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CARTA CIRCULAR 57 DE 2021

(septiembre 20)

Boletín Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, No. 597 de 20 de septiembre de 2021

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA

Señores

Representantes Legales, Juntas Directivas y Revisores Fiscales de las Entidades Aseguradoras y de los Corredores de Seguros.

Referencia: Por medio de la cual se adiciona la información contenida en el Documento Técnico para la implementación del Sistema Unificado de Consulta de Intermediarios de Seguros (SUCIS)

Respetados señores:

Mediante la Carta Circular 08 de 2017, esta Superintendencia puso a disposición de las entidades aseguradoras y corredores de seguros, el documento técnico mediante el cual se establecen las especificaciones técnicas que se deben observar en la información del Sistema Unificado de Consulta de Intermediarios de Seguros (SUCIS).

Mediante la presente Carta Circular se actualiza dicho documento técnico con la finalidad de incorporar tipos de identificación adicionales de las Personas Naturales Vinculadas autorizadas por las entidades vigiladas para colocar productos de seguros, el del Permiso Especial de Permanencia (PEP) y el del Permiso por Protección Personal Temporal (PPPT). Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el literal d, numeral 6. del artículo 41 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

En línea con lo establecido y a efectos de realizar los ajustes correspondientes, las entidades aseguradoras y corredores de seguros cuentan con un término máximo de 60 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la presente carta circular. En todo caso, los ajustes que se deben realizar no deben interrumpir el funcionamiento del SUCIS.

Cordialmente,

CHRISTIAN HENRY MORA APONTE

Superintendente Delegado para Seguros

330000

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