CIRCULAR 9 DE 2022
(Abril 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO DE DESARROLLO PARA ANTIOQUIA
| Para: | Todos los servidores públicos del IDEA. |
| Asunto: | Comunicación de trabajo en casa. |
A la fecha la Entidad continua con la posibilidad de que se realice trabajo en casa, en circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales (justa causa) que sean autorizados por cada jefe inmediato, en concordancia con las disposiciones legales vigentes, se les imparte a todos los servidores públicos del Instituto para el Desarrollo de Antioquia, los siguientes lineamientos:
- El trabajo en casa únicamente podrá ser establecido, siempre y cuando sea autorizado por el jefe inmediato de cada funcionario. (Para los Subgerentes o Jefes de Oficina, entiéndase jefe inmediato, el Gerente General).
- Se deben establecer mecanismos o instrumentos de seguimiento a las actividades desarrolladas por los servidores mediante el trabajo en casa, las cuales deben estar directamente relacionadas con las funciones de empleo.
- Debe promoverse en estos casos por los jefes inmediatos estrategias internas de comunicación e información en las cuales además se recuerde el respeto por la jornada laboral y también la importancia de armonizar la vida laboral con la familiar y personal.
- En los casos autorizados, cada jefe inmediato por lo menos con un día (1) hábil antes de autorizar el trabajo en casa, deberá informar mediante correo electrónico a la Dirección de Gestión Humana, los nombres de los funcionarios y las fechas en las que realizaran trabajo en casa, esto con el objetivo de que la Entidad pueda dar cumplimiento a la normatividad, en el sentido de notificar a la Administradora de Riesgos Laborales los datos del trabajador y la modalidad de trabajo en casa.
Cordialmente,
ALPIDIO BETANCUR ZULUAGA
Director de Gestión Humana
