DECRETO 2025070003302 DE 2025
(julio 23)
Gaceta Departamental de Antioquia No. 25147. Año 2025, julio 24
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA GOBERNACIÓN
Por el cual se adopta e implementa la estrategia “Contigo Antioquia” como acción prioritaria del Plan de Desarrollo Departamental 2024-2027 y se dictan otras disposiciones.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 49, 209 y 305 numeral 1 de la Constitución Política de Colombia, el Articulo 43 numeral 43.1.2. de la Ley 715 de 2001, artículo 119 numeral 24 de la Ley 2200 de 2022, y
CONSIDERANDO
1. Que, La Constitución Política de Colombia estipula en su artículo 49 que la atención en salud es un servicio público a cargo del Estado, correspondiéndole a éste, además de organizar, dirigir y reglamentar la atención en salud conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, le asiste la obligación de garantizar a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
2. Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”, siendo necesario, para cumplir con los fines esenciales del Estado que actúen con coordinación de sus actuaciones.
3. Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 305 numeral 1, señala que los Gobernadores tienen como función “Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los Decretos del Gobierno y las Ordenanzas de las Asambleas Departamentales”.
4. Que el Articulo 43 numeral 43.1.2 de la ley 715 del 2001 establece: que son competencias Territoriales en el sector Salud “Adoptar, difundir, implantar, ejecutar y evaluar, en el ámbito departamental las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas”.
5. Que el articulo 119 numeral 24 de la Ley 2200 de 2022 establece que: además de las funciones constitucionales y legales, es función del Gobernador “Ejecutar acciones tendientes a la protección de la población vulnerable y a su integración a la familia y a la vida social, productiva y comunitaria”.
6. Que, la Ley 1751 de 2015, “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”, reconoce la salud como derecho fundamental, autónomo e irrenunciable, y establece la obligación del Estado de garantizar la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los servicios y tecnologías de salud, así como de adoptar medidas para reducir las desigualdades en salud entre los distintos grupos poblacionales.
7. Que, la Ley 1438 de 2011 “Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”, fortalece el Sistema General de Seguridad Social en Salud mediante un modelo de atención centrado en la Atención Primaria en Salud (APS) y promueve el fortalecimiento de las redes integradas de servicios de salud, incluyendo la implementación de estrategias de innovación tecnológica y digital para mejorar el acceso y la calidad de la atención.
8. Que, el Decreto 780 de 2016, mediamente el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en su compendio normativo en salud, regula la operación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, incluyendo disposiciones sobre redes de prestación de servicios, tecnologías en salud, telemedicina, gestión de información y modelos de atención diferencial.
9. Que, el Decreto 2025070000089 del 3 de enero de 2025 y el Decreto Ordenanzal 2024070003913 del 5 de septiembre de 2024 establecen funciones y delegaciones para la Secretaría de Salud e Inclusión Social, incluyendo la cofinanciación de proyectos para fortalecer la red y optimizar sistemas de información.
10. Que, en el Departamento de Antioquia, la prestación de servicios de salud enfrenta desafíos significativos debido a la dispersión geográfica, el difícil acceso a zonas rurales y remotas, y las limitaciones en infraestructura y talento humano especializado. Estas barreras limitan la oportunidad, la continuidad y la calidad de la atención en salud, afectando especialmente a las comunidades más vulnerables. Así mismo, la telesalud emerge como una solución estratégica para garantizar el acceso equitativo a servicios de salud oportunos y de calidad. Sin embargo, su desarrollo e implementación requieren un enfoque integral y sostenible que considere la articulación de actores claves en el sistema, entorno a las particularidades territoriales, las necesidades locales y los avances tecnológicos disponibles.
11. Que, por otro lado, el Análisis de Situación de Salud (ASIS) evidencia desafíos críticos como las altas tasas de mortalidad por enfermedades crónicas no transmisibles en zonas rurales, la insuficiencia de infraestructura tanto física como tecnológica y de talento humano, así como la falta de resolutividad especialmente en los municipios de categorías 4, 5 y 6. Estas problemáticas requieren soluciones innovadoras que permitan optimizar los recursos disponibles y garantizar el acceso equitativo a servicios especializados, en particular, en las regiones más remotas.
12. Que, se hace necesario fortalecer las capacidades territoriales y la resolutividad mediante la articulación de Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) e IPS como agentes clave para la prestación de servicios, promoviendo la resolución de problemas en el lugar de origen, la detección temprana de enfermedades y la promoción de estilos de vida saludables que permitan la mejora en la calidad de vida de la población en áreas rurales o de difícil acceso.
13. Que, la interoperabilidad en la prestación de los servicios de salud se constituye en una estrategia clave para hacer frente a los desafíos actuales del sector, mejorando la eficiencia operativa, la calidad de la atención y la experiencia del paciente, al integrar herramientas digitales como la historia clínica electrónica, permitiendo no solo la optimización de recursos, sino también el análisis de Big data, para la gestión de riesgo y la toma de decisiones hacia servicios más accesibles y personalizados.
14. Que, en Colombia, la interoperabilidad ha cobrado relevancia en los últimos años, debido a la implementación de la Política de Datos abiertos, el desarrollo de la estrategia de gobierno digital y la expedición de normas que regulan el uso y el intercambio de la información en salud.
15. Que, se requiere implementar estrategias para mejorar la resolutividad en el Departamento, cuyo alcance integre un conjunto de soluciones tecnológicas que van desde equipamiento tecnológico, servicio de internet, construcción de un Data Lake, Data warehouse y transferencia de conocimiento. Dichas soluciones tecnológicas deben operar de manera sinérgica, bajo un esquema integrado y no como temas individuales, esto con el fin de cumplir los objetivos perseguidos, por lo que se contempla integrar información de SIVIGILA, DAÑE, SISCRUE e indicadores IPM con herramientas como Apgar familiar, familiograma y ecomapa para identificar riesgos sociofamiliares, económicos y sanitarios, sumadas a IA y analítica avanzada para consolidar un gran repositorio de salud departamental interoperable.
16. Que, en el Plan de Desarrollo 2024-2027 “Por Antioquia Firme”, está plasmada la Visión Institucional: “Al 2027, la Secretaría de Salud e inclusión Social liderará la implementación del Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, bajo las estrategias de Atención Primaria en Salud y Ciudades, Entornos y Ruralidades Saludables, a través de la articulación sectorial, intersectoriai y transectorial por entornos y curso de vida para la implementación de las políticas públicas, planes, programas y proyectos para abordar los determinantes sociales de la salud y promover el bienestar integral de la población antioqueña, mediante la transversalización de los enfoques diferenciales”.
17. Que, el Plan de Desarrollo “Por Antioquia Firme 2024-2027”, contempla la Línea estratégica 2 “Cohesión desde lo Social” y establece como prioridad el fortalecimiento del sistema de salud, con énfasis en modelos de atención integrales, innovadores y equitativos. Dentro de este marco, el Plan Territorial de Salud ha identificado la telesalud como una estrategia esencial para mejorar la capacidad resolutiva del sistema y garantizar el acceso a la atención en las comunidades más vulnerables.
En mérito de lo expuesto, el Gobernador del Departamento de Antioquia,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. Adóptese la Estrategia “CONTIGO ANTIOQUIA” como acción prioritaria para mejorar la resolutividad, orientada a garantizar el acceso equitativo, oportuno y de calidad de los pacientes a los servicios de salud en el Departamento de Antioquia especialmente en los municipios de categorías 4, 5 y 6.
ARTÍCULO 2o. ALCANCE. La Estrategia se implementará en todos los Municipios del Departamento, priorizando los de categoría 4, 5 y 6, y en ellos territorios con ruralidad dispersa, baja accesibilidad y altos niveles de pobreza multidimensional.
ARTÍCULO 3o. COMPONENTES ESTRATÉGICOS. La estrategia comprende los siguientes ejes temáticos:
Transformación Digital y Tecnología en Salud
1. Transformación digital en salud: apoyo a la actualización de software, hardware.
2. Interoperabilidad e integración de datos: Data Lakes, Data Warehouses, IA y analítica para consolidar datos clínicos, administrativos y de desempeño en salud territorial.
3. Integración SISCRUE: la integración de procesos de Agendamiento, Caracterización y Gestión del Riesgo al Sistema SISCRUE.
Fortalecimiento de las Capacidades Resolutivas del Talento Humano
1. Telesalud para el mejoramiento de las capacidades resolutivas del talento humano en salud y cierre de brechas en el acceso de la población a la atención especializada.
2. Formación y acompañamiento al talento humano en salud en la implementación de las RIAS- Rutas Integrales de Atención en Salud.
Gestión del Conocimiento
1. Diseño e implementación de programas de formación continua (virtuales y presenciales) en gestión de datos, salud digital, atención integral y herramientas tecnológicas de evaluación.
2. Capacitación a los equipos territoriales en análisis de datos, indicadores de salud y gestión por resultados.
3. Creación de un repositorio digital de contenidos y caja de herramientas para secretarías de salud municipales, EPS e IPS sobre la implementación de la estrategia.
Enfoque Poblacional
1. Identificación de condiciones de salud por curso de vida y entornos: recolección de datos desde la primera infancia hasta la vejez, en entorno familiar, escolar, comunitario y laboral.
2. Evaluación familiar: Apgar, familiograma, ecomapa para comprender dinámicas sociofamiliares.
Gobernanza
1. Gobernanza de datos: políticas de seguridad, calidad, ética y uso estratégico de la información.
ARTÍCULO 4o. ARTICULACIÓN DE ACTORES PARA EL ACCESO OPORTUNO A LA ATENCIÓN EN SALUD. La articulación entre las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y la Secretaría de Salud e Inclusión Social de Antioquia para la gestión del acceso oportuno a la atención en salud, se establece como un proceso colaborativo, coordinado y continuo, orientado al monitoreo y control del acceso a las citas médicas, de las especialidades básicas como pediatría, obstetricia, medicina interna, cirugía y oncología, de acuerdo con las necesidades de la población en modalidades presencial y virtual.
En este marco, cada actor cumple responsabilidades específicas:
1. EPS:
-Suministran información actualizada de su red de prestadores habilitados, con detalle de especialidades, profesionales, horarios para la atención.
- Definen los tipos de cita autorizados por especialidad (control, primera vez, telemedicina cuando se cuente con el servicio habilitado y que sea sincrónico) de acuerdo con los planes de beneficios vigentes.
- Realizar el seguimiento al cumplimiento de la asignación de citas, vigilan la disponibilidad de cupos y garantizan que los agendamientos se realicen conforme a los lineamientos técnicos y administrativos establecidos.
- Participan en articulación con la Secretaría de Salud e Inclusión Social de la mesa para la construcción de los anexos técnicos.
- Articularse con la Secretaría de Salud e Inclusión Social, para la construcción de la ruta de asignación de citas en la red de prestadores no contratada.
2. IPS:
Son responsables de parametrizar el módulo de agendamiento: crean los tipos de cita asociados a cada especialidad y proveedor, asignan los horarios base por días de la semana y definen la capacidad máxima de atención según el tiempo estimado de cada cita.
Registran y actualizan la disponibilidad de agendas en la plataforma, verifican la asignación correcta de profesionales y garantizan que la información publicada sea veraz y esté alineada con su capacidad real de prestación de servicios.
Gestionan la atención de los pacientes de acuerdo con los espacios programados, reportando en tiempo real los cupos ocupados, reprogramaciones y cancelaciones para mantener actualizada la información.
Mantienen canales de comunicación activos con las EPS y la Secretaría de Salud para resolver incidencias operativas que afecten la prestación del servicio.
3. Secretaría de Salud e Inclusión Social de Antioquia:
Supervisa la implementación y correcto funcionamiento del proceso de agendamiento dentro de la red pública y privada de prestadores de servicios de salud del departamento.
Brinda soporte técnico y capacitaciones a los usuarios administradores del sistema, tanto de EPS como de IPS.
Monitorea y controla a través del sistema, los indicadores, asegurando que los procesos de agendamiento cumplan con criterios de oportunidad, calidad y transparencia.
Consolida información operativa y estadística sobre la ocupación de la red, para apoyar la toma de decisiones de gestión de la demanda, priorización de rutas y descongestión de servicios de urgencias de mediana y alta complejidad.
Fortalece la capacidad resolutiva de los profesionales de la salud de los territorios a través de la telesalud.
El proceso de articulación técnica y administrativa requiere de los actores participantes disposición para la interoperabilidad de la información y permitir así que el proceso de agendamiento funcione como herramienta efectiva para garantizar la accesibilidad a citas de manera oportuna, optimización del recurso humano especialmente; dado que, de esta forma, se fortalece la red de servicios ambulatorios y se contribuye a mejorar la resolutividad desde los territorios.
ARTÍCULO 5o. COORDINACIÓN INSTITUCIONAL. La Secretaria de Salud e Inclusión Social será responsable de la dirección, seguimiento, evaluación y ajuste de la estrategia “Contigo Antioquia'', articulando para ello a las alcaldías, EPS, IPS, universidades y demás actores públicos y privados que se sumen a la iniciativa. Esta labor se llevará a cabo a través del Observatorio en Salud y mediante reuniones técnicas subregionales.
ARTÍCULO 6o. MONITOREO Y EVALUACIÓN. Se implementará un sistema de indicadores que permitirá medir el acceso a los servicios, los desenlaces en salud, la oportunidad en la atención, el desempeño territorial y la calidad de los datos. La información recolectada será procesada, socializada y publicada en el portal web de la Gobernación, con el fin de ponerla a disposición de los tomadores de decisiones y de la ciudadanía en general.
ARTÍCULO 7o. VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANDRÉS JULIÁN CARDONA
Gobernador de Antioquia
MARTHA PATRICIA CORREA TABORDA
Secretaria General
MARTA CECILIA RAMIREZ ORREGO
Secretaria de Salud e Inclusión Social
