ACUERDO ASP 002 DE 2023
(diciembre 7)
Diario Oficial No. 52.602 de 7 de diciembre de 2023
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
Por medio del cual se modifica el artículo 130 del acuerdo ASP número 001 del 2 de marzo de 2020, “Por el cual se adopta el Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz”.
LA PLENARIA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el acuerdo ASP número 001 de 2020, y previo trámite conforme al artículo 138 de este,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 130 del acuerdo ASP número 001 de 2020, “Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz”, el cual quedará así:
“Artículo 130. Control Interno Disciplinario. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) contará con una Subdirección de control interno disciplinario. La o el subdirector de control interno disciplinario será elegido por el Órgano de Gobierno para períodos de cuatro (4) años, sin posibilidad de reelección. Esta Subdirección estará adscrita a la Secretaría Ejecutiva de la JEP y conocerá en la etapa de instrucción, los procesos disciplinarios internos de primera instancia que se adelanten contra los empleados de la entidad que no sean disciplinados por otra autoridad de conformidad con lo previsto en el artículo 120 de la Ley Estatutaria de la JEP y sin perjuicio del poder preferente de la Procuraduría General de la Nación.
La etapa de juzgamiento en primera instancia será adelantada por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Ejecutiva de la JEP. La segunda instancia será asumida por la Secretaria o Secretario Ejecutivo”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá D. C., a 7 de diciembre de 2023.
El Presidente,
Roberto Carlos Vidal López.
El Secretario Ejecutivo,
Harvey Danilo Suárez Morales
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
