CIRCULAR 11 DE 2019
(agosto 02)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO DE DESARROLLO PARA ANTIOQUIA
| Para: | Servidores públicos |
| Asunto: | Uso del parque automotor del IDEA. |
Atendiendo que es necesario emitir directrices en torno al uso de los vehículos que hacen parte del parque automotor, de propiedad del Instituto para el Desarrollo de Antioquía-IDEA-, en la presente, se pretende regular el particular, para lo cual se establece:
1. VEHICULOS DESTINADOS PARA LA REPRESENTANCIÓN DE LA ENTIDAD: Se destinará un vehículo automotor, tiempo completo, incluidos fines de semana, pertenecientes al parque automotor del IDEA, para la Gerencia. Esto, atendiendo las actividades que están asignadas en cabeza de la Gerente General.
2. EL RESTO DEL PARQUE AUTOMOTOR: Como es conocido, el Parque automotor del Instituto para el Desarrollo de Antioquía-IDEA-, está compuesto por ocho (8) vehículos automotores y tres (3) motocicletas. Teniendo presente que, de este parque automotor, se destinará un vehículo para uso exclusivo de la Gerencia, se otorga en la presente la claridad, acerca de que el parque automotor restante, debe ser destinado, única y exclusivamente para actividades misionales, esto es, para los desplazamientos que requieran en las respectivas comisiones fuera de la ciudad, así mismo, para las reuniones oficiales, que se efectúan al interior de la ciudad de Medellín y su Área Metropolitana.
3. TRASLADO DE SUBGERENTES, JEFES DE OFICINA Y DIRECTIVOS A SUS LUGARES DE RESIDENCIA: Sin perjuicio de lo anterior, es claro que los Subgerentes, Jefes de Oficina y directores, pueden ser trasladados desde y hacia el lugar de su residencia, no obstante, debe existir la claridad, acerca de que, en el uso del restante parque automotor, debe primar, las actividades misionales o aquellas que se originen en virtud de funciones asignadas al IDEA.
4. ASIGNACIÓN DEL PARQUE AUTOMOTOR: Se deja la claridad que todo el parque automotor, está asignado, en razón a que es un bien del Instituto, la Subgerencia Administrativa, quien tiene la función de velar, para el caso particular, por el correcto funcionamiento de los vehículos, debiendo para ello, realizar todas las actuaciones que considere necesarias, tales como mantenimientos y revisiones a que haya lugar.
En tal sentido, luego de los respectivos desplazamientos a que hubiere lugar, esto es, para realizar actividades misionales o para desplazar a los Subgerentes y Directivos a sus lugares de residencia, el vehículo de propiedad del IDEA y que no tiene la connotación de ser de representación, quedará a disposición de la Subgerencia Administrativa para su respectiva reasignación, dependiendo de la necesidad del servicio que se requiera.
5. PERNOCTACIÓN DE LOS VEHÍCULOS: El vehículo que no esté asignado como de representación, esto es, deberán, luego de las actividades misionales, de ser parqueados para pernoctar en las Instalaciones del IDEA para su custodia y cuidado.
De manera excepcional y previo aviso y autorización del Subgerente Administrativo, el vehículo puede quedarse pernoctando en lugar diferente a la sede administrativa del IDEA.
6. COMISIONES FUERA DEL ÁREA METROPOLITANA: Se asignarán de acuerdo a las necesidades del Instituto.
En los términos anteriormente expuestos, quedan plasmadas las directrices de esta Subgerencia, relacionadas con el uso, destinación y manejo que debe dársele al parque automotor del IDEA
Atentamente,
LUIS FERNANDO GUERRA TRESPALACIOS
Subgerente Administrativo
