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ORDENANZA 28E DE 1996

(septiembre 27)

Gaceta Departamental de Antioquia No. 12959. Año 1996, octubre 1o.

ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA

<NOTA DE VIGENCIA: Ordenanza derogada por el artículo 3 de la Ordenanza 4 de 24 de marzo de 1998>

Por medio de la cual se modifica la Ordenanza 4 de diciembre de 1986, en lo atinente a la conformación de la junta directiva del Instituto Para el Desarrollo de Antioquia –IDEA.

La ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA,

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 300 numeral 7° de la Constitución Política, en armonía con los artículos 261 y 262 del Decreto Ley 1222 del 18 de abril de 1986.

ORDENA:

ARTÍCULO PRIMERO: <Artículo derogado por el artículo 3 de la Ordenanza 4 de 1998 de marzo de 24 de la Asamblea Departamental> La Junta Directiva del INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA-IDEA estará conformada por cinco (5) miembros, así:

- El Gobernador del Departamento o un Secretario de Despacho delegado, quien la presidirá.

- El Secretario de Hacienda Departamental.

- El Director del Departamento Administrativo de Planeación Departamental.

- Un particular nombrado por el señor Gobernador del Departamento.

- Un Alcalde representativo de cada una de las subregiones en que se encuentra dividido el Departamento, nombrado por elección de todos los Alcaldes Populares, elección que se hará entre el 5 y el 20 de enero del período inicial de ellos, siguiendo el riguroso orden alternativo, el cual se repetirá una vez que se agote la representación de todas las subregiones.

El orden para la elección de representantes subregionales es el siguiente:

1. Subregión del Valle de Aburrá

2. Subregión del Bajo Cauca

3. Subregión del Magdalena Medio

4. Subregión del Nordeste

5. Subregión del Norte

6. Subregión del Occidente

7. Subregión del Oriente

8. Subregión del Suroeste

9. Subregión de Urabá

ARTÍCULO SEGUNDO: <Artículo derogado por el artículo 3 de la Ordenanza 4 de 1998 de marzo de 24 de la Asamblea Departamental> Copia del Acta de reunión de la Junta Directiva, será remitida a cada uno de los Diputados de la Asamblea Departamental.

ARTÍCULO TERCERO: <Artículo derogado por el artículo 3 de la Ordenanza 4 de 1998 de marzo de 24 de la Asamblea Departamental> La presente Ordenanza modifica el Artículo Ordenanza 4a. De 1986. los estatutos del INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA, en la parte pertinente y rige a partir de su publicación.

Dada en Medellín, a los 12 días del mes de septiembre de 1996.

MARIO ÁLVARES CELIS

Presidente

VYVYANNE CHAVARRIAGA GIL

Secretaria General

Recibido para su sanción hoy 20 de septiembre de 1996 a las 10. 30 am.

LUZ MARÍA MORALES NARANJO

Abogada Dirección Jurídica

REPÚBLICA DE COLOMBIA

GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA

Publíquese y Ejecútese la Ordenanza 28E, Por medio de la cual se modifica la Ordenanza 4a. de diciembre de 1986, en lo atinente a la conformación de la Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA.

Gobernador

ÁLVARO URIBE VÉLEZ.

Secretario General

LUIS IGNACIO GUZMÁN RAMÍREZ.

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Compilación Jurídica de IDEA
ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
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