CIRCULAR 7 DE 2012
(febrero 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA
| PARA: | TODO EL PERSONAL |
| ASUNTO: | Nuevos lineamientos en materia contractual, para el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA. |
Que a través de las Resoluciones de Gerencia 0121-12 y 0122-12, se estableció el Comite Asesor y Evaluador y el Comité Directivo de Orientación, Seguimiento y Contratación, respectivamente.
De conformidad con lo anterior, se le informa a todo el personal, el trámite que se debe tener en cuenta para iniciar un proceso precontractual:
1. Antes de iniciar la elaboración de los estudios previos, cada Subgerente, Jefe de Oficina Asesora ó Director Operativo, deberá solicitar mediante memorando a la Oficina Asesora Jurídica la designación de un Comité Asesor y Evaluador, quien es el responsable de desarrollar cada proceso contractual conforme a la modalidad de selección establecida en la Ley.
2. La Oficina Asesora Jurídica es la encargada de designar, a través de Resolución dicho comité asesor y evaluador, que estará conformado por un número plural e impar.
3. El Comité Asesor y Evaluador, será el responsable de adelantar todas las etapas precontractuales, desde la elaboración de los estudios previos, hasta el informe de verificación y evaluación que contiene la recomendación de adjudicación.
4. Una vez elaborado los estudios previos por parte del Comité Asesor y Evaluador, éstos se deberán remitir a la Secretaria Técnica del Comité Directivo de Orientación, Seguimiento y Contratación (a cargo de la Dirección Administrativa).
5. El Comité de Orientación, Seguimiento y Contratación, es el responsable de orientar el inicio de los procesos precontractuales y contractuales.
6. El Comité de Orientación, Seguimiento y Contratación, será el responsable de revisar los siguientes asuntos: Estudios previos de los procesos contractuales (Licitación Pública, Selección Abreviada de Menor Cuantía y Concurso de Méritos), estudios previos de los procesos de mínima cuantía, estudios previos de contratos o convenios y las solicitudes de adición, ampliación y modificación de todos los contratos o convenios.
7. El Comité de Orientación, Seguimiento y Contratación, adicionalmente tiene dentro de sus funciones dar lineamientos en materia contractual.
8. El Comité de Orientación, Seguimiento y Contratación, sesionará ordinariamente el día jueves de cada semana, por lo tanto, para que los asuntos sean sometidos a estudio por parte del Comité, éstos deberán ser remitidos a la Secretaria Técnica todos los martes antes del medio día.
9. De cada reunión de Comité, se levantará un acta que contiene todas las recomendaciones y aprobaciones emitidas.
10. De acuerdo con lo anterior, el Comité de Orientación, Seguimiento y Contratación, será el encargado de realizar la labor de seguimiento y control en materia de delegación contractual.
Atentamente,
RODRIGO JARAMILLO RAMIREZ
Jefe Oficina Asesora Jurídica
LUZ ÁNGELA GONZÁLEZ GÓMEZ
Directora Administrativa - Secretaria Técnica
Comité de Orientación, Seguimiento y Contratación
