ACUERDO 73 DE 2021
(diciembre 30)
Diario Oficial No. 51.903 de 30 de diciembre de 2021
ICETEX
<NOTA DE VIGENCIA: Actualizado y compilado por el Acuerdo 28 de 2023>
<Manual no publicado>
Por la cual se modifica del Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT).
NOTAS DE VIGENCIA: - Actualizado y compilado por el Acuerdo 28 de 2023, 'por la cual se actualiza y compila el Manual de Políticas y procedimientos del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo - SARLAFT', publicado en el Diario Oficial No. 52.504 de 31 de agosto de 2023. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. |
LA JUNTA DIRECTIVA,
en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 6 del artículo 9o del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 1002 de 2005 transformó al ICETEX en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.
Que, el numeral 4 del artículo 9o del Decreto 1050 de 2006, señala que es función de la Junta Directiva, expedir conforme a la ley y a los estatutos del ICETEX, los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y de las operaciones autorizadas como entidad financiera de naturaleza especial, y en ese sentido, le asiste competencia para adoptar el manual de procedimientos que deberá observarse para prevenir el lavado de activos y de la financiación del terrorismo.
Que, la Junta Directiva, mediante Acuerdo 066 de 2020, actualizó el Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), cuyo objetivo consiste en disponer de políticas, mecanismos, procesos, metodologías y controles para que la entidad se proteja de ser utilizada como instrumento, por cualquier medio, para dar apariencia de legalidad a activos derivados de actividades delictivas (lavado de activos), la canalización de recursos dirigidos a la realización de actividades terroristas (financiación del terrorismo), o el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades, en cumplimiento de las políticas internas de la Entidad como de la normatividad que la regula, especialmente en lo relacionado con la protección frente al lavado de activos y de la financiación del terrorismo.
Que, la Oficial de Cumplimiento del ICETEX, en acatamiento a la normatividad emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, a través de la Circular Básica Jurídica en su Parte I, Título IV, Capítulo IV “Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo (SARLAFT)”, conforme a lo establecido en su numeral 4.4.1.3, propuso a la Junta Directiva realizada el 22 de diciembre de 2021, la modificación del Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), con el fin de incluir las actualizaciones y desarrollos realizados por el área, así como las recomendaciones sobre las oportunidades de mejora establecidas por la Oficina de Control Interno en auditoría realizada al sistema.
Que, la Junta Directiva ordinaria en sesión virtual de fecha 22 de diciembre de 2021, aprobó la modificación al Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT).
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Aprobar la modificación del Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), el cual desarrolla los siguientes aspectos:
3.2. Marco Normativo Nacional.
6.3. Políticas Operativas.
7.8.2. Indicadores de gestión de riesgo LA/FT.
b) Indicadores Prospectivos.
8.1. Conocimiento del Cliente / Beneficiario.
8.1.1. Debida Diligencia.
a) Debida Diligencia Simplificada.
b) Debida Diligencia Ampliada.
9.1.2. Productos Fondos en Administración.
9.2.1. Metodología para la Segmentación.
11.1. Procedimientos para la evaluación de las capacitaciones.
Glosario
Anexo 1 Tablas de frecuencia, impacto y controles
Anexo 2 Criterios para la calificación y mitigación de los controles (Anexo).
Anexo 4 Segmentación de los Factores de Riesgos.
PARÁGRAFO 1o. Las actualizaciones del Manual relacionadas con el fortalecimiento del sistema se refieren a:
- Actualización Segmentación de los Factores de Riesgo.
- Metodología análisis de transaccionalidad.
- Procedimiento debida diligencia ampliada y simplificada.
- Política Operativa
PARÁGRAFO 2o. Las actualizaciones del Manual relacionadas con las recomendaciones sobre las oportunidades de mejora establecidas por la Oficina de Control Interno hacen referencia a:
- Descripción del desplazamiento del diseño y efectividad de las medidas de control.
- Análisis de operaciones inusuales de recaudo.
- Eficacia de los programas de capacitación y acciones para quienes no presenten las correspondientes evaluaciones.
ARTÍCULO 2o. ACTUALIZACIÓN MANUAL SARLAFT. El Manual del Sistema de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), a que se refiere el artículo anterior hace parte integral de este Acuerdo.
ARTÍCULO 3o. COMUNICACIONES. El presente Acuerdo deberá ser comunicado a través de la Secretaría General del ICETEX a la Vicepresidencia de Fondos en Administración, Vicepresidencia de Operaciones y Tecnología, Vicepresidencia Financiera, Vicepresidencia de Crédito y Cobranza, Oficina de Riesgos, Oficina Asesora de Planeación, Oficina Comercial y Mercadeo, Oficina Asesora Jurídica, Oficina de Control Interno, Oficina de Relaciones Internacionales y Oficina Asesora de Comunicaciones.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT) adoptado mediante Acuerdo 066 del 13 de noviembre de 2020.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2021.
El Presidente de Junta Directiva,
José Maximiliano Gómez Torres.
La Secretaria Técnica de la Junta Directiva,
Margareth Sofía Silva Montaña.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
