CIRCULAR 20 DE 2000
(enero 18)
Diario Oficial No 43.896, del 17 de febrero de 2000
IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
De: Directora General
Para: Entidades públicas
Asunto: Verificación obligaciones tributarias y aduaneras para efectos de la contratación pública.
Fecha: Enero 18 de 2000
Como es de público conocimiento, de acuerdo con lo establecido en la Ley 550 de diciembre 28 de 1999 (de intervención económica), artículo 57, parágrafo 3o.: "Para participar en una licitación pública, presentación de ofertas o adjudicación de contratos con alguna entidad del Estado, el licitante deberá estar al día en sus obligaciones tributarias nacionales. Para tal efecto, la Dian en el nivel nacional o la entidad que haga sus veces en los niveles territoriales certificarán tal hecho".
Por lo anterior, es necesario exigir a los aspirantes a contratar con el Estado la certificación expedida por el Administrador de Impuestos y/o Aduanas Nacionales de la ciudad de donde sea contribuyente el aspirante, sobre el hecho de que se halla a paz y salvo con la entidad en el pago de los tributos, o tiene vigente una facilidad para el pago de sus obligaciones y ésta se encuentre cumplida.
Es de anotar que la administración respectiva expedirá la certificación dentro de los ocho (8) días siguientes a la solicitud que presente el aspirante, por cuanto ésta debe efectuar las verificaciones a que haya lugar, incluso en administraciones diferentes a aquella de donde es contribuyente el solicitante.
Los procesos de selección efectuados sin el lleno de este requisito, estarán viciados de nulidad y en consecuencia, también lo estarán los contratos.
Cordialmente,
La Directora General de Impuestos y Aduanas Nacionales,
FANNY KERZMAN.