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CIRCULAR 7 DE 2013

(abril 02)

<Fuente: Archivo Interno entidad emisora>

INSTITUTO DE DESARROLLO PARA ANTIOQUIA

Para:Subgerentes, jefes de oficinas asesoras, jefe de control interno y directores.
De:Secretaría general.
Asunto:Directriz administrativa en cuanto al cumplimiento del manual de funciones y competencias laborales.

De conformidad con el asunto de la referencia, la Secretaría General en cumplimiento de la Constitución Política y la Ley. Respetuosamente me permito recordarles la siguiente disposición "... No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente... ", es decir, que todo servidor público tiene a su cargo el cumplimiento de funciones que le son propias y que se derivan del ejercicio del empleo que ocupa.

Dichas funciones están señaladas en los manuales específicos de funciones y requisitos y las asignadas por los superiores siempre que sean acordes y tengan relación con las inherentes al cargo o función y al nivel del empleo.

Lo anterior, con el ánimo de que evitemos establecer a los inmediatos colaboradores, funciones diferentes a las establecidas en el Manual de funciones o que correspondan a un nivel administrativo distinto al cual se encuentra nombrado el servidor público.

Atentamente,

CLAUDIA PATRICIA WILCHES MESA

Secretaria General

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Compilación Jurídica de IDEA
ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
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