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CIRCULAR 20 DE 2012

(diciembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

De: Directora General
Para: Directores, Subdirectores y Jefes de Oficina
Asunto: Tabla de Honorarios de Contratos de Prestación de Servicios de Profesionales en Estadística e Ingeniería de Sistemas

Para la estimación de los honorarios de las personas naturales contratadas para la prestación de servicios profesionales en Estadística e Ingeniería de Sistemas y de apoyo a la gestión por parte del ICFES, se tendrán en cuenta los valores y criterios señalados en la siguiente tabla, para la vigencia 2016, así

CategoriaNivelHastaRequisitos
IV 817.5 SMLMVTP + D + mínimo 48 ME o TP + M + mínimo 60 ME
IV716 SMLMVTP + D + mínimo 36 ME o TP + M + mínimo 48 ME
IV614.5 SMLMVTP + D + mínimo 24 ME o TP + M + mínimo 36 ME
IV513.5 SMLMVTP + D + mínimo 12 ME o TP + M + mínimo 24 ME
IV413 SMLMVTP + E + mínimo 37 ME
IV312.5 SMLMVTP + E + mínimo 25 ME
IV212 SMLMVTP + E + mínimo 13 ME
IV111.5 SMLMVTP + E + mínimo 6 ME
III 711 SMLMVTP + mínimo 37 ME o TP + M
III610.5 SMLMVTP + mínimo 25 ME o TP + E
III510 SMLMVTP + mínimo 19 ME
III49.5 SMLMVTP + mínimo 13 ME
III39.0 SMLMVTP + mínimo 7 ME
III28.5 SMLMVTP + mínimo 3 ME
III18 SMLMVTP

SIGLAS

TP: Título Profesional.
E: Título de posgrado en la modalidad de Especialización.
MA: Título de Posgrado en la modalidad de Maestría.
ME: Meses de Experiencia relacionada con el objeto del contrato.
TMP: Terminación de Materias - Profesional
D: Doctorado

EQUIVALENCIAS

1. Título de Posgrado en la Modalidad de Doctorado por 4 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato.

2. Título de Posgrado en la Modalidad de Maestría por 3 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato o viceversa o por título de Posgrado en la modalidad de especialización y dos años de experiencia relacionada con el objeto del contrato.

3. Título de Posgrado en la Modalidad de Especialización por 2 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato o viceversa.

4. Título Profesional adicional al exigido como requisito, siempre y cuando dicha formación adicional sean afin con las actividades del contrato, por dos años de experiencia.

Es responsabilidad de los jefes de área o dependencia para los que el contratista prestará sus servicios señalar las razones objetivas que justifican la estimación de los honorarios, con base en la necesidad de la entidad y en los criterios académicos y de experiencia señalados.

Los criterios señalados en la presente circular serán aplicados exclusivamente para los contratos de prestación de servicios profesionales de ingeniería de sistemas o ciencias estadísticas y afines que celebre el ICFES con personas naturales durante la vigencia 2015, para apoyar las actividades misionales de las Direcciones de Evaluación, la Dirección de Tecnología y la Oficina Asesora de Gestión de Proyectos de Investigación del ICFES y sus áreas o dependencias.

NOTA: Para la contratación de la vigencia 2016, se hará un incremento del 5% sobre el SMMV para 2015, el cual debe ser tenido en cuenta para la elaboraación.

XIMENA DUEÑAS HERRERA

Directora General ICFES

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