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ACUERDO 15 DE 2008

(abril 3)

Diario Oficial No. 46.955 de 9 de abril de 2008

INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 38 del Acuerdo 29 de 2019>

Por el cual se modifica el Estatuto de Presupuesto del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez,Icetex, como Entidad Financiera de Naturaleza Especial.

LA JUNTA DIRECTIVA,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y en especial las otorgadas por la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, el numeral 15 del artículo 9o del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, el numeral 15 del artículo 19 del Acuerdo 013 del 21 de febrero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005 transformó el Icetex en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional;

Que dada la transformación de la naturaleza jurídica del Icetex en entidad financiera de régimen especial, ordenada por la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005 y de conformidad con el numeral 1 del artículo 9o de la misma ley, en concordancia con los artículos 11 y 12 del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, relacionados con el patrimonio y las fuentes de recursos del Icetex, así como con las partidas de la Nación respectivamente y que el presupuesto del Icetex no se encuentra dentro de la cobertura del Estatuto Orgánico del Presupuesto en virtud de la naturaleza jurídica de la entidad que la excluye del mismo, es pertinente modificar el artículo 55 del Acuerdo 001 del 16 de junio de 2006, pues en el mismo se establece su remisión a esta normatividad que en la actualidad no le es aplicable;

Que el Icetex a partir de su transformación no hace parte del Presupuesto General de la Nación, lo cual significa que las partidas que se incluyan en el citado presupuesto integran el patrimonio de la entidad una vez transferidos los recursos, razón por la cual es necesario modificar el citado artículo del Acuerdo 001 del 16 de junio de 2006;

Que de conformidad con el artículo 3o sobre la cobertura del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación y en virtud de la naturaleza jurídica del Icetex, el presupuesto del mismo no hace parte del Presupuesto General de la Nación;

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 9o del Decreto 1050 de 2006, el Gobierno Nacional facultó a la Junta Directiva del Icetex para aprobar y modificar el Estatuto de Presupuesto del Icetex, como entidad financiera de naturaleza especial;

En virtud de lo anterior,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. <Acuerdo derogado por el artículo 38 del Acuerdo 29 de 2019> Modificar el artículo 55 del Acuerdo 001 del 16 de junio de 2006 por el cual se aprueba el Estatuto de Presupuesto, el cual quedará así:

“Artículo 55. Las Partidas de la Nación que se incluyan en el Presupuesto General de la Nación con destino al Icetex, se regirán por las normas establecidas en el presente Acuerdo”.

ARTÍCULO 2o. <Acuerdo derogado por el artículo 38 del Acuerdo 29 de 2019> El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente las contenidas en el artículo 55 del Acuerdo 001 del 16 de junio de 2006. Las demás disposiciones no modificadas por este Acuerdo continúan vigentes.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de abril de 2008.

El Presidente,

ILEGIBLE.

El Secretario,

ILEGIBLE.

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