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CIRCULAR 20 DE 2000

(enero 18)

Diario Oficial No 43.896, del 17 de febrero de 2000

IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

De: Directora General

Para: Entidades públicas

Asunto: Verificación obligaciones tributarias y aduaneras para efectos de la      contratación pública.

Fecha: Enero 18 de 2000

Como es de público conocimiento, de acuerdo con lo establecido en la Ley 550 de diciembre 28 de 1999 (de intervención económica), artículo 57, parágrafo 3o.: "Para participar en una licitación pública, presentación de ofertas o adjudicación de contratos con alguna entidad del Estado, el licitante deberá estar al día en sus obligaciones tributarias nacionales. Para tal efecto, la Dian en el nivel nacional o la entidad que haga sus veces en los niveles territoriales certificarán tal hecho".

Por lo anterior, es necesario exigir a los aspirantes a contratar con el Estado la certificación expedida por el Administrador de Impuestos y/o Aduanas Nacionales de la ciudad de donde sea contribuyente el aspirante, sobre el hecho de que se halla a paz y salvo con la entidad en el pago de los tributos, o tiene vigente una facilidad para el pago de sus obligaciones y ésta se encuentre cumplida.

Es de anotar que la administración respectiva expedirá la certificación dentro de los ocho (8) días siguientes a la solicitud que presente el aspirante, por cuanto ésta debe efectuar las verificaciones a que haya lugar, incluso en administraciones diferentes a aquella de donde es contribuyente el solicitante.

Los procesos de selección efectuados sin el lleno de este requisito, estarán viciados de nulidad y en consecuencia, también lo estarán los contratos.

Cordialmente,

La Directora General de Impuestos y Aduanas Nacionales,

FANNY KERZMAN.

      

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