decreto 1599 de 2005 se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI. 1000:2005

Que mediante resolución 140 de 13 de diciembre de 2005, se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno MECI 100:2005 para la Empresa Metropolitana para la Seguridad, ahora Empresa Para la Seguridad Urbana - ESU

Que el Acuerdo Municipal 25 de 2007, estableció la obligatoriedad de la administración central y descentralizada del Municipio de Medellín, de implementar el Sistema de Gestión de Calidad

Que por resolución 079 de 2008 se adoptó la Norma Técnica de Calidad NTCGP 1000:2004 para la Empresa Metropolitana para la Seguridad ahora Empresa Para la Seguridad Urbana-ESU

Que atendiendo lo preceptuado en la circular 1000-002-007 del Departamento Administrativo de la Función Pública, “Como es de su conocimiento, la Norma Técnica de la Calidad NTCGP-1000:2004 es complementaria al Sistema de Control Interno y su adecuada armonización con el MECI persigue el doble propósito de lograr una mayor satisfacción social del ciudadano y un mejoramiento permanente de la gestión pública

Como quiera que la implementación del MECI 1000:2005 y la NTCGP 1000:2004 son procesos paralelos, es recomendable que sea un solo equipo al interior de cada entidad el que se responsabilice de la implementación correspondiente, con el ánimo de reducir costos y en la búsqueda de una mayor eficiencia y eficacia institucional.",

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 536 de 26 de septiembre de 2014 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> Constituir el Sistema de Gestión integral en la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU, conformado por el modelo estándar de control interno MECI 1000:2005, la Norma Técnica de Calidad NTCGP 1000:2004 y el Sistema de Desarrollo Administrativo.

ARTÍCULO 2. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 536 de 26 de septiembre de 2014 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> El comité de Calidad y Control Interno estará conformado así:

Secretario General o su delegado

Director Comercial o su delegado

Director de Servicios o su delegado

Director Administrativo, Financiero y de Planeación o su delegado

Coordinador de Calidad

Profesional Gestión del Talento Humano

Profesional en Mercadeo

Profesional Administrador de la red

Coordinador de Infraestructura

Tecnólogo de Archivo

Asesor Control Interno o su delegado

ARTÍCULO 3. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 536 de 26 de septiembre de 2014 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> Funciones del Comité:

- Formular las políticas, objetivos, planes y estrategias del Sistema de Gestión articulados con los demás sistemas.

- Definir y gestionar los recursos necesarios para la implementación y puesta en marcha del Sistema de Gestión Integral.

- Definir estrategias y mecanismos para interiorizar el Sistema de Gestión Integral en los servidores de la Entidad.

- Fomentar la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos y procurar su implementación en la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU.

- Revisar periódicamente el Sistema de Gestión Integral, analizar su desempeño y tomar decisiones para su mejoramiento.

ARTÍCULO 4. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 536 de 26 de septiembre de 2014 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> Designar al Director Administrativo, Financiero y de Planeación, como Representante de la Alta Dirección, para la implementación desarrollo y mantenimiento del sistema de Gestión Integral de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU.

ARTÍCULO 5. VIGENCIA Y DEROGATORIA. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 536 de 26 de septiembre de 2014 de la Empresa para la Seguridad Urbana - ESU> La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y deroga todas las demás disposiciones que le sean total o parcialmente contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Medellín, a los veinticinco (25) días del mes de marzo de 2011.

JESÚS MARÍA RAMÍREZ CANO

Gerente

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