CIRCULAR 12 DE 2014
(diciembre 29)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES
PARA: | Directores, Subdirectores y Jefes De Oficina |
DE: | Directora General |
ASUNTO: | Tabla de Honorarios de Contratos de Prestación de Servicios Profesionales, Vigencia 2015, para Direcciones de Evaluación, Dirección de Tecnología y Oficina Asesora de Gestión de Proyectos de Investigación del ICFES. |
Para la estimación de los honorarios mensuales de las personas naturales contratadas para la prestación de servicios profesionales en Ingeniería de Sistemas o Ciencias Estadísticas y afines para apoyar las actividades misionales de la Direcciones de Evaluación, la Dirección Tecnología y la Oficina Asesora de Gestión de Proyectos de Investigación del ICFES durante la vigencia 2015, se tendrán en cuenta los valores y criterios señalados en la siguiente tabla, así:
Categoría | Nivel | Hasta | Requisitos |
IV | 8 | 17.5 SMLMV | TP + O + mínimo 48 ME o TP + M + mínimo 60 ME |
IV | 7 | 16 SMLMV | TP + D + mínimo 36 ME o TP + M + mínimo 48 ME |
IV | 6 | 14.5 SMLMV | TP + D + mínimo 24 ME o TP + M + mínimo 36 ME |
IV | 5 | 13.5 SMLMV | TP + D + mínimo 12 ME o TP + M + mínimo 24 ME |
IV | 4 | 13 SMLMV | TP + E + mínimo 37 ME |
IV | 3 | 12.5 SMLMV | TP + E + mínimo 25 ME |
IV | 2 | 12 SMLMV | TP + E + mínimo 13 ME |
IV | 1 | 11.5 SMLMV | TP + E + mínimo 6 ME |
111 | 7 | 11SMLMV | TP + mínimo 37 ME o TP + M |
111 | 6 | 10.5 SMLMV | TP + mínimo 25 ME o TP + E |
III | 5 | 10 SMLMV | TP + minimol9 ME |
III | 4 | 9.5 SMLMV | TP + mínimo 13 ME |
III | 3 | 9.0 SMLMV | TP + mínimo 7 ME |
III | 2 | 8.5 SMLMV | TP + mínimo 3 ME |
III | 1 | 8 SMLMV | TP |
SIGLAS
TP | Título Profesional. |
E | Título de posgrado en la modalidad de Especialización. |
MA | Título de Posgrado en la modalidad de Maestría. |
ME | Meses de Experiencia relacionada con el objeto del contrato. |
TMP | Terminación de Materias — Profesional (Educación Superior). |
D | Doctorado |
EQUIVALENCIAS
1. Título de Posgrado en la Modalidad de Doctorado por 4 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato.
2. Titulo de Posgrado en la Modalidad de Maestría por 3 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato o viceversa o por título de Posgrado en la modalidad de especialización y dos años de experiencia relacionada con el objeto del contrato.
3. Título de Posgrado en la Modalidad de Especialización por 2 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato o viceversa.
4. Título Profesional adicional al exigido como requisito, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las actividades del contrato, por dos años de experiencia.
Es responsabilidad de los jefes del área o dependencia para los que el contratista prestará sus servicios señalar las razones objetivas que justifican la estimación de los honorarios, con base en la necesidad de la entidad y en los criterios académicos y de experiencia señalados.
Los criterios señalados en la presente Circular serán aplicados exclusivamente para los contratos de prestación de servicios profesionales en Ingeniería de Sistemas o Ciencias Estadisticas y afines que celebre el ICFES con personas naturales durante la vigencia 2015, para apoyar las actividades misionales de la Direcciones de Evaluación, la Dirección Tecnología y la Oficina Asesora de Gestión de Proyectos de Investigación del ICFES y sus áreas o dependencias; las demás áreas de la Entidad aplicarán los criterios definidos en la Circular 11 de 2014.
Las requisiciones y los correspondientes contratos cuyos honorarios hayan sido fijados en aplicación de los criterios señalados en la presente circular, deben ser autorizados directamente por la Dirección General del ICFES.
XIMENA DUEÑAS HERRERA
Directora General ICFES