RESOLUCIÓN 0646 DE 2023
(septiembre 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA -
Por medio del cual se modifica la Resolución de Gerencia No. 0271 del 27 de marzo de 2023, la cual reglamentó el Comité Técnico para el desarrollo del Programa de Enajenación de las acciones propiedad del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA en la sociedad “Frigoríficos Ganaderos de Colombia S.A. - En Reorganización-”
EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por medio de delegación de la Junta Directiva según Resolución No. 0006 del 19 de mayo de 2023 con fundamento en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO
1. Que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia – IDEA es un establecimiento público de carácter departamental, descentralizado de fomento y desarrollo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
2. Que a través de la Resolución de Gerencia No. 0271 del 27 de marzo de 2023 se reglamentó el Comité Técnico para el desarrollo del Programa de Enajenación de las acciones propiedad del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA en la sociedad “Frigoríficos Ganaderos de Colombia S.A. -En Reorganización-.
3. Que a través de la Resolución de Junta Directiva No. 0006 del 19 de mayo de 2023 se otorgó facultades al Gerente General por el término de seis (6) meses para rediseñar el modelo de operación por procesos, modificar la estructura organizacional del Instituto, establecer las funciones de las dependencias, así como para suprimir, crear y/o modificar cargos, determinar la planta de personal y asignar las funciones respectivas, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias.
4. Que las referidas facultades comprenden la consagrada en el numeral 5o. del artículo 13 de las funciones de la Junta Directiva establecidas en los Estatutos de la Entidad, relativa a “crear, modificar y suprimir comités que se requieran para garantizar el buen funcionamiento de la entidad y la ejecución de las diferentes actividades que se deban cumplir en atención al objeto social”.
5. Que a través de la Resolución de Gerencia No 0459 del 22 junio de 2023, se establece la nueva estructura organizacional, las funciones de las dependencias, el mapa de procesos y la planta de cargos, generándose cambios en las denominaciones de las dependencias de la Entidad; motivo por el cual se requiere modificar el artículo de la integración del Comité Técnico para el desarrollo del Programa de Enajenación de las acciones propiedad del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA en la sociedad “Frigoríficos Ganaderos de Colombia S.A. -En Reorganización-, además de actualizar sus integrantes para su óptimo funcionamiento.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el Artículo 2 de la Resolución de Gerencia No. 0271 del 27 de marzo de 2023, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 2: COMPOSICIÓN DEL COMITÉ. Equipo interdisciplinario integrado por los funcionarios designados por el Gerente del IDEA mediante comunicación interna y estará conformado por:
- El (La) Gerente Financiero(a).
- El (La) Secretario(a) General o quien este designe.
- Un Profesional Universitario de la Gerencia Financiera.
- Un Profesional Universitario de la Dirección Jurídica.
PARÁGRAFO PRIMERO. Serán Invitados permanentes del Comité Técnico, con voz, pero sin voto, el
(la) Gerente de Riesgos y el (la) Jefe de la Oficina de Control Interno.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El Comité Técnico podrá invitar a las sesiones, con voz, pero sin voto, a los servidores y/o colaboradores que estimen conveniente, cuando los temas a tratar así lo requieran. Así mismo, podrá invitar o solicitar los de consultores externos para apoyar el tratamiento de aspectos técnicos específicos que soporten la toma de decisiones y a fin de atender exitosamente el procedimiento.”
ARTÍCULO SEGUNDO. Conforme a la Resolución de Gerencia No 0459 del 22 junio de 2023, entiéndase la denominación de las dependencias, como allí se establece.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Medellín, a los 30-08-2023
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JULIÁN SANTIAGO VÁSQUEZ ROLDÁN
Gerente General
