RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA 1 DE 2008
(febrero 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA
Por medio de la cual se modifica el numeral 9o del artículo 5o de la Resolución 090 de 2000
LA HONORABLE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA,
en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el literal f) del artículo 10 de la Ordenanza 13 de 1964, el literal d) del artículo 76 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 5 del artículo 15 de la Resolución 090 de 2000.
CONSIDERANDO:
Que el literal f) del artículo 10 de la Ordenanza 13 de 1964, establece que como función de la Junta Directiva del IDEA “Elaborar y modificar los estatutos del Instituto con aprobación del Consejo de Gobierno Departamental”.
Que el literal d) del artículo 76 de la Ley 489 de 1998 establece como funciones de los Consejos Directivos de los Establecimientos Públicos “(...) adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración”.
Que la resolución 090 de 2000, por medio de la cual se reforman y adicionan los estatutos del IDEA establece en el numeral segundo del artículo décimo quinto que es función de la Junta Directiva, “adoptar los estatutos del Instituto y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con las normas vigentes, y someterlos a aprobación del Consejo Departamental”.
Que el numeral noveno del artículo quinto de la Resolución 090 de 2000 establece como actividad del Instituto la de “recibir y administrar dineros que a cualquier título provengan de entidades públicas y personas jurídicas de derecho privado”.
Que el citado numeral noveno del artículo quinto de los Estatutos posibilita captar recursos de personas jurídicas de derecho privado, lo cual contraría el numeral quinto del artículo primero del Decreto 755 de 2000.
Que la Superintendencia Financiera de Colombia ha requerido al Instituto para que modifique el numeral 9 del artículo quinto de los Estatutos, en el sentido de eliminar la posibilidad de captar recursos de personas jurídicas de derecho privado.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el numeral noveno del artículo quinto de los Estatutos del Instituto para el desarrollo de Antioquia - IDEA, el cual quedará así:
9. Recibir y administrar dineros que a cualquier título provengan de entidades públicas.
ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Medellín, a los 14 días del mes de febrero de 2008.
LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO
Presidente
MARTHA NUBIA VELÁSQUEZ RICO
Secretaria
Tal como ordenó la Junta Directiva del IDEA en su sesión de febrero 13 de 2008, el contenido de la presente resolución se informará al Consejo de Gobierno Departamental en su reunión del día 19 de febrero de 2008.
