CIRCULAR 7 DE 2013
(abril 02)
<Fuente: Archivo Interno entidad emisora>
INSTITUTO DE DESARROLLO PARA ANTIOQUIA
| Para: | Subgerentes, jefes de oficinas asesoras, jefe de control interno y directores. |
| De: | Secretaría general. |
| Asunto: | Directriz administrativa en cuanto al cumplimiento del manual de funciones y competencias laborales. |
De conformidad con el asunto de la referencia, la Secretaría General en cumplimiento de la Constitución Política y la Ley. Respetuosamente me permito recordarles la siguiente disposición "... No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente... ", es decir, que todo servidor público tiene a su cargo el cumplimiento de funciones que le son propias y que se derivan del ejercicio del empleo que ocupa.
Dichas funciones están señaladas en los manuales específicos de funciones y requisitos y las asignadas por los superiores siempre que sean acordes y tengan relación con las inherentes al cargo o función y al nivel del empleo.
Lo anterior, con el ánimo de que evitemos establecer a los inmediatos colaboradores, funciones diferentes a las establecidas en el Manual de funciones o que correspondan a un nivel administrativo distinto al cual se encuentra nombrado el servidor público.
Atentamente,
CLAUDIA PATRICIA WILCHES MESA
Secretaria General
