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RESOLUCIÓN 0016 DE 2006

(diciembre 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA – IDEA

Por medio de la cual se modifica la estructura administrativa del Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA, se definen sus unidades administrativas se crean unos cargos, se redefinen nominaciones y se otorgan unas autorizaciones.

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA IDEA.

en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial la que le Confiere el artículo décimo quinto atribución 3a y 6a de la resolución No 090 del 11 de Agosto de 2000 y

CONSIDERANDO:

A. Que el artículo décimo quinto de la Resolución 090 de 2000 dispone dentro de las funciones de la Junta Directiva las relacionadas con la determinación de la estructura orgánica del Instituto, mediante la creación de dependencias o unidades administrativas, la creación, supresión y modificación de cargos, y el señalamiento de sus funciones con sujeción a las normas legales.

B. Que de conformidad al objeto, la misión, la plataforma estratégica y de acuerdo con el diagnostico Institucional el Instituto requiere fortalecer su estructura para poder desarrollar su propósito misional.

C. Que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA requiere consolidar su diseño organizacional centrado en procesos para permitir la integración, el trabajo en equipo y su articulación con todas las áreas de gestión y así mismo adoptar políticas generales sobre organización y funcionamiento de sus unidades para lograr racionalidad en la prestación de sus servicios y agilidad en sus procesos.

D. Que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA debe ajustar su estructura de acuerdo a los criterios de modernización, eficiencia, y efectividad acorde con lo establecido en el objeto referido a la cooperación, el fomento económico, cultural y social en favor de obras de servicio público que se adelanten en el país con preferencia en las de índole regional, las de interés común de varios municipios y las de carácter municipal, mediante la prestación de servicios de crédito y garantía entre otros servicios financieros.

RESUELVE:

CAPÍTULO I.

DE LA PLATAFORMA ESTRATÉGICA DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA IDEA.

ARTICULO 1o. El Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA tendrá como misión, visión y objetivos Institucionales los siguientes:

Misión

Contribuir por el bienestar y mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, participando en el desarrollo económico, social, financiero, administrativo e institucional, a través de la financiación de inversiones públicas, las captaciones, la administración de recursos, la asesoría y capacitación administrativa, financiera y presupuestal, de los entes territoriales, sus entidades descentralizadas, y demás clientes; en coordinación con los planes de desarrollo nacional, departamentales y municipales; basada nuestra gestión Institucional en los valores corporativos.

Visión

En el 2019 el IDEA será reconocido como Instituto de Fomento y desarrollo líder en la financiación, cofinanciación y/o administración de proyectos que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad en el 30% de los Municipios de Colombia.

Objetivos Institucionales

1. Procurar por el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad bajo el componente social y cultural, contribuyendo al desarrollo del objeto social del Instituto.

2. Fortalecer el patrimonio Institucional.

3. Incrementar el nivel de colocaciones de carácter social y económico.

4. Optimizar el nivel de captaciones para soportar el nivel de colocaciones.

5. Propender por el bienestar laboral.

6. Obtener mayor nivel de satisfacción del cliente externo.

7. Fortalecer y mejorar los niveles de eficiencia y eficacia del Sistema de Gestión de la Calidad.

8. Obtener mayor nivel de satisfacción del cliente interno.

9. Gestionar la consecución de recursos, tanto de cooperación como de negocios de carácter internacional, que permitan apalancar proyectos de índole regional o nacional.

10. Gestionar y optimizar la administración de proyectos y recursos financieros.

CAPÍTULO II.

DEL OBJETO, ACTIVIDADES, FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA Y DEL GERENTE.

ARTÍCULO 2o. OBJETO. EL objeto del IDEA, es cooperar en el fomento económico, cultural y social, mediante la prestación de servicios de crédito, garantía, y eventualmente de otros en favor de obras de servicio público que se adelanten en el país, de preferencia las de índole regional, las de interés común de varios municipios y las de carácter municipal.

También podrá prestar servicios de financiación, garantía y los demás servicios financieros a los Departamentos y sus Entes Descentralizados.

El Instituto, por excepción, podrá extender sus servicios al fomento de obras en empresas públicas y privadas, que estén destinadas a la prestación de un servicio público, o tiendan a satisfacer una necesidad básica de la comunidad, que sea de especial importancia para el desarrollo de Antioquia.

ARTÍCULO 3o. ACTIVIDADES. Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA desarrolla las siguientes actividades.

1. Conceder préstamos a interés y con garantía.

2. Realizar operaciones de manejo de la deuda pública, sus asimiladas y conexas en los términos establecidos en la ley.

3. Obtener empréstitos para sí, incluidos los que se adquieren mediante el sistema de emisión de bonos, en los términos de la ley.

4. Garantizar sus propias obligaciones y las de las entidades a que se refiere el objeto del mismo, previo reaseguro suficiente en favor del Instituto, respecto de las últimas.

5. Emitir valores y garantizarlos con miras a su enajenación, de conformidad con las disposiciones legales.

6. Obtener descuentos de sus acreencias y de las acreencias de las entidades a que se refiere el objeto del mismo.

7. Adquirir, enajenar, gravar y limitar el derecho que tenga sobre sus bienes, cuando sea necesario o conveniente para el cumplimiento de su objeto y sus funciones.

8. Administrar, eventualmente, obras o empresas, cuando por razón de los contratos celebrados por el Instituto se haga necesario, en guarda de los intereses de éste.

9. Recibir y administrar dineros que a cualquier título provengan de entidades públicas y personas jurídicas de derecho privado.

10. Invertir los excedentes de tesorería con fines de rentabilidad y dentro de las políticas establecidas por la Junta.

11. Administrar las donaciones, asignaciones testamentarias y en general los bienes que las personas jurídicas o naturales, destinen al objeto del Instituto.

12. Asesorar a los entes territoriales y entidades descentralizadas en los proyectos de inversión financiados con los préstamos del Instituto, en los asuntos relacionados con la administración financiera y demás asesoría técnica - administrativa de acuerdo con las políticas trazadas por la administración.

13. Gestionar y realizar empréstitos, sus operaciones conexas, operaciones de redescuento con los fondos financieros nacionales y en general cualquier servicio financiero de instituciones nacionales o internacionales, en favor de las obras que proyecten o tengan en servicio en el territorio nacional y que el Instituto considere de especial importancia para el desarrollo del país y en especial del departamento de Antioquia.

14. Gestionar acuerdos de cooperación con entidades municipales, departamentales y nacionales o internacionales que tengan, o puedan tener, intereses comunes.

15. Actuar como agente intermediario o apoderado, de entidades, en relación con proyectos de fomento económico, social, cultural y ambiental entre otros.

16. Realizar o financiar solo, o en asocio, estudios y obras que promuevan el desarrollo en el país como los referentes a recursos naturales, desarrollo agrícola, industrialización, servicios sociales, económicos y otros análogos.

17. Las demás que la Junta Directiva establezca.

ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. Son funciones de la Junta Directiva del IDEA las siguientes:

1. Formular la política general del Instituto dentro de su objeto y los planes y programas que deben incorporarse a los generales de desarrollo del Departamento.

2. Adoptar los estatutos del Instituto y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con las normas vigentes, y someterlos a la aprobación del Gobierno Departamental.

3. Crear, suprimir y modificar cargos, con sujeción a las normas legales y señalarles funciones. La asignación salarial de los servidores será fijada consultando las políticas establecidas a nivel Departamental sobre la materia.

4. Crear y reglamentar comités que obren con base en las funciones señaladas por la Junta.

5. Clasificar el personal del Instituto de conformidad con la ley.

6. Determinar la estructura orgánica del Instituto, mediante la creación de dependencias o unidades administrativas a que hubiere lugar y el señalamiento de sus funciones.

7. Aprobar el proyecto de presupuesto anual que será remitido a la Secretaría de Hacienda para su inclusión en el proyecto de ordenanza que contiene el Presupuesto General del Departamento y aprobar el PAC.

8. Autorizar viajes al exterior, a funcionarios y a miembros de la Junta Directiva, comisiones de estudio a los primeros y señalarles el tiempo de permanencia, los viáticos, gastos de viaje y remuneraciones correspondientes según su categoría.

9. Autorizar viáticos, gastos de viaje y de representación a los miembros de la Junta Directiva que en ejercicio de sus funciones deban realizar actividades fuera de su sede, de interés para la Institución, en las condiciones establecidas para el nivel directivo.

10. Fijar las políticas de colocación de recursos del crédito y las de captación tanto de depósitos como de recursos que recibe y administra y señalar con las limitaciones legales las condiciones financieras, de acuerdo al tipo de transacción que realice.

11. Conceder préstamos a interés y con garantía.

12. Fijar las normas generales en materia de garantías admisibles por el Instituto.

13. Autorizar la contratación de operaciones de crédito interno y externo, de manejo de deuda pública, sus asimiladas y conexas con destino al Instituto.

14. Autorizar las operaciones de manejo de la deuda pública, sus asimiladas y conexas en las que el Instituto actúe como acreedor y las de redescuento con los fondos financieros nacionales.

15. Analizar y aprobar los estados financieros mensuales y anuales, el informe de gestión, el plan estratégico institucional en concordancia con el plan de gobierno departamental.

16. Establecer la política general de mercadeo para la Institución

17. Determinar las políticas generales para el manejo e inversión de los recursos del Instituto

18. Interpretar los Estatutos por vía de autoridad

19. Designar liquidador cuando el Instituto se disuelva, darle funciones, señalarle la remuneración y aprobarle la liquidación. Los bienes pasará<sic> a ser propiedad del Departamento, quien asumirá el pasivo del Instituto.

20. Delegar en el Gerente, algunas funciones cuando lo estime necesario y no sea contrario a la ley.

21. Verificar el cumplimiento de las políticas señaladas a la administración y el adecuado funcionamiento del Instituto.

22. Determinar los porcentajes y parámetros generales, para realizar las inversiones de que trata el parágrafo del artículo quinto.

23. Las que le señale la Ley, las Ordenanzas, los Estatutos y demás disposiciones especiales.

ARTÍCULO 5o FUNCIONES DEL GERENTE. Son funciones del Gerente las inherentes a su cargo, las que le asignen las disposiciones legales y ordenanzales y en particular las siguientes:

1. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar al personal de la Entidad y la ejecución de las funciones y programas de ésta.

2. Administrar el funcionamiento general de la entidad, su organización y verificar el cumplimiento de las políticas establecidas en la Institución por la Junta Directiva.

3. Suscribir los actos y contratos que deban expedirse o celebrarse, siguiendo las disposiciones legales vigentes.

4. Rendir informes a la Secretaría de Hacienda Departamental, cuando se le solicite, sobre el estado de la ejecución de los programas de la entidad, sobre las actividades desarrolladas y sobre la situación general del Instituto.

5. Ejecutar las decisiones de la Junta Directiva y cumplir todas aquellas funciones que se relacionen con la organización y funcionamiento de la entidad y que no se hallen expresamente atribuidas a otra autoridad.

6. Con arreglo a las disposiciones legales realizar todas las actividades propias de la administración de personal e informar a la Junta Directiva las novedades del personal.

7. Presentar a la Junta Directiva, el proyecto de presupuesto de rentas y gastos para cada vigencia fiscal, con el propósito de ser incorporado al proyecto de presupuesto del Departamento de Antioquia que se presenta a la Honorable Asamblea Departamental para su aprobación definitiva.

8. Presentar a la Junta Directiva el plan estratégico institucional en concordancia con el plan de gobierno departamental, coordinar su ejecución, controlarlo e informar a la Junta si se alcanzaron los objetivos y las metas Institucionales.

9. Proponer a la Junta Directiva, la<sic> modificaciones a la estructura orgánica, a las funciones de las unidades administrativas, a la planta de cargos, a las remuneraciones del personal y a las funciones de los empleados, cuando lo considere necesario para facilitar el cumplimiento del objeto, su visión y misión, establecidos en el plan estratégico institucional.

10. Delegar las funciones que le son propias en los términos establecidos en la ley.

11. Constituir apoderados que representen al Instituto judicial y extrajudicialmente.

12. Presentar a consideración de la Junta Directiva, los estados financieros y el informe de gestión, con la periodicidad solicitada por la Junta.

13. Aprobar los descuentos a que se refiere el numeral sexto (6) del artículo 5o en las condiciones señaladas por la Honorable Junta Directiva.

14. Administrar, con autorización de la Junta Directiva, obras o empresas cuando por razón de los contratos celebrados, se haga necesario en guarda de los intereses del instituto.

15. Proponer a la Junta Directiva el reglamento de crédito y sus modificaciones.

16. Representar al Instituto en las sociedades o negocios en que sea parte o tenga interés.

17. Convocar a la Junta Directiva a reuniones ordinarias y extraordinarias.

18. Las demás conexas con las anteriores o que no estén atribuidas a otra autoridad.

CAPÍTULO III.

DE LA ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA IDEA.

ARTÍCULO 6o ORGANIZACIÓN. El Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA se estructura administrativamente como un sistema integral de relaciones entre todos sus elementos constituyentes, procesos y procedimientos dirigidos al cumplimiento de su misión, visión y objeto social.

La estructura administrativa del Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA se soporta en los macroprocesos Estratégicos y de Crecimiento, Misionales y de Apoyo.

Las unidades administrativas del Instituto serán las siguientes:

UNIDADES ADMINISTRATIVAS

1. Gerencia

1.1 Oficina Asesora de Planeación

1.2 Oficina Asesora de Comunicaciones

1.3 Oficina de Control Interno

1.4 Dirección Administrativa

1.5 Secretaría General

1.41 Dirección Operativa Jurídica

1.4.2 Dirección Operativa de Gestión Humana

1.5 Subgerencia Técnica, Comercial y de Proyectos

1.5.1 Dirección Operativa de Cartera

1.5.2 Dirección Operativa de Proyectos y Administración de Recursos

1.6 Subgerencia Financiera

1.6.1 Dirección Operativa de Sistemas

1.6.2 Dirección Operativa de Tesorería

1.6.3 Dirección Operativa de Contabilidad y Presupuesto

1.7 Subgerencia de Cooperación y Negocios Internacionales

El organigrama básico del Instituto será el siguiente:

PARÁGRAFO. Para el cumplimiento de los objetivos institucionales el Gerente podrá conformar los equipos de trabajo que sean necesarios, asignar los integrantes y su correspondiente coordinador.

ARTÍCULO 7o. Se cambia la denominación de las siguientes Unidades Administrativas dentro de la estructura Organizacional.

DENOMINACION ACTUALDENOMINACION NUEVA
Subgerencia de Control InternoOficina de Control Interno
Coordinación de comunicaciones y Relaciones públicasOficina Asesora de comunicaciones
Subgerencia de PlaneaciónOficina Asesora de Planeación
Subgerencia TécnicaSubgerencia Técnica, Comercial y de Proyectos
Dirección Operativa Recurso Humano y ServiciosDirección Operativa de Gestión Humana
Dirección Operativa de Cuentas EspecialesDirección Operativa de Proyectos y Administración de Recursos

ARTÍCULO 8o. Se efectúa el siguiente cambio en la denominación de los cargos

DENOMINACION ACTUALDENOMINACION NUEVA
Subgerente de Control InternoJefe de Oficina de Control Interno
Líder de programa de comunicaciones y Relaciones públicasJefe de Oficina Asesora de comunicaciones
Subgerente de PlaneaciónJefe Oficina Asesora de Planeación
Subgerente TécnicoSubgerente Técnico, Comercial y de Proyectos
Director Operativo Recurso Humano y ServiciosDirector operativo de Gestión Humana
Director Operativo de Cuentas EspecialesDirector Operativo de Proyectos y Administración de Recursos

ARTÍCULO 9o. Créanse los siguientes cargos:

9.1. Asesor de mercadeo y gestión adscrito a la gerencia general cuyo propósito principal es asesorar y asistir a la Gerencia en diferentes proyectos y asuntos comerciales, de mercadeo y diseño de nuevos productos, financieros y de inversión.

9.2. Profesional Universitario adscrito a la Oficina Asesora de comunicaciones cuyo propósito principal es participar activamente en el desarrollo y ejecución de las técnicas de administración de la comunicación organizacional, y relaciones públicas del Instituto.

9.3. Profesional Universitario adscrito a la Oficina de Control Interno cuyo propósito principal es evaluar la confiabilidad y seguridad de la plataforma tecnológica del Instituto y emitir las recomendaciones pertinentes, en concordancia con las normas legales vigentes.

9.4. Auxiliar Administrativo adscrito a la Subgerencia técnica, comercial y de proyectos cuyo propósito principal es apoyar la gestión desarrollada en el área en virtud de los programas y procesos de colocaciones, asesoría, y capacitación.

9.5. Profesional Universitario adscrito a la Dirección de Proyectos y administración de recursos cuyo propósito principal es ejecutar las actividades relacionadas con la administración, gerencia, ejecución de proyectos o convenios y los recursos asignados, efectuar seguimiento y veeduría administrativa y financiera.

9.6. Profesional Universitario adscrito a la Dirección de Gestión Humana cuyo propósito general es proponer, estructurar y ejecutar planes y programas relacionados con salud ocupacional y el programa operativo de emergencias que propendan por mantener y mejorar las condiciones laborales en el Instituto.

9.7. Director Administrativo adscrito a la Gerencia General cuyo propósito principal es direccionar, coordinar y adoptar políticas, medidas, planes y programas para la prestación óptima de los servicios de apoyo y administración de bienes del Instituto.

9.8 Técnico operativo adscrito a la Dirección administrativa cuyo propósito principal es ejecutar las actividades relacionadas con prestación de servicios de mantenimiento de las Instalaciones y equipos, en procura de su buen estado y correcto funcionamiento.

9.9. Profesional Universitario adscrito a la Dirección Jurídica cuyo propósito principal es realizar las asesorías y apoyar jurídicamente al Instituto en los actos y actuaciones de conformidad con la normatividad vigente en especial en materia laboral administrativa y seguridad social.

9.10. Profesional Universitario adscrito a la Dirección Jurídica cuyo propósito principal es realizar las asesorías y apoyar jurídicamente al Instituto en los actos y actuaciones de conformidad con la normatividad vigente, especialmente en lo relacionado con los asuntos comerciales o financieros.

9.11. Profesional universitario adscrito a la dirección de Contabilidad y presupuesto (2 plazas): cuyo propósito principal es registrar, analizar e interpretar las operaciones contables, presupuéstales y de costos del Instituto en forma clara, completa, fidedigna, como también asesorar las diferentes dependencias en aspectos contables, presupuéstales y de costos.

9.12. Técnico (Cajero) adscrito a la dirección de tesorería cuyo propósito principal es realizar el recaudo de los dineros correspondiente a los diferentes conceptos de ingresos y efectuar los pagos que se generen en la Institución.

9.13. Profesional Universitario adscrito a la Subgerencia técnica, comercial y de proyectos cuyo propósito principal es asesorar a las entidades territoriales sobre aspectos financieros, ofreciendo el portafolio de servicios, gestionando la información de clientes y colocación de créditos.

ARTÍCULO 10o. EMPLEOS DE CARÁCTER TEMPORAL. La planta del Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA podrá ser adicionada con empleos de carácter temporal en los términos establecidos en la Ley 909 del 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 del 2005.

CAPÍTULO V.

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 11. FACULTADES AL GERENTE. Facúltese al Gerente del Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA para expedir los actos administrativos que sean necesarios para la implementación y el cumplimento de la presente Resolución, en especial para determinar las funciones de los cargos y Unidades creadas, y siempre, que sea necesario, el Gerente mediante resolución podrá asignar, actualizar, modificar o adicionar el manual específico de funciones y competencias laborales, suprimir cargos y efectuar las nivelaciones en materia salarial a que halla<sic> lugar. Igualmente podrá conformar los equipos de trabajo que sean necesarios para el cumplimento de los propósitos institucionales.

ARTÍCULO 12. AJUSTES PRESUPUÉSTALES. El Gerente realizará los ajustes presupuéstales necesarios que demande el cumplimiento y la aplicación de la presente Resolución.

ARTÍCULO 13. VIGENCIA. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.

CÚMPLASE

Dado en Medellín, a los 22 dic 2006

ANIBAL GAVIRIA CORREA

Presidente de la Junta Directiva

PATRICIA HERNÁNDEZ URREA

Secretaria

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Compilación Jurídica de IDEA
ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
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