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ACUERDO 6 DE 2007

(enero 24)

Diario Oficial No. 46.535 de 7 de febrero de 2007

ICETEX

Por el cual se aprueba el número y la cuantía máxima de las cajas menores del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, Icetex, corno Entidad Financiera de Naturaleza Especial.

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR, MARIANO OSPINA PÉREZ, ICETEX,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial por la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005 y artículo 9o del el Decreto Reglamentario 1050 del 6 de abril de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, modificó la naturaleza jurídica del Icetex al transformarlo de un Establecimiento Público a una Entidad Financiera de Naturaleza Especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que el Gobierno Nacional mediante el numeral 15 del artículo 9o del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, facultó a la Junta Directiva para aprobar y modificar el Estatuto de Presupuesto del Icetex, como Entidad Financiera de Naturaleza Especial.

Que la Junta Directiva mediante el Acuerdo 001 del 16 de junio de 2006 aprobó el Estatuto de Presupuesto del Icetex, de acuerdo con las facultades establecidas por el Decreto 1050 de 2006 en su artículo 9o numerales 15 y 16.

Que de conformidad con el artículo 50 del Acuerdo número 001 del 16 de junio de 2006, corresponde a la Junta Directiva aprobar el número y la cuantía máxima de las Cajas Menores de la Entidad.

Que para efectos legales, administrativos y de la oportuna prestación de los servicios del Icetex y teniendo en cuenta las necesidades, se hace indispensable aprobar el número y cuantía de las Cajas Menores de la Entidad.

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional mediante Resolución número 001 de enero 2 de 2007 reglamentó la constitución y funcionamiento de las cajas menores para los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, para las empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta con carácter no financiero, respecto de los recursos quele asigna la Nación.

Que la Junta Directiva como máximo órgano de administración y dirección del Icetex y teniendo en cuenta su atribución contenida en el Estatuto de Presupuesto del Icetex, considera viable acoger para el Icetex la reglamentación expedida por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para los mismos efectos.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Autorizar al Representante Legal del Icetex para que constituya mediante acto administrativo, el número de cajas menores que reauiera la entidad para su funcionamiento y la cuantía máxima que deben tener, observando para ello la reglamentación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

ARTÍCULO 2o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de enero de 2006.

El Presidente,

JAVIER BOTERO ALVAREZ.

La Secretaria,

MARÍA EUGENIA MÉNDEZ MUNAR.

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