CIRCULAR 0029 DE 2012
(noviembre 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA
| De: | Secretaría General |
| Para: | Todos los funcionarios |
| Asunto: | Pagos que constituyen ingresos laborales. |
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, realiza a algunos funcionarios una serie de pagos denominados anticipos de viáticos ó gastos de viaje, que tienen como finalidad cubrir los gastos de desplazamiento, alimentación, alojamiento y demás pagos inherentes en el desarrollo de sus funciones fuera de la sede del IDEA.
Actualmente, en la normatividad tributaria estos pagos constituyen un ingreso laboral para el funcionario, los cuales van a estar incluidos en su Certificado de Ingresos y Retenciones, en el renglón “otros ingresos” y tendrán que ser incluidos en su Declaración de Renta, ya que según el artículo 103 del Estatuto Tributario y el Concepto DIAN 071735 de julio 18 de 2000, manifiestan que el Ingreso laboral es todo lo recibido dentro de la relación laboral, legal o reglamentaria sin tener en cuenta la denominación que se le atribuya".
A su vez los pagos que el funcionario realice con estos anticipos, constituyen prueba suficiente para soportar los correspondientes costos y deducciones en su Declaración de Renta, siempre que cumplan con los requisitos mínimos para su validez, ya sea que se traten de facturas de venta y/o documentos equivalentes a la factura (artículo 3o del Decreto 522 de 2003 y artículos 617 y 618 del Estatuto Tributario).
Con fundamento en lo anterior, la Secretaría General se permite adjuntar a la presente Circular el Formato que debe ser utilizado por todos los funcionarios que presente gastos de viaje en uso del cumplimiento de sus funciones oficiales.
Atentamente,
CLAIDIA PATRICIA WILCHES MESA
Secretaria General
